La justicia militar investigar¨¢ al jefe del piloto que se estrell¨® con un F-18 en la base de Torrej¨®n
La instrucci¨®n concluye que el teniente no estaba en condiciones de volar el d¨ªa del accidente mortal, ocurrido en 2017
La justicia militar investigar¨¢ a los superiores del piloto que el 17 de octubre de 2017 se estrell¨® en la base a¨¦rea de Torrej¨®n de Ardoz (Madrid) cuando despegaba a bordo de un cazabombardero F-18. La titular del Juzgado Militar Territorial n¨²mero 11 ha elevado la causa al Juzgado Togado Militar Central tras hallar indicios de criminalidad contra el comandante jefe del 121 Escuadr¨®n, mando directo del teniente fallecido. Seg¨²n la investigaci¨®n, aunque se hab¨ªan acumulado numerosos indicios ...
La justicia militar investigar¨¢ a los superiores del piloto que el 17 de octubre de 2017 se estrell¨® en la base a¨¦rea de Torrej¨®n de Ardoz (Madrid) cuando despegaba a bordo de un cazabombardero F-18. La titular del Juzgado Militar Territorial n¨²mero 11 ha elevado la causa al Juzgado Togado Militar Central tras hallar indicios de criminalidad contra el comandante jefe del 121 Escuadr¨®n, mando directo del teniente fallecido. Seg¨²n la investigaci¨®n, aunque se hab¨ªan acumulado numerosos indicios de que el piloto no estaba psicol¨®gicamente en condiciones de volar, su jefe no lo apart¨® del vuelo ni orden¨® que se le practicase un reconocimiento m¨¦dico para salvaguardar la seguridad de su subordinado y de terceros.
Solo una semana antes del accidente, el teniente anul¨® una misi¨®n que ten¨ªa programada alegando que no se encontraba en condiciones para volar, pero se le asign¨® la siguiente, en la que perdi¨® la vida, sin someterlo a una revisi¨®n para comprobar si ya hab¨ªa recuperado las condiciones psicof¨ªsicas. Doce d¨ªas antes de su muerte, el 5 de octubre, el teniente cambi¨® sin autorizaci¨®n su turno en el servicio de alerta con un compa?ero, lo que provoc¨® que se le impusiera un arresto de tres d¨ªas en la unidad.
Este arresto ha sido uno de los cap¨ªtulos m¨¢s controvertidos de la investigaci¨®n, pues la jueza instructora reclam¨® el expediente disciplinario al Ala 12, con sede en la base de Torrej¨®n, tras haber tenido conocimiento del mismo por los padres del fallecido. Los mandos militares le contestaron que no exist¨ªa ning¨²n expediente. Tras la insistencia de la jueza, el coronel jefe de la unidad respondi¨® que no se hab¨ªa localizado el original, pero s¨ª una copia que remiti¨® al juzgado. Dicha copia estaba manipulada, seg¨²n quienes han tenido acceso a la misma, pues los p¨¢rrafos en los que se reflejaba el estado de tensi¨®n y agobio que viv¨ªa el piloto aparec¨ªan tachados o tapados. A la vista de estos hechos, la jueza ha deducido testimonio por si los responsables de custodiar un documento oficial clasificado como confidencial hubieran incurrido en delito.
La actitud del teniente, n¨²mero uno de su promoci¨®n, cambi¨® completamente despu¨¦s de que en 2016 se le comisionara forzoso a Yibuti como traductor de franc¨¦s de la Operaci¨®n Atalanta de lucha contra la pirater¨ªa. No solo era un puesto que hasta ese momento hab¨ªa ocupado un suboficial ¡ªes decir, un militar de menor graduaci¨®n¡ª, sino que los cuatro meses que pas¨® en el Cuerno de ?frica le hicieron perder las calificaciones de vuelo, por lo que qued¨® rezagado respecto a sus compa?eros pilotos, y le obligaron a dejar la carrera de ingenier¨ªa aeron¨¢utica que hab¨ªa iniciado ese a?o.
Tras abandonar dichos estudios se matricul¨® en 2017 en un m¨¢ster en Comercio Exterior, que intentaba compaginar con su actividad como piloto militar, pero ya hab¨ªa sido advertido por la responsable del curso de que si perd¨ªa m¨¢s clases ser¨ªa dado de baja en el mismo, lo que le gener¨® una situaci¨®n de ansiedad y angustia, seg¨²n la investigaci¨®n.
Este estado de ¨¢nimo se habr¨ªa traducido en un comportamiento err¨¢tico y un incumplimiento de las normas de seguridad de vuelo por parte del piloto, lo que llev¨® en varias ocasiones al jefe del 122 Escuadr¨®n, la unidad vecina a la suya, a reprenderle personalmente y a advertir a su jefe directo, el comandante del 121, de que el teniente comet¨ªa irregularidades, como volar por debajo de la altitud m¨ªnima. Este ¨²ltimo admiti¨® que conoc¨ªa el problema, pero no inform¨® a sus superiores o a los responsables de seguridad de vuelo, como era su obligaci¨®n, ni dej¨® temporalmente en tierra al piloto.
El propio vuelo en el que perdi¨® la vida estuvo rodeado de irregularidades. El teniente se present¨® solo 10 minutos antes de despegar, en vez de los 45 reglamentarios, y ello impidi¨® realizar una revisi¨®n exhaustiva del avi¨®n. Un operario al que no se ha podido identificar se dej¨® olvidado un maneral (una llave de cabeza intercambiable) junto a la tobera de entrada de aire del motor derecho y, al ponerlo en marcha, se introdujo en su interior. El mec¨¢nico y varios militares que estaban en el hangar advirtieron de que la turbina hac¨ªa un ruido extra?o, pero pese a ello no se cambi¨® el F-18 por otro avi¨®n que estaba preparado como reserva.
Contraviniendo los procedimientos operativos, el piloto intent¨® deliberadamente despegar con un solo motor, el izquierdo, y solo en el momento de elevarse al aire puso en marcha el derecho a m¨¢xima potencia, sin advertir que la presencia de un cuerpo extra?o en su interior lo destrozar¨ªa, como as¨ª ocurri¨®. El motor entr¨® en parada cuando se hab¨ªa elevado unos metros del suelo, contra el que se desplom¨® 42 segundos despu¨¦s de despegar; el piloto falleci¨® y el avi¨®n qued¨® destruido.
La investigaci¨®n concluye que el intento de despegar con un solo motor era una nueva anomal¨ªa que se sumaba a las cometidas en vuelos anteriores, pero con la mala suerte de que el olvido de la llave provoc¨® un fatal desenlace. La jueza apunta, sin embargo, a la responsabilidad del jefe del 121 Escuadr¨®n, que podr¨ªa haber incurrido en un delito de imprudencia grave por no haber tomado medidas para comprobar si el piloto se encontraba en condiciones de volar, pese a los numerosos indicios de que no era as¨ª.
En la jurisdicci¨®n militar, los jueces territoriales solo pueden actuar contra militares de empleo igual o inferior a capit¨¢n, por lo que, al resultar implicado un comandante, se eleva la causa al Juzgado Togado Militar Central, que se encargar¨¢ de investigar a la cadena de mando.