Un juez de Alicante anula la condena impuesta a un capit¨¢n del Ej¨¦rcito por un consejo de guerra franquista en 1940
El magistrado aplica por primera vez la Ley de Memoria Democr¨¢tica ante la solicitud de un hijo del militar represaliado
El titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 6 de Alicante ha declarado el car¨¢cter ilegal y ha anulado la condena y las sanciones impuestas a un capit¨¢n del Ej¨¦rcito, ya fallecido, por un consejo de guerra franquista en 1940. El auto, el primero de estas caracter¨ªsticas que se dicta en la Comunidad Valenciana, aplica as¨ª la reforma de la Ley de Memoria Democr¨¢tica aprobada en octubre de 2022 que afecta a los expedientes de la Ley de ...
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El titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 6 de Alicante ha declarado el car¨¢cter ilegal y ha anulado la condena y las sanciones impuestas a un capit¨¢n del Ej¨¦rcito, ya fallecido, por un consejo de guerra franquista en 1940. El auto, el primero de estas caracter¨ªsticas que se dicta en la Comunidad Valenciana, aplica as¨ª la reforma de la Ley de Memoria Democr¨¢tica aprobada en octubre de 2022 que afecta a los expedientes de la Ley de Jurisdicci¨®n voluntaria relativos a declaraciones judiciales de hechos pasados.
El magistrado entiende que concurren todos los requisitos para acceder a la petici¨®n cursada por un hijo del militar represaliado y declarar el car¨¢cter ilegal y nulo tanto de la condena como de la sanci¨®n impuesta a su padre. El militar, que hab¨ªa obtenido el grado de capit¨¢n, como primero del concurso de oposici¨®n, fue detenido el 31 de marzo de 1939 y juzgado despu¨¦s por el consejo de guerra por el delito de auxilio a la rebeli¨®n.
El 13 de septiembre de 1940, un consejo de guerra le conden¨® en Alicante a 20 a?os de reclusi¨®n menor y le degrad¨® en su empleo al de sargento, es decir, suboficial, tras serle negado sus ascensos a alf¨¦rez, teniente y capit¨¢n.
El hijo del capit¨¢n present¨® el pasado a?o un expediente de jurisdicci¨®n voluntaria para obtener una declaraci¨®n judicial sobre la realidad y las circunstancias de hechos pasados determinados.
En su comparecencia en sede judicial, el demandante manifest¨® que su padre no ten¨ªa ideolog¨ªa y hab¨ªa prestado servicio ¡°en distintos frentes¡±, cuando la sentencia del consejo de guerra justificaba la condena por motivos ideol¨®gicos, al se?alar expresamente la ¡°ayuda¡± que el procesado ¡°prest¨® de manera no continua a la causa roja¡±.
El titular del Juzgado, con el informe favorable del Ministerio Fiscal, ha estimado ahora ¨ªntegramente la solicitud del demandante y, tras anular la condena, ha reconocido al militar represaliado su graduaci¨®n como oficial del Cuerpo de Seguridad y Asalto en la escala de oficiales, con el empleo de capit¨¢n, que es el que ostentaba en el momento de la condena.
Esa Ley de Memoria Democr¨¢tica tiene como finalidad garantizar el derecho a la justicia en relaci¨®n a las violaciones de derechos humanos producidas durante la Guerra Civil y la Dictadura, as¨ª como procurar una reparaci¨®n y un reconocimiento personal a quienes padecieron esa persecuci¨®n.