Tres claves del fallo de la Suprema Corte mexicana sobre la marihuana
El fallo no autoriza autom¨¢ticamente el consumo de marihuana, ni legaliza la venta, pero ataca los cimientos del antiqu¨ªsimo muro de la prohibici¨®n
Este mi¨¦rcoles, la Suprema Corte de Justicia de M¨¦xico ampar¨® a tres ciudadanos que denunciaron que varios art¨ªculos de la Ley General de Salud son inconstitucionales. Los art¨ªculos en cuesti¨®n prohiben la producci¨®n y el consumo de marihuana. La Corte ha decidido que estos preceptos limitan el libre desarrollo de la personalidad y ha avalado la petici¨®n de los demandantes.
Con los fallos de ayer ya son cinco las decisiones que la Primera Sala de la Corte toma en el mismo sentido. Es decir, cinco casos en que los demandantes, en total nueve personas, obtienen de facto el permiso para producir y consumir marihuana. La acumulaci¨®n de cinco sentencias afines genera jurisprudencia. Esto significa que los jueces deber¨¢n decidir a partir de ahora de acuerdo a los fallos de la corte.
Esta sentencia ha provocado gran cantidad de dudas y preguntas, sobre todo por el asunto de la jurisprudencia. EL PA?S trata de responderlas.
1. Los amparados, ?c¨®mo van a conseguir marihuana?
Es la pregunta que se hace todo el mundo desde ayer. Los amparados han recibido permiso para consumir cannabis, para transportarlo, para producirlo, pero, ?de d¨®nde lo sacan? Comprar marihuana en M¨¦xico sigue siendo ilegal, incluso para ellos. Por lo que cuentan algunos de los demandantes, la soluci¨®n apunta a la importaci¨®n de semillas.
Aram Barra, uno de los dos agraciados este mi¨¦rcoles, explica que la sentencia le permite "aprovisionarse de marihuana de una fuente legal en el sistema de salud". Barra dice que no est¨¢ seguro de que esto exista. "Yo voy a intentar conseguir un permiso de importaci¨®n que otorga Cofepris", la Comisi¨®n Federal para la Protecci¨®n contra Riesgos Sanitarios. Un permiso para importar semillas. Cofepris es el organismo encargado de expedir este tipo de permisos. Durante el actual Gobierno, ya otorg¨® una licencia para importar medicamentos fabricados a base de uno de los componentes de la marihuana, el CBD. Este medicamento se usa como tratamiento en enfermedades como la epilepsia.
Ya hay varios amparados embarcados en el tr¨¢mite del permiso de importaci¨®n. En unos meses, un mexicano o mexicana importar¨¢ por primera vez semillas de marihuana al pa¨ªs legalmente.
2. Los amparados, ?pueden fumar en la calle sin problema?
No est¨¢ claro. Barra considera: "No, no podemos fumar en un espacio p¨²blico, ni con menores de edad. "Para mi, adem¨¢s", aclara, "sigue siendo ilegal hasta que se publique la sentencia. Una vez publicada, si yo llevara marihuana por la calle y la polic¨ªa me parara, no me podr¨ªan detener. Hay un documento que emiten y lo puedo imprimir y llevar en la cartera".
Andr¨¦s Aguinaco, abogado de los demandantes, dice sin embargo que los permisos para consumir y transportar marihuana, otorgados igualmente por Cofepris a partir de las sentencias, son ambiguos.? Los permisos rezan que no se podr¨¢ consumir cannabis en "lugares p¨²blicos donde se encuentren terceros que no hayan brindado su autorizaci¨®n". Aguinaco opina: "Yo creo que nadie les va a hacer nada. Nadie quiere problemas con los amparados".
3. ?Y los dem¨¢s? ?La jurisprudencia establecida por los cinco fallos permite que cualquier adulto pueda transportar y consumir marihuana?
No. Pero facilita las cosas. Dice Barra: "La Corte deber¨ªa informar al resto de juzgadores sobre la jurisprudencia, para que la puedan usar. Porque s¨ª son bastantes las personas que llegan al juzgado por posesi¨®n simple de marihuana". Es decir, que la jurisprudencua obliga a los jueces a atender la decisi¨®n de la Corte. De esta manera, un detenido que llega al juzgado acusado de posesi¨®n de marihuana para consumo personal deber¨ªa quedar libre. Igual, una persona que denuncia la inconstitucionalidad de la ley que proh¨ªbe el consumo de cannabis, deber¨ªa obtener el favor del juez en primera instancia, sin necesidad de llegar a la Suprema Corte de Justicia.
Luego est¨¢ el asunto del cambio en la ley. Dice Aguinaco que el camino est¨¢ lleno de trabas. En resumen, podr¨ªan ocurrir dos cosas. La primera, que el Congreso, atendiendo a la jurisprudencia, apruebe un cambio en la ley de salud y elimine algunas o todas las restricciones se?aladas por la Corte. La segunda, que el Congreso no haga nada y la Corte vote una declaraci¨®n de inconstitucionalidad sobre los art¨ªculos controvertidos, obligando de facto a diputados y senadores a modificar la legislaci¨®n. Aunque para eso, dice Aguinaco, deber¨ªa haber una mayor¨ªa de ocho ministros de la Corte a favor. Ademas, dice, nunca ha ocurrido en M¨¦xico que la Corte emita una declaraci¨®n de ese tipo.
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