El Gobierno de Oaxaca debe indemnizar a dos ind¨ªgenas
Las zapotecas parieron en el ba?o de un hospital. La Comisi¨®n Nacional de los Derechos Humanos concluy¨® que hubo negligencia m¨¦dica
Oricel acudi¨® una ma?ana de febrero de 2014 a un hospital de Oaxaca porque presentaba dolores de parto. El m¨¦dico que la atendi¨® le dijo que deb¨ªa caminar porque ¡°todav¨ªa no era tiempo para que se aliviara¡±. Durante cuatro horas la ind¨ªgena de 18 a?os deambul¨® alrededor de la cl¨ªnica y al incrementar los malestares acudi¨® nuevamente al ¨¢rea de urgencias. El doctor insisti¨® en que deb¨ªa seguir caminando y a las 19.00 horas le dijo que no la internar¨ªa hasta el d¨ªa siguiente. La joven se fue a dormir a un albergue contiguo al hospital. Ah¨ª, durante la madrugada, sinti¨® la necesidad de ir al ba?o, donde expuls¨® al beb¨¦ ante el asombro de su madre. Los m¨¦dicos llegaron al sanitario y rega?aron a la paciente por no haber llegado a tiempo a la cl¨ªnica.?
Un caso similar ocurri¨® tambi¨¦n en junio de ese a?o en otro hospital de Oaxaca, uno de los estados m¨¢s pobres del sur de M¨¦xico. Una zapoteca de 40 a?os pari¨® en el sanitario de una cl¨ªnica mientras esperaba a ser atendida por el ¨²nico m¨¦dico que atend¨ªa ese d¨ªa. Ambos casos se dieron a conocer a trav¨¦s de notas period¨ªsticas y fueron investigados por la Comisi¨®n Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que concluy¨® que las ind¨ªgenas fueron v¨ªctimas de violencia obst¨¦trica al enfrentarse a actos de negligencia m¨¦dica. ¡°La CNDH consider¨® que las irregularidades detectadas impidieron garantizar con efectividad el derecho a la protecci¨®n de la salud materna de las dos mujeres ind¨ªgenas zapotecas¡±, se expone en la recomendaci¨®n emitida dos a?os despu¨¦s de ocurridos los hechos.
Pese a las violaciones a los derechos humanos de las v¨ªctimas, el Gobierno de Oaxaca no inici¨® alg¨²n procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de los m¨¦dicos. La Comisi¨®n recomend¨® al gobernador de Oaxaca, Gabino Cu¨¦ Monteagudo, reparar el da?o a las dos mujeres y sus beb¨¦s, a trav¨¦s de una indemnizaci¨®n. Tambi¨¦n lo instruy¨® a brindar atenci¨®n m¨¦dica de seguimiento, apoyo psicol¨®gico e inscribir a las mujeres en el registro estatal de v¨ªctimas de la entidad a fin de que tengan acceso al fondo de apoyo y auxilio. El personal m¨¦dico estatal tambi¨¦n deber¨¢ ser capacitado.
En M¨¦xico los pueblos ind¨ªgenas se encuentran entre los grupos de poblaci¨®n en mayor desventaja. De acuerdo al Consejo Nacional de Evaluaci¨®n de la Pol¨ªtica de Desarrollo Social (Coneval) siete de cada diez ind¨ªgenas est¨¢n en situaci¨®n de pobreza, lo que implica entre otras cosas, la dificultad para acceder a la salud. En el pa¨ªs quince de cada cien personas ind¨ªgenas no est¨¢n afiliadas a los servicios de salud. Los que s¨ª aparecen en alguna lista, est¨¢n inscritos a una instituci¨®n del sector p¨²blico, principalmente al Seguro Popular, un sistema de sanidad con una cobertura muy b¨¢sica, seg¨²n el Instituto de Estad¨ªstica (INEGI).?
En la recomendaci¨®n, el organismo nacional resalt¨® que al tratarse de mujeres pertenecientes a una comunidad ind¨ªgena, que presentaban embarazos de alto riesgo, sufrieron una afectaci¨®n en su derecho a la igualdad y no discriminaci¨®n. En M¨¦xico los ind¨ªgenas hist¨®ricamente han estado expuestos al maltrato, la marginaci¨®n y el rechazo. La discriminaci¨®n por motivos de raza, origen ¨¦tnico o apariencia f¨ªsica se refleja en acciones que niegan o restringen el goce de sus derechos. ¡°Es un fen¨®meno que en nuestro pa¨ªs est¨¢ arraigado tanto en las instituciones, reflejadas por ejemplo en los obst¨¢culos para acceder a servicios de salud y educaci¨®n, como en las pr¨¢cticas sociales que definen relaciones desiguales de contrataci¨®n y empleo¡±, se expone en un informe del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminaci¨®n (Conapred).
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