Ingreso m¨ªnimo vital: un paso en el camino
La nueva prestaci¨®n dar¨¢ cobertura a un colectivo prioritario, pero seguir¨¢n existiendo vac¨ªos relevantes
Los sistemas de protecci¨®n social en Espa?a, fuertemente reforzados coyunturalmente en la crisis sanitaria, presentan no obstante en su configuraci¨®n estructural lagunas evidentes de cobertura en cuanto a la poblaci¨®n protegida, especialmente en materia de rentas m¨ªnimas y protecci¨®n por desempleo, sin perjuicio del debate, tambi¨¦n muy relevante, de la suficiencia de las prestaciones.
El Gobierno ha decidido impulsar una prestaci¨®n de Seguridad Social dirigida a las personas en riesgo de pobreza e inclusi¨®n, priorizando una actuaci¨®n estatal sobre un campo hasta ahora cubierto por las comunidades aut¨®nomas en el marco de sus competencias de asistencia social, con prestaciones diversas muy desiguales entre s¨ª, solo suficientes en algunas de ellas.
El Estado tiene capacidad para hacerlo, en el marco de la Seguridad Social. Es muy probable que el Tribunal Constitucional se vea obligado a pronunciarse. Al margen de ello, esta prestaci¨®n presenta a¨²n dudas que deben resolverse, probablemente porque su proceso de elaboraci¨®n se ha precipitado y ha tenido serias carencias de participaci¨®n e informaci¨®n p¨²blicas. Desde luego hacia los interlocutores sociales, si bien no todos han mostrado el mismo inter¨¦s.
La pandemia, y la necesidad de garantizar rentas a millones de personas en una situaci¨®n de cierre econ¨®mico, provoc¨® la petici¨®n sindical, entre otras, incluso dentro de un Gobierno en el que se mantienen matices relevantes, de una prestaci¨®n de renta m¨ªnima de emergencia. El Gobierno ha resuelto esta situaci¨®n anticipando la aprobaci¨®n del ingreso m¨ªnimo vital.
Hay cuestiones a las que prestar atenci¨®n. Evitar la entrada de operadores privados en la gesti¨®n de una prestaci¨®n de Seguridad Social es clave. Articular correctamente esta nueva prestaci¨®n con las preexistentes auton¨®micas, evitando un mero efecto sustituci¨®n, tambi¨¦n. El di¨¢logo social en cada marco territorial es esencial ahora. As¨ª como la participaci¨®n de los interlocutores sociales y organizaciones representativas en los ¨®rganos de seguimiento, consulta y evaluaci¨®n de la prestaci¨®n.
La compatibilidad temporal de la prestaci¨®n con el empleo debe asegurar el control necesario para evitar fraude o abuso en la contrataci¨®n y garantizar el cobro efectivo del salario de convenio o, en su defecto, del salario m¨ªnimo interprofesional en la relaci¨®n laboral.
Si las prestaciones mensuales se sit¨²an entre 462 y 1.015 euros, en cuant¨ªas m¨¢ximas puesto que ser¨¢ una renta garantizada, su implantaci¨®n debe ir acompa?ada con una revisi¨®n de las prestaciones m¨ªnimas de pensiones y subsidios por desempleo, mejorando la suficiencia y manteniendo una relaci¨®n coherente entre los sistemas contributivo y asistencial y entre todos y el salario m¨ªnimo interprofesional.
La carga burocr¨¢tica debe ser m¨ªnima y el tiempo de concesi¨®n alinearse con los est¨¢ndares de Seguridad Social, sin las demoras inaceptables de muchas rentas m¨ªnimas actuales o de las propias pensiones no contributivas, con plazos medios de acceso superiores a 150 d¨ªas en jubilaci¨®n y 200 en invalidez. La forma de gesti¨®n de esta prestaci¨®n en todo el territorio debe ser homog¨¦nea y garantizar un modelo de reconocimiento de prestaciones ¨¢gil y eficaz.
Existe el riesgo de un modelo de gesti¨®n asim¨¦trico, que diluya la visibilidad de la prestaci¨®n estatal. No tengo dudas sobre la capacidad del Estado para generar una prestaci¨®n de Seguridad Social para personas en situaci¨®n de pobreza o riesgo de exclusi¨®n social, pero su dise?o no es neutro y puede afectar a la naturaleza y el futuro de la prestaci¨®n. Se debe regular su relaci¨®n con las prestaciones familiares (no lo veo con los subsidios por desempleo, como se dice en ocasiones). Conviene advertir de que un real decreto ley no es una v¨ªa razonable para suprimir o afectar prestaciones de Seguridad Social. La relaci¨®n de esta nueva prestaci¨®n con itinerarios de inserci¨®n social y laboral genera dudas sobre c¨®mo articularla con las comunidades.
Finalmente, la medida es positiva, pero no suficiente. Esta nueva prestaci¨®n dar¨¢ cobertura a un colectivo prioritario, mejorar¨¢ la protecci¨®n a la infancia y puede garantizar un suelo homog¨¦neo de renta m¨ªnima en Espa?a, pero seguir¨¢n existiendo vac¨ªos de cobertura relevantes en materia de protecci¨®n por desempleo. En ese marco, la iniciativa legislativa popular (ILP) que los sindicatos llevaron al Parlamento con el aval de 710.000 firmas debe reiniciar su tr¨¢mite en una legislatura en la que las organizaciones pol¨ªticas que la apoyaban suman mayor¨ªa absoluta en el Congreso. No hay excusas.
El emplazamiento a cerrar la cobertura de protecci¨®n social en cuanto a prestaciones econ¨®micas se refiere es claro. El ingreso m¨ªnimo vital es un paso relevante en ese camino. La mejora de la protecci¨®n por desempleo es tambi¨¦n necesaria. Lo asumi¨® el Gobierno de coalici¨®n en su acuerdo program¨¢tico, como los dos Gobiernos anteriores, sin concretarlo y, muy recientemente, la ministra de Trabajo en encuentro p¨²blico con el director general de la OIT. La tramitaci¨®n de la ILP sindical es una buena oportunidad para ello.
La nueva prestaci¨®n de ingresos m¨ªnimos elimina algunos vac¨ªos de cobertura en prestaciones econ¨®micas p¨²blicas. Pero hay otros. Es preciso reforzar tambi¨¦n la protecci¨®n por desempleo.
Carlos Bravo es secretario de Pol¨ªticas P¨²blicas y Protecci¨®n Social de CC OO.
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