Aguinaldo a pensionados ISSSTE: cu¨¢ndo pagan la segunda parte de la prestaci¨®n a jubilados
Los jubilados que est¨¦n bajo el r¨¦gimen del 73 tienen derecho a recibir un dep¨®sito anual correspondiente a esta prestaci¨®n
Los pensionados por cesant¨ªa en edad avanzada o por vejez en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) tienen derecho a recibir un pago anual correspondiente al aguinaldo. El monto se calcula con base en la pensi¨®n mensual; sin embargo, para recibir el dep¨®sito es necesario haberse jubilado bajo la ley 73, vigente hasta el 30 de junio de 1997.
?Cu¨¢les son los requisitos para recibir el pago del aguinaldo IMSS e ISSSTE?
El ¨²nico requisito para recibir el pago del aguinaldo es jubilarse con la ley del 73. Esto quiere decir que si el trabajador se dio de alta en el IMSS o ISSSTE antes del 1 de julio de 1997 se encuentra amparado bajo dicho r¨¦gimen.
En M¨¦xico existen dos maneras de iniciar con el tr¨¢mite de jubilaci¨®n: ley de 73 y ley del 97. Los trabajadores que se registraron en el IMSS antes del 1 de julio del 97 pertenecen a la ley del 73; en tanto, aquellas personas que se inscribieron despu¨¦s son de la ley del 97.
Entre los requisitos para jubilarse bajo la ley del 73 y tener derecho al pago del aguinaldo se encuentran:
- 65 a?os cumplidos al momento de solicitar la pensi¨®n.
- Causar baja en el R¨¦gimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Un m¨ªnimo de 500 semanas de cotizaci¨®n.
- Registro antes del 1 de julio de 1997.
Para la ley del 97 el tr¨¢mite se puede iniciar al cumplir 60 a?os, sin embargo, requiere una cotizaci¨®n m¨ªnima de 1,250 semanas.
?Cu¨¢nto dan de aguinaldo a pensionados IMSS e ISSSTE?
El aguinaldo del IMSS e ISSSTE equivale a un dep¨®sito mensual de la pensi¨®n. En este sentido, el monto es distinto para cada pensionado y est¨¢ sujeto a lo que reciben de pensi¨®n en el IMSS o el ISSSTE. A los pensionados les depositan un pago doble que representa el pago de su pensi¨®n y del aguinaldo.
El art¨ªculo 141 de la Ley del Seguro Social establece una pensi¨®n m¨ªnima garantizada, aquella que el gobierno federal asegura a los jubilados. Se calcula con base en el ?ndice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del Instituto Nacional de Estad¨ªstica y Geograf¨ªa (INEGI).
En este sentido, el monto m¨ªnimo mensual de cualquier pensi¨®n del IMSS es de 7.003 pesos en las zonas fronterizas y para el resto del pa¨ªs de 6.223 pesos. Para los jubilados del ISSSTE la pensi¨®n m¨ªnima garantizada es de 6.121 pesos. En la Ley del Seguro Social se establece que ning¨²n monto deber ser inferior a dichas cantidades.
?Cu¨¢ndo depositan el aguinaldo a pensionados del IMSS?
Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social recibieron el pago del aguinaldo el pasado 1 de noviembre de 2023. El dep¨®sito se realiz¨® junto al pago mensual de la pensi¨®n. De acuerdo con el calendario del IMSS, el ¨²ltimo pago del a?o estar¨¢ disponible el pr¨®ximo viernes 1 de diciembre.
?Cu¨¢ndo pagan la segunda parte del aguinaldo a pensionados ISSSTE?
Los pensionados del ISSSTE reciben el pago de su aguinaldo en dos dep¨®sitos. La primera parte se deposit¨® durante la primera quincena de noviembre. La segunda parte del aguinaldo se paga hasta el pr¨®ximo martes 2 de enero de 2024.
El calendario de pagos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado establece que el dep¨®sito correspondiente al mes de enero de 2024 se realizar¨¢ junto al pago restante del aguinaldo, el martes 2 de enero. En este sentido, los jubilados del ISSSTE recibir¨¢n un pago doble: su aguinaldo y el dep¨®sito mensual de la pensi¨®n.
Los derechohabientes con incidencias en el pago de su aguinaldo pueden acercarse a las Unidades M¨¦dicas y Administrativas ISSSTE, enviar un correo a atencionciudadana@issste.gob.mx o comunicarse al 55-4000-1000. El tr¨¢mite es gratuito, pero el tiempo respuesta del organismo es de uno a 40 d¨ªas h¨¢biles.
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