El sistema constitucional en su soledad
La protecci¨®n de derechos no puede ser el ¨²nico objetivo del modelo Debe garantizar la construcci¨®n de buenas y nuevas institucionalidades
Despu¨¦s de la Segunda Guerra Mundial, comenz¨® a construirse un nuevo discurso pol¨ªtico-jur¨ªdico. Las personas, se dec¨ªa, eran titulares de derechos humanos que deb¨ªan garantizarles mejores estatus de vida y los poderes p¨²blicos deb¨ªan hacer todo para satisfacerlos. Se agreg¨® a esas construcciones que la democracia era la ¨²nica v¨ªa leg¨ªtima para tomar decisiones, y que esta se alimentaba por partidos pol¨ªticos fuertes, competitivos y diferenciables por programas e ideolog¨ªas. La convivencia social, tambi¨¦n se sosten¨ªa, no pod¨ªa llevarse a cabo sino mediante las normas jur¨ªdicas que, simult¨¢neamente, tuvieran como horizonte de creaci¨®n tales derechos y como fuente de legitimidad las decisiones democr¨¢ticas.
El discurso construido fue adquiriendo forma, comenz¨® a plasmarse en constituciones nacionales y en tratados internacionales y gener¨® nuevas instituciones. En ocasiones, con un buen balance entre derechos, normas y procesos democr¨¢ticos; en otros, con mayor ¨¦nfasis en alg¨²n aspecto y los consiguientes descuidos. Las pr¨¢cticas cambiaron m¨¢s o menos, pero en ning¨²n momento se dej¨® de alimentar el discurso del cambio. Comenz¨® a hablarse del constitucionalismo de nuestro tiempo, como una manera pr¨¢cticamente dial¨¦ctica, de superaci¨®n del liberalismo y del socialismo. Como una manera nueva de enfrentar los problemas del mundo en condiciones de libertad, igualdad y equidad.
El eje central de esta construcci¨®n fue la dignidad de la persona. Esta se entendi¨® como s¨ªntesis y soluci¨®n de las contradicciones surgidas en los modelos estatales generados desde finales del siglo XVIII en Estados Unidos y Francia. Lejos de pretender una construcci¨®n liberal o social de las personas, se quiso generar un centro en donde concurrieran todos los derechos, todas las libertades, todas las posibilidades para que cada cual realizara a plenitud su proyecto de vida. Hoy en d¨ªa, cualquier Constituci¨®n tiene esos elementos. Un largo cat¨¢logo de derechos, con las consiguientes limitaciones a la autoridad p¨²blica, sea restringiendo su actuar o fragmentando sus quehaceres posibles. El constitucionalismo, sin duda, ha cumplido con el programa que se traz¨® hace varias d¨¦cadas. Lo que ya no queda tan claro es si s¨®lo con ello est¨¢ haciendo todo lo que, en principio, ser¨ªa deseable hiciera.
La amplia protecci¨®n de los derechos es un asunto central de la modernidad pol¨ªtica y jur¨ªdica actual. Ello no est¨¢ en duda. Otra cosa es pensar si a eso deben reducirse todos los quehaceres respecto a las constituciones. Si no todos los males que aquejan a las personas se producen por la acci¨®n de las autoridades p¨²blicas, ?qu¨¦ sentido tiene seguir haciendo de estas el objeto exclusivo de protecci¨®n? Si buena parte de las acciones contra las personas no se realizan desde el Estado, ?qu¨¦ sentido tiene seguir pregonando su minimalismo y sus limitaciones regulatorias como virtud pol¨ªtica en s¨ª misma? Si mucho de la par¨¢lisis jur¨ªdica y pol¨ªtica se genera por las distintas capturas de que son objeto los partidos, ?qu¨¦ sentido tiene seguir apostando a la transformaci¨®n de lo p¨²blico por la mera acci¨®n de los capturados?
El constitucionalismo est¨¢ndar piensa que ha llegado a una especie de fin de su historia desde el momento en que hizo visibles y algo exigibles los derechos humanos. No estoy seguro de que con tales y muy irregulares resultados haya terminado su tarea ni deba clausurar sus horizontes. Me parece que debe volver a las preguntas fundamentales para obtener respuestas para los tiempos que vivimos: ?Cu¨¢les son las relaciones entre libertad y desigualdad? ?De qu¨¦ tama?o debe ser el Estado y para qu¨¦ debe servir? ?C¨®mo deben ser las relaciones entre Constituci¨®n y mercado? ?Cu¨¢les son los horizontes del constitucionalismo m¨¢s all¨¢ de las relativamente c¨®modas fronteras nacionales o regionales? M¨¢s a¨²n, ?qu¨¦ sentido tiene seguir hablando s¨®lo de derechos sin reflexionar ni construir la institucionalidad que los soporte y finalmente los permita? A partir de preguntas como estas, tendr¨¢n que hacerse las construcciones normativas para generar nuevas y buenas institucionalidades. Mantenerse en el nicho de confort de los derechos y s¨®lo en ¨¦l, no parece ser una manera comprometida de estar en el tiempo que nos ha tocado vivir.
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