La Comisi¨®n de ?tica Judicial avala las concentraciones de jueces contra la amnist¨ªa
El ¨®rgano, independiente del CGPJ, respalda las protestas siempre que quienes participan tengan ¡°un honesto convencimiento¡± de que la medida de gracia ¡°pueda afectar al Estado de Derecho¡±
La Comisi¨®n de ?tica Judicial, un organismo elegido directamente por los jueces de carrera, considera que las concentraciones de magistrados celebradas ante las sedes de tribunales de toda Espa?a el pasado noviembre contra el acuerdo entre el PSOE y Junts y la proposici¨®n de ley de amnist¨ªa son conformes a la ¨¦tica judicial. A esa conclusi¨®n ha llegado la comisi¨®n a ra¨ªz de una consul...
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La Comisi¨®n de ?tica Judicial, un organismo elegido directamente por los jueces de carrera, considera que las concentraciones de magistrados celebradas ante las sedes de tribunales de toda Espa?a el pasado noviembre contra el acuerdo entre el PSOE y Junts y la proposici¨®n de ley de amnist¨ªa son conformes a la ¨¦tica judicial. A esa conclusi¨®n ha llegado la comisi¨®n a ra¨ªz de una consulta formulada por un juez que plante¨® si esas protestas afectaban al principio de independencia judicial y al deber de imparcialidad e integridad al que est¨¢n sometidos los miembros de la carrera. En un dictamen difundido este jueves, la comisi¨®n avala la participaci¨®n de los jueces en estos actos, siempre y cuando se d¨¦ una condici¨®n: que exista en el juez o jueza ¡°un honesto, meditado y sincero convencimiento¡± de que la actuaci¨®n objeto de repulsa ¡°pueda afectar al Estado de Derecho¡±.
La Comisi¨®n de ?tica es un organismo independiente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuya funci¨®n es orientar sobre la interpretaci¨®n de los principios de ¨¦tica judicial, que fueron redactados en 2016 por representantes de las cuatro asociaciones judiciales, jueces no asociados y miembros de la sociedad civil. Est¨¢ compuesta por seis jueces elegidos directamente por los miembros de la carrera y por un acad¨¦mico experto en ?tica o Filosof¨ªa del Derecho. En las ¨²ltimas elecciones, todos los puestos de jueces los coparon miembros de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM), la mayoritaria y de tendencia conservadora, y de la moderada Francisco de Vitoria (AJFV) -contrarias a la amnist¨ªa a los encausados del proc¨¦s- aunque luego, tras la dimisi¨®n de uno de ellos, entr¨® un juez de la progresista Asociaci¨®n Juezas y Jueces para la Democracia (AJJPD).
Al analizar la asistencia de los jueces a las concentraciones, la comisi¨®n parte de la premisa de que los jueces gozan del derecho constitucional de manifestaci¨®n, pero advierte de que su ejercicio se ve ¡°limitado o afectado¡± por las exigencias que derivan de la funci¨®n jurisdiccional. Estas exigencias, que no rigen para el resto de los ciudadanos, suponen para los integrantes del Poder Judicial un deber de mantener, dentro y fuera del tribunal, una conducta que ¡°reafirme la confianza de los ciudadanos en el sistema judicial¡±, se?ala el texto.
El dictamen conocido hoy sostiene que corresponde a cada juez, de forma individual, adecuar su conducta a los principios ¨¦ticos. En este an¨¢lisis, cada uno debe tener en cuenta que su doble condici¨®n de ciudadano y servidor p¨²blico le obliga a ejercer sus derechos ¡°siempre con prudencia y moderaci¨®n y sin poner en entredicho los principios de independencia, imparcialidad e integridad¡±.
El caso concreto que ha examinado la comisi¨®n se refiere a una concentraci¨®n en la que todos los asistentes eran jueces y cuyo objeto era mostrar la repulsa al contenido del acuerdo de investidura entre PSOE y Junts que hac¨ªa referencia al lawfare (uso espurio de la justicia con fines pol¨ªticos). Esa concentraci¨®n, en plenas negociaciones entre el PSOE y los partidos independentistas para hacer presidente a Pedro S¨¢nchez, se desarroll¨® en silencio, portando algunos asistentes la toga y ante los juzgados. Hubo concentraciones similares en varios puntos de Espa?a, en las que al rechazo al contenido de ese acuerdo pol¨ªtico PSOE-Junts se sum¨® pronto la repulsa a la ley de amnist¨ªa, que acababa de anunciarse.
Para la Comisi¨®n de ?tica Judicial, es importante tener en cuenta estas circunstancias, ya que generan un ¡°dilema ¨¦tico de alta densidad¡± al situar de un lado el deber de neutralidad pol¨ªtica, independencia e imparcialidad del Poder Judicial y, de otro, la obligaci¨®n de defender ¡°activamente¡± los principios rectores del Estado de Derecho si se encuentran amenazados. La Comisi¨®n alude al principio ¨¦tico n¨²mero 21, que establece que ¡°cuando la democracia, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales se encuentren en peligro, la obligaci¨®n de reserva cede en favor del deber de denuncia¡±.
¡°Es el miembro del Poder Judicial quien, tras una profunda reflexi¨®n, serena y sincera, con un esfuerzo proactivo para evitar el influjo de sesgos de signo pol¨ªtico, debe decidir si su asistencia a la reuni¨®n est¨¢ motivada por el cumplimiento de su deber ¨¦tico de mostrar su reprobaci¨®n a actos que, seg¨²n su criterio, pudiesen atentar contra el Estado de Derecho; o si, por el contrario, su decisi¨®n se deja llevar por su propia y personal sinton¨ªa o antipat¨ªa con una ideolog¨ªa pol¨ªtica, sea del signo que sea¡±, se?ala el ¨®rgano. En el primer caso, se?ala la Comisi¨®n, estar¨ªa actuando correctamente desde una perspectiva ¨¦tica conforme se deriva del principio 21. En el segundo, estar¨ªa actuando de manera contraria a los principios 3 (los jueces deben promover en la sociedad una actitud de respeto y confianza en el Poder Judicial) y 9 (el juez debe ejercer sus derechos de forma que no comprometan o perjudiquen la percepci¨®n que tiene la sociedad sobre la independencia del Poder Judicial).