Puigdemont pide al Tribunal de Cuentas que suspenda el juicio por gastos irregulares del ¡®proc¨¦s¡¯
El l¨ªder de Junts alega que no puede ser juzgado porque no se le ha declarado culpable de malversaci¨®n en v¨ªa penal. El fugado ha sido citado presencialmente
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ha pedido al Tribunal de Cuentas que suspenda la vista que tiene convocada para el pr¨®ximo d¨ªa 17 sobre la presunta responsabilidad contable del propio l¨ªder de Junts y otros 34 ex altos cargos de Catalu?a ...
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ha pedido al Tribunal de Cuentas que suspenda la vista que tiene convocada para el pr¨®ximo d¨ªa 17 sobre la presunta responsabilidad contable del propio l¨ªder de Junts y otros 34 ex altos cargos de Catalu?a en relaci¨®n con los gastos del proc¨¦s, en especial los realizados para su promoci¨®n en el exterior. El argumento de Puigdemont es que no le pueden juzgar por el supuesto uso indebido de fondos p¨²blicos para organizar el refer¨¦ndum ilegal del 1-O y difundir las tesis independentistas. La tesis del fugado en Waterloo es que no se cometi¨® delito ni irregularidad alguna, cuando, adem¨¢s, no hay ninguna sentencia que en la jurisdicci¨®n penal le haya condenado por tales hechos.
Los hechos recogidos en la sentencia del Tribunal Supremo tienen una conexi¨®n directa con el procedimiento contable que se sigue en el Tribunal de Cuentas, ya que le corresponde al ¨®rgano fiscalizador concretar la cantidad de dinero p¨²blico que, de acuerdo con el fallo del Supremo, se emple¨® indebidamente y se malvers¨®. Puigdemont hubiera podido formular esta alegaci¨®n desde hace tiempo, pero ha elegido presentar su escrito cerca ya de la fecha de celebraci¨®n de la vista, para la que est¨¢ citado a comparecer personalmente, a petici¨®n de otra de las defensas.
En el tribunal nunca se ha cre¨ªdo que vaya a presentarse, por la obvia raz¨®n de que sigue vigente la orden de detenci¨®n dictada por el instructor del Supremo, el magistrado Pablo Llarena, pero se baraj¨® la posibilidad de que pidiera declarar por videoconferencia. Ahora queda claro que su opci¨®n es solo una: aplazar sine die la vista en el Tribunal de Cuentas, sin hacer para ello la menor alusi¨®n a las negociaciones que mantiene con el PSOE para un pacto que permita la investidura del presidente en funciones, Pedro S¨¢nchez, y una ley de amnist¨ªa por los hechos del proc¨¦s.
El argumento esencial de Puigdemont para solicitar la suspensi¨®n de la vista se basa en que, ¡°si bien un verdadero enjuiciamiento contable puede ser compatible con el enjuiciamiento penal, de conformidad con lo previsto en la Ley Org¨¢nica del Tribunal de Cuentas, la acci¨®n contable, como la acci¨®n civil, de conformidad con el art¨ªculo 111 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solo se puede ejercer con separaci¨®n cuando exista sentencia firme en la jurisdicci¨®n penal, cuando se trata de unos mismos hechos¡±. El escrito presentado al Tribunal de Cuentas a?ade que podr¨ªan darse ¡°resoluciones contradictorias¡± en v¨ªa penal y contable, con lo que sugiere, entre otras hip¨®tesis, la de una absoluci¨®n en la primera, donde no ha sido juzgado, y una condena en la segunda, a resultas de la vista en el ¨®rgano fiscalizador.
¡°La cuesti¨®n prejudicial penal¡±, argumenta el escrito del defensor de Puigdemont, Gonzalo Boye, ¡°constituye un elemento previo necesario, o decisivo, para la declaraci¨®n de responsabilidad contable, pues es evidente que se trata de los mismos hechos¡±. El texto a?ade que es notorio que la sentencia de la Sala Penal del Supremo no puede servir de base para atribuir hechos concretos a Puigdemont, ni tampoco ¡°para la determinaci¨®n de la eventual responsabilidad contable, sin manifiesta vulneraci¨®n de su derecho a la presunci¨®n de inocencia¡±.
La defensa de Puigdemont cita jurisprudencia del Supremo en el sentido de que ¡°el Tribunal de Cuentas no puede pronunciarse en ning¨²n caso sobre la responsabilidad contable derivada de una conducta presuntamente delictiva mientras no exista una resoluci¨®n penal firme, que declare si, en efecto, se trata de hechos constitutivos de delito¡±. En medios del ¨®rgano fiscalizador se cita, en todo caso, la existencia de otras resoluciones en las que la Sala de lo Contencioso del Supremo habr¨ªa sido menos taxativa respecto a la exigencia de una previa condena penal. La decisi¨®n sobre la suspensi¨®n o no de la vista queda ahora en manos de la consejera encargada del juicio, Elena Hern¨¢ez, nombrada en su d¨ªa a propuesta del PP y exvocal de la Comisi¨®n Jur¨ªdica Asesora de la Comunidad de Madrid.