Una de cada cuatro personas convocadas alega para no conformar las mesas el 14-F
Las Juntas Electorales de Zona ya han recibido recursos de m¨¢s de 20.500 ciudadanos, un 25% de los 82.000 elegidos para ser presidentes o vocales
El n¨²mero de alegaciones presentadas en las Juntas Electorales de Zona por los miembros elegidos para las mesas electorales del 14-F a fin de que se les exima de esta obligaci¨®n sigue creciendo y este jueves por la tarde ya se superaban los 20.500 recursos. Los que piden no acudir a las mesas podr¨ªan ser a¨²n m¨¢s, porque algunos de estos ¨®rganos todav¨ªa no han facilitado sus datos. La cifra supera ya el 25%, uno de cada cuatro, de los cerca de 82.000 ciudadanos que han sido elegidos en el conjunto de Catalu?a para ser presidentes o vocales de las 9.117 mesas electorales para las elecciones del 14 de febrero.
Seg¨²n ha informado este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a, en las diferentes Juntas Electorales de Zona de la provincia de Barcelona se han recibido hasta ahora 15.865 solicitudes, en las de Tarragona 2.310, en las de Girona, 1.234 y en las de Lleida, 1.170. La Junta Electoral de la zona de la capital catalana es la que suma m¨¢s alegaciones, 8.000 a fecha de este mi¨¦rcoles, seguida de la de l¡¯Hospitalet de Llobregat, la segunda ciudad m¨¢s poblada de Catalu?a, con 1.300 solicitudes.
Estas cifras sobre peticiones para no formar parte de las mesas electorales, muy elevadas debido a la pandemia de coronavirus, son todav¨ªa provisionales, por lo que el n¨²mero final podr¨ªa ser superior. Los ciudadanos pueden presentar un escrito a la Junta Electoral, ya sea de forma telem¨¢tica o presencialmente, alegando los motivos por los cuales piden que se les libere de estar en una mesa electoral, adjuntando a dicha petici¨®n la documentaci¨®n que acredite su situaci¨®n.
El plazo para impugnar la incorporaci¨®n a una mesa electoral es de siete d¨ªas naturales desde que se recibe la comunicaci¨®n oficial, sin perjuicio de que, una vez finalizado el plazo y hasta el momento de conformar las mesas, las juntas electorales atender¨¢n todas aquellas causas sobrevenidas. Una vez presentadas las alegaciones, la Junta Electoral tiene que valorar antes de la celebraci¨®n de las elecciones si estima o no la petici¨®n del ciudadano, al que responder¨¢ antes del d¨ªa de las votaciones de forma telem¨¢tica.
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