La justicia europea avala que las empresas proh¨ªban el velo en el trabajo
El Tribunal de Luxemburgo estima que no constituye una discriminaci¨®n directa a la empleada
La utilizaci¨®n del velo en la esfera p¨²blica sigue siendo motivo de debate en Europa. El Tribunal de Luxemburgo ha respaldado la posibilidad de que las empresas proh¨ªban el uso del pa?uelo isl¨¢mico en horario laboral. La justicia europea estima que las compa?¨ªas pueden limitar la exhibici¨®n de s¨ªmbolos religiosos o pol¨ªticos en sus c¨®digos de funcionamiento interno, pero deja en manos de los jueces de cada pa¨ªs interpretar cu¨¢ndo es discriminatoria la prohibici¨®n.
La justicia europea irrumpe en el debate sobre el uso del velo isl¨¢mico durante el horario laboral. El Tribunal de Justicia de la UE ha estimado que impedir a la trabajadora utilizar la prenda ¡°no constituye una discriminaci¨®n directa por motivos de religi¨®n o convicciones¡±. Es la primera vez que los tribunales comunitarios abordan un litigio sobre el uso del velo por parte de mujeres musulmanas, en una sentencia que puede sentar jurisprudencia a favor de vetar el pa?uelo en las empresas radicadas en Europa, donde en torno al 6% de la poblaci¨®n es musulmana.
El Tribunal de Luxemburgo deja la ¨²ltima palabra a los jueces nacionales, que deber¨¢n evaluar la proporcionalidad de prohibir el uso del velo en cada caso. El fallo abre la puerta, por tanto, a que impedir el uso de la prenda, as¨ª como el de cualquier otro s¨ªmbolo religioso, sea legal en determinadas ocasiones e ilegal en otras, como por ejemplo en los casos en que se trate de la exigencia de un cliente y no de una norma interna de la empresa. Para decidir cu¨¢ndo es legal prohibirlo, los tribunales pueden tener en cuenta cuestiones como la existencia de un reglamento, el tipo de actividad del empleado ¡ªsi trabaja de cara al p¨²blico¡ª o su tama?o.
La sentencia llega tras la denuncia de una trabajadora que perdi¨® su empleo por usar velo durante su jornada laboral en B¨¦lgica. El tribunal se?ala que la existencia de un reglamento interno de la empresa que imped¨ªa a los trabajadores la exhibici¨®n de cualquier s¨ªmbolo hace que no exista discriminaci¨®n en el despido de la recepcionista Samira Achbita: "trata por igual a todos los trabajadores de la empresa, ya que les impone en particular, de forma general e indiferenciada, una neutralidad indumentaria", afirma el fallo publicado este martes.
La existencia de esa norma interna es clave para que los jueces consideren que la compa?¨ªa no la discrimin¨®, pero el TJUE insta al tribunal belga que realiz¨® la consulta a verificar que la insistencia de la empresa en presentar una imagen de neutralidad no responde exclusivamente a un intento de evitar que Achbita utilizara el velo. "Corresponder¨¢ al juez nacional comprobar si G4S Secure Solutions hab¨ªa establecido, con anterioridad al despido de Achbita, un r¨¦gimen general e indiferenciado en la materia", se?ala el dictamen. La m¨¢xima instancia judicial de la Uni¨®n Europea solo considera que el reglamento de una empresa es discriminatorio si ocasiona "una desventaja particular a aquellas personas que profesan una religi¨®n o tienen unas convicciones determinadas". E incluso en ese caso matiza que "esa discriminaci¨®n indirecta puede justificarse objetivamente con una finalidad leg¨ªtima, como el seguimiento por parte del empresario de un r¨¦gimen de neutralidad pol¨ªtica, filos¨®fica y religiosa en las relaciones con sus clientes".
El caso de Samira Achbita se remonta a abril de 2006, cuando por primera vez manifiesta su intenci¨®n de portar velo en el trabajo. La direcci¨®n de la empresa de seguridad G4S, en la que estaba empleada desde hace tres a?os, le informa de que no se permitir¨ªa el uso del pa?uelo isl¨¢mico dado que quiere transmitir una imagen de neutralidad pol¨ªtica y religiosa ante los clientes. Pese a la advertencia, Achbita insiste y avisa a la empresa de que a su vuelta en mayo de una baja m¨¦dica de un mes utilizar¨¢ la prenda. Seg¨²n el relato que recoge el TJUE, dos semanas despu¨¦s la compa?¨ªa modific¨® el reglamento interno para incluir la prohibici¨®n a sus trabajadores de llevar signos visibles de sus convicciones pol¨ªticas, filos¨®ficas o religiosas. Sin embargo, la promulgaci¨®n de la norma no hizo que Achbita cambiara su indumentaria, por lo que fue despedida a mediados de junio.
La trabajadora reaccion¨® presentando una demanda de indemnizaci¨®n contra la empresa ante la justicia belga. Su denuncia fue rechazada en las dos primeras instancias. Pero el tribunal de casaci¨®n belga que revis¨® el caso decidi¨® remitirlo a la Corte de Luxemburgo para fijar una posici¨®n. Durante el juicio, la compa?¨ªa aleg¨® que impedir a Achbita usar la prenda durante su horario laboral no ten¨ªa nada que ver con su condici¨®n de musulmana, dado que sus normas internas proh¨ªben, en general, que se exhiba cualquier s¨ªmbolo pol¨ªtico, filos¨®fico o religioso en el puesto de trabajo.
Hace nueve meses, la abogada general de la UE, Julianne Kokott, ya respald¨® la postura de la empresa de prescindir de los servicios de Achbita, y recogi¨® en sus conclusiones que la prohibici¨®n del velo pod¨ªa estar justificada al vulnerar la neutralidad religiosa. El Tribunal de Luxemburgo suele seguir el criterio del letrado comunitario en la mayor¨ªa de casos, como ha sucedido en esta ocasi¨®n.
Un alivio para Fillon
La sentencia ha generado reacciones opuestas sobre un tema especialmente controvertido en un momento en que la inmigraci¨®n y la integraci¨®n de los musulmanes en Europa est¨¢n en el centro del debate electoral en Holanda y Francia.
El candidato presidencial de la derecha francesa, Fran?ois Fillon, ha aplaudido la sentencia en el d¨ªa en que se ha conocido su imputaci¨®n por desv¨ªo de fondos p¨²blicos. En su opini¨®n, la decisi¨®n "defiende la laicidad y frena la propaganda religiosa". "Es un gran alivio, no solo para miles de empresas, tambi¨¦n para sus empleados", ha a?adido. En el mismo sentido se ha pronunciado el jefe de la patronal francesa al estimar que el dictamen "va en la buena direcci¨®n".
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Mientras tanto, las organizaciones sociales han recibido el fallo como un jarro de agua fr¨ªa. "Da mayor libertad de acci¨®n a los empresarios para discriminar por creencias religiosas en un momento en que la identidad y la apariencia se han convertido en un campo de batalla pol¨ªtico", ha lamentado Amnist¨ªa Internacional, que anima a los Estados a proteger los derechos de sus ciudadanos. "Es una decisi¨®n preocupante tomada solo por la forma en que eligen vestir en su religi¨®n", ha criticado la Red Europea contra el Racismo (ENAR).
No ha sido el ¨²nico pronunciamiento judicial emitido sobre la cuesti¨®n en las ¨²ltimas semanas. Hace un mes un juzgado de Palma de Mallorca se pronunci¨® sobre el mismo tema. El tribunal balear aval¨® el uso del velo isl¨¢mico en el trabajo dando as¨ª la raz¨®n a una empleada que demand¨® a la empresa Acciona por prohibirle utilizar este s¨ªmbolo mientras ejerc¨ªa su labor como trabajadora del servicio de atenci¨®n al pasajero en el aeropuerto de Palma. La compa?¨ªa fue condenada a devolver a la demandante 4.491 euros del salario que dej¨® de percibir cuando la empresa le suspendi¨® de su empleo tras negarse a trabajar sin el velo y a indemnizarle con 7.892 euros por los da?os y perjuicios causados.
El aumento de la poblaci¨®n musulmana en Europa ha generado un debate sobre la exhibici¨®n de s¨ªmbolos isl¨¢micos que traspasa el ¨¢mbito judicial. Hace mes y medio Austria prohibi¨® la utilizaci¨®n del velo integral entre funcionarios para garantizar la neutralidad religiosa, y pa¨ªses como B¨¦lgica, Francia, Holanda o Bulgaria ya hab¨ªan promulgado a?os antes leyes similares para limitar su uso en espacios p¨²blicos. La pol¨¦mica ha alcanzado tambi¨¦n los lugares de ocio. El pasado verano varios alcaldes franceses declararon ilegal el uso del burkini, el ba?ador isl¨¢mico, al considerarlo contrario a la laicidad, uno de los principios fundamentales de la Rep¨²blica en Francia.
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