Los argumentos legales detr¨¢s de la batalla pol¨ªtica
Juan Guaid¨® apela a art¨ªculos y principios jur¨ªdicos de la Constituci¨®n para avalar su actuaci¨®n
Venezuela ha dado un paso m¨¢s en el callej¨®n sin salida institucional en el que lleva inmersa desde que en diciembre de 2015 la oposici¨®n lograse, mediante elecciones libres, arrebatar al chavismo el control de la Asamblea Nacional, el Parlamento venezolano. Desde entonces, la fractura entre el oficialismo, encabezado por Nicol¨¢s Maduro, y la oposici¨®n se ha acentuado con la proclamaci¨®n de Juan Guaid¨®, presidente de la Asamblea Nacional, como presidente interino de Venezuela.
Guaid¨® apel¨® a tres art¨ªculos de la Constituci¨®n para hacer el anuncio. No obstante, el acto de jurar como presidente interino responde, seg¨²n los expertos, a una decisi¨®n m¨¢s pol¨ªtica que legal, porque se parte de una situaci¨®n an¨®mala. ¡°No se puede hacer un an¨¢lisis estrictamente legal, porque hay muchos condicionantes pol¨ªticos y una violaci¨®n de la Constituci¨®n constante por parte del chavismo¡±, explica el abogado constitucionalista venezolano Pedro Alfonso del Pino. ¡°Estamos, sobre todo, ante una crisis de gobernabilidad¡±.
?En qu¨¦ contexto legal se produce?
Ali Daniels, profesor de Derechos Humanos de la Universidad Cat¨®lica Andr¨¦s Bello y director de la ONG Acceso a la Justicia, explica en una entrevista telef¨®nica que Venezuela vive una situaci¨®n de excepcionalidad institucional, en la que Nicol¨¢s Maduro gan¨® en mayo de 2018 unas elecciones ¡°fraudulentas¡± en las que no permiti¨® participar a tres partidos opositores y cuestionadas por la comunidad internacional. Adem¨¢s, ¡°el Tribunal Supremo ha usurpado el poder de la Asamblea Nacional¡± y ejerce funciones que le corresponder¨ªan al Parlamento, como aprobar los presupuestos.
?En qu¨¦ interpretaci¨®n de la Constituci¨®n se apoya Guaid¨®?
El art¨ªculo 233 de la Constituci¨®n venezolana establece que ante la ausencia del cargo de la presidencia, el poder lo asume el presidente de la Asamblea Nacional. Tambi¨¦n define qu¨¦ son ¡°faltas absolutas del presidente¡±: ¡°su muerte, su renuncia, la destituci¨®n decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia y con aprobaci¨®n de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo (¡) as¨ª como la revocatoria popular de su mandato¡±. Para Daniels, el 233 no se puede aplicar estrictamente tampoco porque no hay una vacante, sino que se ha producido una usurpaci¨®n. Como recuerda Del Pino, Maduro termin¨® su periodo constitucional el 9 de enero. Un d¨ªa despu¨¦s, el 10 de enero se proclam¨® presidente para un nuevo mandato, bas¨¢ndose en las elecciones del 20 de mayo. La oposici¨®n considera que aquellos comicios violaron la Constituci¨®n, como se hace repetidamente desde la Asamblea Nacional Constituyente.
Ah¨ª entra en juego el art¨ªculo 333, que es el que habla de la vigencia suprema de la Constituci¨®n. ¡°En la Constituci¨®n no hay contemplada ninguna norma que se pueda aplicar estrictamente a esta situaci¨®n, que no tiene parang¨®n¡±, aclara Daniels. Guaid¨® recurri¨® al art¨ªculo 333 de la Constituci¨®n, que dice que la ley fundamental no pierde vigencia ¡°si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio (¡)¡±. Daniels cree que eso s¨ª ha ocurrido al establecer Nicol¨¢s Maduro una serie de poderes alternativos, ¡°un Derecho paralelo¡± como lo denomina el experto, que han despojado de sus poderes al Parlamento y al Supremo.
En esa tesitura, el 333 obliga a todos los ciudadanos a restaurar la Constituci¨®n, que habr¨ªa sido usurpada. Para ello la oposici¨®n se ha escudado en el art¨ªculo 350, que es el que da la potestad a los ciudadanos y otros poderes a no reconocer a quienes violen la Constituci¨®n. En el mismo sentido, para?el constitucionalista y exmagistrado de la antigua Corte Suprema de Justicia venezolana, Rom¨¢n Duque Corredor, ¡°por aplicaci¨®n del 333 de la Carta Magna, [la Asamblea] estableci¨® como marco jur¨ªdico el cese de usurpaci¨®n y el establecer un Gobierno de transici¨®n, para llevar a cabo un proceso electoral libre y finalmente restablecer la institucionalidad quebrantada en Venezuela¡±, dice en un an¨¢lisis enviado a varios periodistas.?
?Qu¨¦ ocurre a partir de ahora?
Para Daniels el car¨¢cter temporal, interino y transitorio de Guaid¨® como presidente es crucial: su misi¨®n debe ser convocar elecciones en 30 d¨ªas ¡°para que con las reglas democr¨¢ticas se restaure a partir de ah¨ª plenamente la Constituci¨®n¡±. Daniels plantea: ¡°?Cu¨¢l es el ¨®rgano m¨¢s leg¨ªtimo en Venezuela? El ¨²nico elegido por el pueblo en elecciones no impugnadas, la Asamblea Nacional¡±. En su opini¨®n, hay que considerar a Guaid¨® ¡°como un medio para restaurar la legalidad¡±.
En este sentido, Pedro Afonso del Pino, asegura que el siguiente paso en el guion a seguir es ¡°preservar el poder legislativo para recuperar el hilo constitucional¡±. ¡°?C¨®mo hacerlo? Es muy complicado, claro. Lo que est¨¢ claro es que no hay soluciones m¨¢gicas. En Venezuela la magia se traduce en frustraci¨®n¡±, admite el constitucionalista, para quien la funci¨®n primaria de Guaid¨® debe ser la de presidente de la Asamblea Nacional".
Con informaci¨®n de Javier Lafuente, Silvia Blanco y Maolis Castro.
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