Euskadi obliga a todos los polic¨ªas locales a llevar pistola
El Gobierno vasco aprueba un decreto que exige a los ayuntamientos que doten de medios t¨¦cnicos y de defensa a todos su agentes
Todos los polic¨ªas locales del Pa¨ªs Vasco deber¨¢n patrullar a partir de ahora con un arma de fuego. La nueva reglamentaci¨®n vasca obliga a estos agentes a llevar una pistola con capacidad m¨ªnima para 13 balas del calibre 9 mil¨ªmetros parabellum. La medida afecta a los algo m¨¢s de 3.000 polic¨ªas municipales de esta comunidad aut¨®noma, de los cuales unos 2.600 ya van armados cuando est¨¢n de servicio. La excepci¨®n es minor¨ªa y se da principalmente en municipios de muy pocos habitantes, seg¨²n el Departamento de Seg...
Todos los polic¨ªas locales del Pa¨ªs Vasco deber¨¢n patrullar a partir de ahora con un arma de fuego. La nueva reglamentaci¨®n vasca obliga a estos agentes a llevar una pistola con capacidad m¨ªnima para 13 balas del calibre 9 mil¨ªmetros parabellum. La medida afecta a los algo m¨¢s de 3.000 polic¨ªas municipales de esta comunidad aut¨®noma, de los cuales unos 2.600 ya van armados cuando est¨¢n de servicio. La excepci¨®n es minor¨ªa y se da principalmente en municipios de muy pocos habitantes, seg¨²n el Departamento de Seguridad. El Gobierno vasco ha aprobado este martes 5 de marzo el ¡°decreto de reglamentaci¨®n del armamento y de otros medios t¨¦cnicos y de defensa y dotaci¨®n de las polic¨ªas locales¡± que extiende la obligatoriedad de portar armas al conjunto de las 82 polic¨ªas locales.
Los ayuntamientos deber¨¢n suministrar a toda su plantilla policial un arma de fuego, la funda y munici¨®n, as¨ª como otros medios t¨¦cnicos y defensivos, como un chaleco antibalas, grilletes, porras r¨ªgidas o extensibles, un silbato y guantes anticortes. Los coches patrulla deber¨¢n ir equipados, como m¨ªnimo, con manta y guantes ign¨ªfugos, una manta t¨¦rmica, extintor, linternas, conos, cinta balizadora, botiqu¨ªn y guantes y mascarillas. Se trata, en palabras del consejero Josu Erkoreka, de ¡°avanzar hacia una cierta homogeneizaci¨®n en la dotaci¨®n de medios a las diferentes polic¨ªas locales con el objetivo de mejorar la coordinaci¨®n y la eficacia de la actuaci¨®n policial¡±.
Euskadi quiere acabar con la polic¨ªa sin pistola. El nuevo reglamento que exige armar a todos los agentes municipales parte del mandato recogido en la reforma de la ley de Polic¨ªa del Pa¨ªs Vasco, aprobada en 2019 con los votos de todos los grupos pol¨ªticos en el Parlamento aut¨®nomo, salvo EH Bildu y Elkarrekin Podemos.
Cuatro de cada cinco polic¨ªas locales van provistos en la actualidad de un arma de fuego en el Pa¨ªs Vasco. Erkoreka ha informado de que aproximadamente 2.600 agentes patrullan armados, mientras que ¡°no llegan a 500¡å los que no lo hacen. En un total de 42 municipios ya est¨¢ recogida la obligatoriedad, frente a otros 40 ayuntamientos que no lo exigen todav¨ªa, principalmente de n¨²cleos con poca poblaci¨®n. No obstante, el titular de Seguridad ha destacado que estas cifras est¨¢n cambiando, puesto que la normativa auton¨®mica, estatal y europea, as¨ª como la jurisprudencia, establecen ¡°de forma patente y clara¡± en la direcci¨®n de establecer la obligatoriedad de las pistolas en las dotaciones de las polic¨ªas locales. ¡°Es una cosa interiorizada ya por todos los ayuntamientos de todos los colores pol¨ªticos¡±, ha asegurado.
Los consistorios gobernados por EH Bildu son los que se han mostrado m¨¢s reticentes con esta medida, aunque recientemente alcaldes de esta formaci¨®n en localidades como Tolosa o Bergara, ambos de Gipuzkoa y gobernados por la formaci¨®n abertzale, ya han dado el paso de armar a su personal policial. ¡°El modelo por el que se rige la polic¨ªa vasca sigue unos principios y un estilo de actuaci¨®n que obedecen b¨¢sicamente a los c¨¢nones de las polic¨ªas democr¨¢ticas europeas¡±, seg¨²n el consejero del ramo, quien ha explicado que los ayuntamientos que est¨¢n convocando nuevas plazas exigen a los aspirantes a polic¨ªa local que firmen una declaraci¨®n en la que se comprometen a portar un arma de fuego y a usarla si fuera necesario.
El uso de las armas de fuego, como sucede con el resto de cuerpos policiales, se regir¨¢ por los principios de ¡°adecuaci¨®n, necesidad y proporcionalidad¡±. Solo se podr¨¢n utilizar cuando existe ¡°un riesgo racionalmente grave¡± para la vida y la seguridad del agente y cuando exista ¡°un grave riesgo para la seguridad ciudadana¡±. El decreto estipula que usar la pistola en acto de servicio es ¡°una medida extrema¡±. En ¡°ning¨²n caso¡± est¨¢ permitido emplearla para intimidar ¡°mediante la realizaci¨®n de disparos al aire¡±.
Los alcaldes tendr¨¢n la capacidad de permitir a los agentes que realicen determinados servicios sin ir armados. Es una excepci¨®n recogida en la ley, solo que podr¨¢ adoptarse cuando ¡°no haya un riesgo grave para la vida o integridad f¨ªsica¡± del agente o de terceras personas. Y en todo caso, esta decisi¨®n deber¨¢ justificarla el regidor con un informe previo de la jefatura policial. Los municipios tendr¨¢n un a?o de plazo para aplicar este decreto, aunque en aquellos con menos de 5.000 habitantes la moratoria se ampl¨ªa a los cinco a?os.