El TSJM ratifica la absoluci¨®n de Rafael Amargo al avalar la nulidad de las escuchas telef¨®nicas
Contra esta sentencia, que libra al bailaor de nueve a?os de c¨¢rcel por vender supuestamente droga en su casa, cabe recurso ante el Supremo
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha tumbado el recurso de la Fiscal¨ªa contra la sentencia de la Audiencia Provincial que el pasado mayo absolvi¨® al bailaor Rafael Amargo de un delito contra la salud p¨²blica por supuestamente vender droga en su casa y avala que este tribunal anulara las escuchas telef¨®nicas en las que se basa la causa. As¨ª consta en una sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJM, a la que ha tenido acceso EL PA?S y contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, en la que el TSM desestima el recurso de la Fiscal¨ªa, que ped¨ªa revocar la exoneraci¨®n y celebrar un nuevo juicio en otro tribunal. Los magistrados de la sala confirman as¨ª la tesis de los que juzgaron al artista: la resoluci¨®n que autoriz¨® las escuchas debe ser anulada debido a su insuficiente motivaci¨®n y esta anulaci¨®n ¡°contamina otras pruebas¡± derivadas de las intervenciones como un castillo de naipes. De momento, la Fiscal¨ªa est¨¢ analizando el fallo y a¨²n no se pronuncia sobre si recurrir¨¢ o no.
Amargo se enfrentaba a nueve a?os de c¨¢rcel, al igual que su productor, Eduardo de Santos, mientras que para su socio, Manuel ?ngel Batista Le¨®n, la petici¨®n de pena era de seis a?os. Durante el juicio, los acusados defendieron que consum¨ªan droga ¨D¡±de mi casa nadie se va con m¨¢s droga de la que llev¨®¡±, lleg¨® a decir Amargo¨D pero que no la vend¨ªan y solicitaron una absoluci¨®n que finalmente se produjo al considerar la sala que no se cumplieron las exigencias m¨ªnimas contempladas en la ley para acordar la intromisi¨®n al secreto de las comunicaciones, por lo que declaraba nula la intervenci¨®n de los tel¨¦fonos de los investigados solicitada por la polic¨ªa y acordada por el juzgado de instrucci¨®n.
Los magistrados estimaban que la base objetiva que justificaba la solicitud de intervenciones telef¨®nicas era ¡°insuficiente para estimar que la medida fuera proporcionada con base a los elementos en que fundamentaban los agentes la sospecha de la comisi¨®n de un delito contra la salud p¨²blica¡±.
En la nueva resoluci¨®n, los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del TSJM manifiestan que ¡°los vicios de motivaci¨®n e insuficiencia indiciaria de los que adolece la resoluci¨®n por la que se autorizaron por el Juzgado de Instrucci¨®n las intervenciones telef¨®nicas iniciales, debilita completamente el valor incriminatorio de la prueba en su mayor parte hasta el punto de anular su consistencia constitucional¡±. ¡°El tribunal de instancia someti¨® al grado debido de exigencia el auto inicial, alej¨¢ndose de c¨¢nones permisivos a la hora de velar por la protecci¨®n de un aut¨¦ntico derecho fundamental como es el del secreto de las comunicaciones¡±, recoge.
As¨ª, se?ala que ¡°una vez expulsado del acervo probatorio el material incriminatorio aludido, la doctrina de la llamada conexi¨®n de antijuridicidad, contamina otras pruebas derivadas de aquellas inicialmente practicadas¡±. ¡°Estas dos circunstancias, desde un entendimiento riguroso del garantismo penal, as¨ª como de la efectiva tutela de los derechos fundamentales, impiden adentrarse con profundidad en lo que sostiene la acusaci¨®n; impiden llegar al fondo de los hechos¡±, a?ade.
Las intervenciones telef¨®nicas y el testimonio de los investigadores de la Polic¨ªa Nacional eran la principal prueba de cargo que ten¨ªa la fiscal para sustentar su acusaci¨®n: que Armargo vend¨ªa droga en su casa de la calle de La Palma al menos desde 2020. Los investigadores y la Fiscal¨ªa de Madrid sostienen que Amargo y su productor realizaban ¡°compras conjuntas¡± destinadas a financiar la obra de Yerma, extremo que niegan los acusados al necesitarse como m¨ªnimo 100.000 euros.
En su informe, la fiscal manifest¨® que el trasiego de personas en el piso del artista en la ¨¦poca de los hechos investigados estaba acreditado por el testimonio de los agentes de la Polic¨ªa Nacional. La representante del ministerio fiscal mencion¨® las escuchas intervenidas entre agosto y noviembre de 2020 en las que se hablaba de cantidades de droga que sobrepasan el autoconsumo y que determinan la notoria importancia ¨Dpenada con de seis a nueve a?os de c¨¢rcel¨D citando una conversaci¨®n en la que una persona le pide unas 500 pastillas y otra en la que Rafael afirma que quiere un kilo de metanfetamina.