La justicia peruana dicta una segunda medida de prisi¨®n preventiva contra Pedro Castillo por 36 meses
El expresidente est¨¢ acusado de ser el presunto l¨ªder de una organizaci¨®n criminal. Este fallo se suma a los 18 meses de c¨¢rcel que se le dictaron por el presunto delito de rebeli¨®n
Dos d¨ªas despu¨¦s de negar rotundamente ser el cabecilla de una organizaci¨®n criminal enquistada en Palacio durante su mandato, Pedro Castillo afronta formalmente una segunda medida de prisi¨®n preventiva de 36 meses que en palabras del juez Juan Carlos Checkley es ¡°id¨®nea y proporcional¡±. Esta vez Castillo, a quien tambi¨¦n se le acusa de colusi¨®n y tr¨¢fico de influencias, no pudo intervenir y escuch¨® con un gesto adusto la audiencia desde el penal de Barbadillo, donde si no hay vuelcos en el proceso permanecer¨¢ hasta el 8 de marzo de 2026. Un escenario que su defensa trat¨® de evitar por todos los medios.
En diciembre al maestro sindical se le dict¨® una primera orden de prisi¨®n preventiva de 18 meses por el presunto delito de rebeli¨®n tras su intento fallido de autogolpe de Estado para instalar un Gobierno de excepci¨®n. Esta medida es independiente. ¡°No hay ning¨²n impedimento para dictar una segunda orden, pues es de car¨¢cter cautelar¡±, explic¨® el magistrado Checkley. Tres son los requisitos principales para esta medida: una sospecha fuerte de la comisi¨®n del delito; la posible condena debe ser mayor a cuatro a?os; y altas probabilidades de peligro de fuga y obstaculizaci¨®n a las investigaciones. Seg¨²n el juez, Castillo cumple con cada uno de ellos.
En primer lugar, Checkley sostuvo que hay fuertes indicios de que el exgobernante est¨¢ involucrado en la compra de biodi¨¦sel para Petroper¨² con la finalidad de favorecer a la empresa Heaven Petroleum Operators -negociaci¨®n por la cual Castillo habr¨ªa recibido dos millones de soles-, as¨ª como en una licitaci¨®n irregular para la construcci¨®n del Puente Tarata, en la regi¨®n San Mart¨ªn. En cuanto al segundo punto, su probable condena ser¨ªa de 32 a?os. Y respecto al ¨²ltimo requisito, el juez considera que Castillo no posee arraigo domiciliario, que su familia ya no est¨¢ en el Per¨² (M¨¦xico les concedi¨® el asilo pol¨ªtico a su esposa, Lilia Paredes, y a sus dos hijos) y que adem¨¢s ¡°tendr¨ªa facilidades para salir del pa¨ªs¡±, en alusi¨®n a que Castillo fue detenido el 7 de diciembre cuando se dirig¨ªa a la Embajada de M¨¦xico.
Pero no solo ello: el magistrado se?al¨® que existe un presunto amedrentamiento hacia los testigos, tras la detenci¨®n preliminar de Jorge Ernesto Hern¨¢ndez Fern¨¢ndez, alias El Espa?ol, a quien se le acusa de coordinar una red de contrainteligencia orquestada por Castillo para atentar contra sus opositores. A ello se le suma su tentativa de intervenir el Poder Judicial, en el marco de su autogolpe de Estado. ¡°El resultado no puede ser otro que limitar la libertad de Castillo¡±, resumi¨® el juez.
El Poder Judicial tambi¨¦n dict¨® 36 meses de prisi¨®n preventiva contra el exministro de Transporte y Comunicaciones Juan Silva, quien se encuentra pr¨®fugo de la justicia. Se presume que podr¨ªa hallarse en Bolivia. Asimismo, a Geiner Alvarado, exministro de Vivienda, se le ha impuesto comparecencia con restricciones. Deber¨¢ seguir reglas de conducta y pagar una cauci¨®n de 35.000 soles (unos 9.250 d¨®lares). ¡°Es un perseguido pol¨ªtico. Apelaremos¡±, reclam¨® Eduardo Pachas, abogado de Castillo, quien continuar¨¢ tras los barrotes por largo tiempo.
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