El Tribunal Supremo confirma la condena al Peque?o Nicol¨¢s por falsificar el DNI para la selectividad
El tribunal absuelve a la agente que emiti¨® el documento falso al considerar que fue enga?ada
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un a?o y nueve meses de c¨¢rcel y multa de 2.700 euros impuesta a Francisco Nicol¨¢s G¨®mez Iglesias, de 29 a?os y conocido como El Peque?o Nicol¨¢s, por falsificar su DNI para que un amigo se presentase a la selectividad en su nombre. El tribunal ha absuelto, sin embargo, a la polic¨ªa que emiti¨® el DNI que result¨® ser falso, al entender los jueces que la agente fue enga?ada por el joven, que en ...
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un a?o y nueve meses de c¨¢rcel y multa de 2.700 euros impuesta a Francisco Nicol¨¢s G¨®mez Iglesias, de 29 a?os y conocido como El Peque?o Nicol¨¢s, por falsificar su DNI para que un amigo se presentase a la selectividad en su nombre. El tribunal ha absuelto, sin embargo, a la polic¨ªa que emiti¨® el DNI que result¨® ser falso, al entender los jueces que la agente fue enga?ada por el joven, que en el momento de los hechos ten¨ªa 18 a?os. La Fiscal¨ªa pidi¨® para G¨®mez Iglesias una pena de cuatro a?os de c¨¢rcel por este caso.
Esta es la primera condena al Peque?o Nicol¨¢s que confirma el Supremo. Con esta, el Peque?o Nicol¨¢s suma 12 a?os y cinco meses de c¨¢rcel en los cuatro casos en los que ha sido juzgado, pero solo esta es firme, por lo que el condenado no ha entrado a¨²n en prisi¨®n. G¨®mez Iglesias no hab¨ªa recurrido en principio la condena por el falso DNI, pero acab¨® adhiri¨¦ndose al recurso presentado por la agente de polic¨ªa. El tribunal admite en la sentencia esa adhesi¨®n, pero desestima los argumentos en los que se bas¨® el escrito del joven, como reprochar a la sentencia de la Audiencia no contar con suficiente motivaci¨®n y vulnerar el derecho de defensa y a un juicio justo.
Los jueces dan por probado que, antes de las pruebas de Selectividad celebradas en septiembre de 2012, G¨®mez Iglesias se concert¨® con el tambi¨¦n condenado Manuel Avello, (hijo de un diplom¨¢tico y que no recurri¨®), para que este se presentara por ¨¦l al examen. Para conseguirlo, ambos participaron en la falsificaci¨®n de un DNI que ten¨ªa los datos del Peque?o Nicol¨¢s, pero la fotograf¨ªa de su amigo. Previamente, este ¨²ltimo le hab¨ªa ¡°entregado¡± la instant¨¢nea con ¡°el tama?o y caracter¨ªsticas¡± adecuadas para la emisi¨®n del documento nacional de identidad.
Un d¨ªa antes de las pruebas, G¨®mez Iglesias acudi¨® a una oficina de la Comisar¨ªa del distrito de Tetu¨¢n (Madrid), donde la polic¨ªa Oliva Pe?as expidi¨® un duplicado del DNI. La Fiscal¨ªa consideraba que la agente accedi¨® a emitir el DNI a sabiendas de que era falso. La Audiencia Provincial rebaj¨® la responsabilidad de la polic¨ªa al considerar que no hab¨ªa quedado acreditado que se concertara con el joven, sino que, simplemente, la agente ¡°no se percat¨®¡± de que la fotograf¨ªa no era de ¨¦l, por lo que le conden¨® por imprudencia grave a una multa de nueve meses. La Sala de lo Penal del Supremo concluye, sin embargo, que fue v¨ªctima de un enga?o y la absuelve.
La sentencia, de la que ha sido ponente Leopoldo Puente, destaca que en los hechos probados por la Audiencia Provincial no qued¨® acreditado que la mujer se hubiese percatado de que la foto que se quer¨ªa poner en el DNI no era de G¨®mez Iglesias, ni que la agente se hubiera concertado con el joven ni supiera que el documento que estaba emitiendo era falso.