Me ha tocado formar parte de una mesa electoral y no puedo acudir: ?Qu¨¦ excusas se admiten? ?Cu¨¢les son los tr¨¢mites de alegaci¨®n y sus plazos?
Las peticiones se pueden tramitar de forma presencial o telem¨¢tica en un plazo de 7 d¨ªas. Quienes tengan entre 65 y 70 a?os pueden renunciar y su petici¨®n se acepta de forma autom¨¢tica
Si le han entregado una carta en mano en la que le comunican que le ha tocado formar parte de una mesa electoral en las elecciones auton¨®micas y municipales del pr¨®ximo 28 de mayo y no puede acudir, tiene la posibilidad de pedir a la junta electoral de su zona que le libere de esta obligaci¨®n. Existe un listado de circunstancias que se aceptan como excusa por s¨ª solas, aunque otras dependen del criterio de la junta electoral para cada caso. Quienes tienen entre 65 y 70 a?os y quieren renunciar, reciben de forma autom¨¢tica el visto bueno, tras solicitarlo. El plazo para reclamar es de siete d¨ªas y la respuesta debe llegar en cinco d¨ªas. A continuaci¨®n intentamos resolver algunas de las dudas para realizar este tr¨¢mite, que se puede hacer de forma presencial en las juntas electorales de zona, o a trav¨¦s de internet, sin necesidad de tener una identificaci¨®n electr¨®nica, seg¨²n una carta remitida a un seleccionado para integrar una mesa electoral.
?Qu¨¦ alegaciones se admiten para no ser miembro de una mesa? Ser mayor de 65 a?os y menor de 70 a?os permite renunciar a esta obligaci¨®n y la aceptaci¨®n se emite en el acto. Otros motivos que est¨¢n permitidos son encontrarse de baja laboral, los embarazos a partir de los seis meses o estar en periodo de descanso maternal. En estos casos hay que acreditarlo y esperar la respuesta de la junta electoral.
Las causas familiares que se justifican por s¨ª solas son, entre otras, tener un beb¨¦ de nueve meses en periodo de lactancia, el cuidado de un familiar directo que no pueda valerse o estar a cargo por razones de guarda legal de ni?os menores de ocho a?os o personas con discapacidad. Tambi¨¦n es una excusa de peso tener que prestar ese d¨ªa servicio en las Juntas Electorales, juzgados o Administraciones P¨²blicas con funciones electorales; trabajar justo ese d¨ªa en servicios esenciales como los m¨¦dicos, sanitarios, Protecci¨®n Civil o Bomberos o directores de medios de comunicaci¨®n y jefes de servicios informativos que tengan que cubrir la jornada electoral.
Otros casos, como un embarazo de riesgo durante los primeros seis meses, los de lesiones, dolencias o enfermedades f¨ªsicas o ps¨ªquicas, o la pertenencia a confesiones o comunidades religiosas incompatibles con las elecciones deben ser estudiados por la junta electoral. Tambi¨¦n se valorar¨¢ si el d¨ªa de las votaciones, tiene un evento familiar ¡°de especial relevancia¡± que resulte inaplazable, como una boda, un bautizo o una comuni¨®n, en estos casos hay que acreditar el grado de parentesco.
?C¨®mo se pide no formar parte de la mesa electoral? Hay que acudir a la junta electoral de la zona que le corresponda. En la web de la Junta Electoral Central se puede encontrar un directorio con tel¨¦fonos y direcciones, y en la carta con la que se notifica la designaci¨®n miembro de una mesa electoral (ya sea presidente, vocal o suplente de estos dos cargos) tambi¨¦n aparece. Una vez all¨ª, hay que presentar una copia del DNI, pasaporte o carn¨¦ de conducir, rellenar el impreso de solicitud de excusa, que se facilita all¨ª, y adjuntar la documentaci¨®n que acredita su circunstancia. Es muy importante que en el documento de solicitud figure una forma de contacto, o el tel¨¦fono o un correo electr¨®nico, para que le comuniquen la resoluci¨®n.
?Se puede hacer este tr¨¢mite por internet? S¨ª, existe una aplicaci¨®n inform¨¢tica de la Junta Electoral Central, llamada Excusas, con la que se puede pedir que le liberen de esa obligaci¨®n a trav¨¦s de un formulario. Para acceder a su caso, hay que introducir un c¨®digo (llamado CSV) que viene indicado en la carta que ha recibido, en la parte inferior. En ese formulario se debe adjuntar la documentaci¨®n que acredite las circunstancias que le impiden desempe?ar el puesto asignado en las elecciones: informes m¨¦dicos, resoluciones judiciales, escritos de empresas.
Hay que tener una direcci¨®n de correo electr¨®nico y toda la documentaci¨®n se tiene que digitalizar. El Congreso de los diputados public¨® esta semana en su canal de Youtube un tutorial para realizar este tr¨¢mite.
?Cu¨¢les son los plazos? ?Cu¨¢ndo sabr¨¦ si mi petici¨®n ha sido aceptada?
El plazo para tramitar la petici¨®n a la junta electoral de zona es de siete d¨ªas a partir de la recepci¨®n de la carta. Una vez hecha la solicitud, la respuesta debe llegar en cinco d¨ªas. Hacer la solicitud para que le eximan de desempe?ar ese papel en las elecciones no implica que se acepte. Hasta que no reciba la respuesta, seguir¨¢ figurando como una persona designada para realizar esta tarea el d¨ªa de las elecciones. Si no acude, se enfrenta a un castigo por desobediencia que puede suponer la pena de prisi¨®n de tres meses a un a?o o una multa de seis a veinticuatro meses.
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