Defender a los defensores
Nicaragua fue condenada por no investigar correctamente el homicidio de Francisco Garc¨ªa Valle
La Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvi¨® recientemente el caso Acosta y otros contra Nicaragua. Este pa¨ªs fue condenado por no haber cumplido los procedimientos de investigaci¨®n ni de resoluci¨®n iniciados con motivo del homicidio de Francisco Garc¨ªa Valle. M¨¢s all¨¢ de lo lamentable del hecho, el asunto cobr¨® relevancia debido a que esta persona estuvo casada con Mar¨ªa Luisa Acosta, connotada defensora de los derechos humanos de los ind¨ªgenas nicarag¨¹enses. El tema de la indebida actuaci¨®n estatal con motivo de un asesinato individual termin¨® relacion¨¢ndose con la situaci¨®n de los defensores de derechos humanos.
Tanto la Comisi¨®n como la Corte entendieron pronto y bien que al asunto particular subyac¨ªa la condici¨®n de un gremio maltratado y desprotegido, cuando no directamente atacado por los poderes p¨²blicos y tambi¨¦n por diversos agentes privados. ?Como la propia Corte explic¨®, su tarea no fue encontrar a los autores materiales o intelectuales del homicidio, sino de valorar si las actuaciones de la fiscal¨ªa y los jueces nacionales se sujetaron o no a los derechos humanos contenidos en la Convenci¨®n Americana. Qui¨¦nes y por qu¨¦ motivo asesinaron a Garc¨ªa Valle no fue materia del juicio. S¨ª lo fue el determinar por qu¨¦ motivos se investig¨® mal y se proces¨® mal el caso de quien estaba vinculado con la defensora de un pueblo desplazado de una hermosa zona geogr¨¢fica de especial inter¨¦s para un grupo de inversionistas extranjeros.
Partiendo de la informaci¨®n aportada al juicio, la Corte Interamericana consider¨® que la situaci¨®n de los defensores de derechos humanos en Nicaragua se ha vuelto particularmente grave.
Por ello estableci¨® en su sentencia que ese Estado deb¨ªa encontrar la manera de combatir la impunidad de las amenazas y muertes de los defensores, emitiendo protocolos para atender los riesgos de sus labores, sancionar a los responsables y cuidar a las v¨ªctimas.
Para la elaboraci¨®n de tales protocolos la Corte impuso como requisitos m¨ªnimos la participaci¨®n de defensores de derechos humanos, organizaciones de la sociedad civil y expertos en la elaboraci¨®n de las normas y programas de protecci¨®n; la elaboraci¨®n de un programa integral e interinstitucional que atienda al riesgo de cada situaci¨®n y permita responder de manera inmediata a las denuncias de los defensores; la creaci¨®n de un modelo de an¨¢lisis de riesgo que haga posible determinar las necesidades de protecci¨®n de cada defensor o grupo; la creaci¨®n de un sistema de gesti¨®n de la informaci¨®n sobre la condici¨®n de prevenci¨®n y protecci¨®n; la promoci¨®n de una cultura de legitimaci¨®n y protecci¨®n de la labor de los defensores y la dotaci¨®n de los recursos humanos y financieros suficientes.
El caso Acosta es relevante para los pa¨ªses de la regi¨®n por varias razones. La primera, porque ampl¨ªa el entendimiento de la situaci¨®n y el trabajo de los defensores de derechos humanos. Lo que en el futuro les agravie no provendr¨¢ s¨®lo de lo que a ellos se les haga directamente, sino tambi¨¦n del modo en que su trabajo pueda ser afectado. La segunda raz¨®n es el establecimiento de un est¨¢ndar de protecci¨®n no disponible al que los Gobiernos de todos los pa¨ªses del sistema deber¨¢n ajustar sus actuaciones. En tercer lugar, porque impone a todos los Gobiernos de ese sistema cargas de acci¨®n positiva para la protecci¨®n de los defensores, lo que implica generar condiciones de actuaci¨®n y no s¨®lo evitar actos directos de sus agentes.
Finalmente, la decisi¨®n de la Corte es relevante porque los par¨¢metros establecidos son f¨¢cilmente extendibles a otros colectivos en iguales circunstancias de riesgo, especialmente a los periodistas. Una decisi¨®n importante para tiempos at¨ªpicos, donde pareciera quererse silenciar a quienes denuncian y enfrentan los males del statu quo prevaleciente.
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