Derechos Especiales de Giro: una explicaci¨®n con peras y manzanas
L¨®pez Obrador desea obtener recursos de donde sea, incluso, pasando por encima de la autonom¨ªa del Banco de M¨¦xico
La discusi¨®n comenz¨® a principios de agosto cuando el Fondo Monetario Internacional anunci¨® su intenci¨®n de asignar 650.000 millones de d¨®lares en Derechos Especiales de Giro (DEG) a los pa¨ªses miembros. Es la asignaci¨®n m¨¢s alta en la historia del organismo y el objetivo, de acuerdo con el FMI, ser¨ªa proveer de mayor liquidez a la econom¨ªa global para facilitar, seg¨²n lo se?alado por Kristalina Georgieva, la recuperaci¨®n econ¨®mica poscovid. Conforme a las cuotas de participaci¨®n de los pa¨ªses que son miembros del Fondo, a M¨¦xico le corresponder¨ªan 12.000 millones de d¨®lares.
Empecemos por aclarar algunos conceptos. Los DEGs fueron creados por el FMI en 1969 para ayudar a complementar las reservas internacionales de los pa¨ªses miembros. Se crearon en el contexto del sistema de paridad cambiaria fija de Bretton Woods (sugiero leer el art¨ªculo del viernes 13 de agosto de Macario Schettino en El Financiero), pero cuando se abandon¨® ese sistema en 1973, y la mayor¨ªa de las grandes monedas pasaron a reg¨ªmenes cambiarios flotantes, la dependencia de los DEGs fue disminuyendo.
En t¨¦rminos muy sencillos, los DEGs son un invento del FMI. Cuando fueron creados cada Derecho Especial de Giro era equivalente a 0.89 gramos de oro ¡ªo a un d¨®lar de Estados Unidos¡ª porque exist¨ªa el patr¨®n oro. Tras el derrumbe del acuerdo de Bretton Woods, los DEGs dejaron de vincularse al oro, y en su lugar se vincularon a una canasta de monedas. Hoy, en esa canasta est¨¢n el d¨®lar estadounidense, el euro, el renminbi chino, el yen japon¨¦s y la libra esterlina. La importancia de cada moneda en la canasta va de mayor a menor conforme las enlist¨¦. El valor diario de cada DEG se determina con los tipos de cambio al contado observados al medio d¨ªa hora de Londres.
A lo largo de la historia se han asignado en total 660.770 millones de DGEs, equivalentes m¨¢s o menos a 943.000 millones de d¨®lares, incluyendo la asignaci¨®n reciente que es, por mucho, la m¨¢s grande: 456.000 millones de DEGs, equivalentes a 650.000 millones de d¨®lares.
Pero, y esto es muy importante de tener en cuenta, los DEGs no son una moneda. No son tampoco dinero en el sentido m¨¢s terrenal del t¨¦rmino, es decir, no se pueden usar para hacer transacciones. No se pueden comprar peras y manzanas en el s¨²per con Derechos Especiales de Giro. Tampoco son un cr¨¦dito con el Fondo, ni con nadie. S¨ª, son un activo de reserva y una unidad de cuenta aceptada por el FMI y otros organismos internacionales. Aceptado como eso, como unidad de cuenta: como una unidad de contabilidad entre algunas entidades. S¨ª es posible, sin embargo, canjearlos por monedas de libre uso en caso de que se encuentre quien los quiera comprar. Pero eso no sucede. Ning¨²n privado, ni persona f¨ªsica ni moral, puede tenerlos. Complicado, ?verdad?
Como mencion¨¦, en la asignaci¨®n reciente de DEGs por parte del FMI a los pa¨ªses, le tocar¨ªan a M¨¦xico 12.000 millones de d¨®lares en DEGs. Pero de nuevo, no son d¨®lares. Son DEGs. Le tocar¨ªan, m¨¢s o menos, 8.418 millones de DEGs que equivalen a esos 12.000 millones de d¨®lares. ?Qu¨¦ se hace con ellos? ?A d¨®nde se van esos Derechos Especiales de Giro? Para eso hay que recurrir a la Ley de Banco de M¨¦xico y entender la conformaci¨®n de las reservas internacionales.
El art¨ªculo 18 de la Ley de Banxico se?ala que este contar¨¢ con una reserva de activos internacionales para ayudar a mantener la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda. En el art¨ªculo 19 se puntualizan los activos con los que se conforma dicha reserva que ser¨¢n, de forma simplificada: 1) divisas y oro, 2) participaciones de M¨¦xico en el FMI y 3) divisas provenientes de financiamientos para regulaci¨®n cambiaria. En lo que hace al punto n¨²mero uno, el art¨ªculo 20 de la misma Ley establece qu¨¦ se debe entender por divisas para la conformaci¨®n de las reservas internacionales. Es en ese art¨ªculo donde se incluyen como activos potenciales para formar parte de las reservas internacionales los Derechos Especiales de Giro del FMI.
Al asignarle el Fondo 12.000 millones de d¨®lares en DEGs al pa¨ªs, estos se vuelven parte de las reservas internacionales, que son, a su vez, parte de los activos de Banco de M¨¦xico, como lo ser¨ªan de cualquier banco central. Contablemente, un cambio en los activos debe de repercutir en un ajuste en los pasivos del banco, entre los cuales se encuentra el efectivo ¡ªlos billetes y monedas circulantes¡ª del pa¨ªs. Es decir, lo que se esperar¨ªa es que a trav¨¦s de ese incremento en el activo se genere un aumento en el pasivo que, conforme a las intenciones del FMI, propulsar¨ªa la liquidez de las econom¨ªas.
Pero ?y qu¨¦ pasa si el Banco central decide tomar esos Derechos Especiales de Giro sin modificar el monto total de las reservas? Es decir, pensemos que el Banco central tiene 100 d¨®lares en reservas internacionales y recibe del FMI 12 d¨®lares adicionales. Una opci¨®n es que el banco incremente sus reservas y haga el ajuste correspondiente en el pasivo y otra es que tome esos 12 d¨®lares en DEGs, los incorpore a sus reservas, pero saque de las mismas 12 d¨®lares ¡°l¨ªquidos¡± dejando las reservas en 100.
Y es ah¨ª d¨®nde est¨¢ la duda. ?Podr¨ªa el Banco de M¨¦xico deshacerse de reservas por 12.000 millones de d¨®lares al sustituirlas por los DEGs? ?C¨®mo se deshar¨ªa de ellos? ?Los vender¨ªa en el mercado? Suponiendo que lo hace, ?qui¨¦n tomar¨ªa la decisi¨®n? El Banco de M¨¦xico, supondr¨ªamos. Porque esos recursos no son del Gobierno. Son del pa¨ªs en toda la extensi¨®n de la palabra. Pero sigamos con los supuestos, si se deshiciera de ellos sac¨¢ndolos de las reservas, ?podr¨ªa pasarlos a Hacienda? ?Bajo qu¨¦ supuesto legal podr¨ªa hacerlo? Y Hacienda, ?los podr¨ªa usar en cualquier cosa? ?Ser¨ªan ¡°ingresos extraordinarios¡± que podr¨ªan considerarse para el Presupuesto de Egresos?
?O podr¨ªa vender los DEGs? Como no son una moneda y solo son un activo de reserva, adem¨¢s de los pa¨ªses miembros, muy pocas entidades pueden ser tenedores de DEGs: cuatro bancos centrales, tres instituciones monetarias multinacionales y ocho bancos de desarrollo. Entonces, ?a qui¨¦n se los vender¨ªa? Adem¨¢s, en caso de que lograra vender esos Derechos Especiales de Giro, habr¨ªa que pagarle intereses al FMI. De nuevo, como no son una moneda, sino un activo de reserva del Fondo, mientras se usen como activo en las reservas internacionales se le ¡°perdonan¡± los intereses. Si se usan de otra forma, en caso de que fuera posible, habr¨ªa que pagarle intereses al Fondo.
T¨¦cnica y legalmente quedan muchas dudas. Vaya embrollo en el que nos meti¨® el FMI con esta asignaci¨®n de DEGs. Pero hay otros cuestionamientos: ?Qui¨¦n le meti¨® al presidente la idea de que se pod¨ªan usar estos DEGs? ?Qui¨¦n o qu¨¦ secretar¨ªa saldr¨ªa beneficiada de esta jugada?
El presidente ha se?alado muchas veces, incluso en su discurso de toma de posesi¨®n, que respetar¨ªa la autonom¨ªa de Banco de M¨¦xico. Pero hay enormes diferencias entre lo que se dice y lo que se hace. Al intervenir y opinar continuamente en las decisiones del Banco central, est¨¢ poniendo en riesgo la autonom¨ªa de esa instituci¨®n. Al juzgar al gobernador o a los subgobernadores desde el p¨²lpito presidencial va minando su reputaci¨®n y su car¨¢cter t¨¦cnico. Al pretender cambiar la ley del Banco central, como ya ha sucedido, muestra el poco respeto que le tiene. Al querer apropiarse de las reservas internacionales mediante esta jugarreta muestra que ¨¦l lo que quiere, no es un banco central aut¨®nomo, quiere una f¨¢brica de recursos a su disposici¨®n.
La discusi¨®n de los DEGs puede ser muy enredada, pero la intenci¨®n del presidente es muy clara. L¨®pez Obrador desea obtener recursos de donde sea, incluso, pasando por encima de la autonom¨ªa del Banco de M¨¦xico.
Las opiniones expresadas en esta columna son personales.
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