Indulto, merecimiento y necesidad
Quien no ve en esta medida un instrumento para la convivencia, quiz¨¢ no est¨¢ dispuesto a hacer nada por mejorarla
Desde que se empez¨® a hablar de los indultos a los pol¨ªticos catalanes del proc¨¦s, se ha repetido hasta la saciedad que los criterios del indulto, como instituci¨®n constitucional, son pol¨ªticos y distintos de los del juicio penal, por lo que indultar no supone descalificar la sentencia condenatoria. Ahora ...
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Desde que se empez¨® a hablar de los indultos a los pol¨ªticos catalanes del proc¨¦s, se ha repetido hasta la saciedad que los criterios del indulto, como instituci¨®n constitucional, son pol¨ªticos y distintos de los del juicio penal, por lo que indultar no supone descalificar la sentencia condenatoria. Ahora lo ha dicho tambi¨¦n el Tribunal Supremo en la p¨¢gina cinco de su informe contrario al indulto en este caso, lamentando adem¨¢s que en las solicitudes no se aportaran argumentos sobre la innecesariedad de la pena, que es de lo que, seg¨²n el Tribunal, debe tratar el Gobierno.
En efecto, en esta cuesti¨®n subyace un viej¨ªsimo tema del sistema penal en el que se combinan y, a veces, se oponen, los conceptos de merecimiento y necesidad de la pena. Por ejemplo, cuando desde 1902, se permite suspender la entrada en prisi¨®n de los condenados a penas leves que no tienen antecedentes, no se est¨¢ diciendo que no merezcan su pena, sino que puede ser innecesario e incluso contraproducente que la cumplan. En el indulto tampoco se habla de merecimiento, sino de necesidad de la pena, y una pena deja de ser necesaria cuando su cumplimiento genera m¨¢s inconvenientes que ventajas.
Soy consciente de que para un amplio sector la ¨²nica necesidad de la que hay que hablar es de la que paguen por lo que han hecho, pensamiento irreductible contra el que no me siento capaz de luchar, por lo que prefiero dirigirme a todos los que en Catalu?a y en el resto de Espa?a, est¨¢n preocupados por nuestro futuro colectivo. Desde luego, el indulto no es una soluci¨®n definitiva, pero les pido que se pregunten si, despu¨¦s de cuatro a?os de prisi¨®n mantener en la c¨¢rcel a l¨ªderes que, guste o no, gozan de amplio apoyo popular, mejora o empeora la carga que esta situaci¨®n supone para la pol¨ªtica catalana y la espa?ola, la convivencia entre catalanes o entre estos y el resto de los espa?oles o el juicio que todo ello merece en las instituciones europeas.
Dar por cumplida la pena supone, entre otras cosas, pensar en la mitad de catalanes que apoya las ideas de los condenados, pero a la vez, exigir a la Generalitat que piense en la otra mitad, en la que me incluyo. Quien no ve en el indulto un instrumento para la convivencia, quiz¨¢ no est¨¢ dispuesto a hacer nada por mejorarla. Y creo que denegarlo s¨®lo favorecer¨ªa a quienes aspiran al martirologio o a mantener permanentemente abierto el conflicto.
Quienes apoyaron la condena, no pueden ignorar los a?os de prisi¨®n ya cumplidos y podr¨ªan admitir que ning¨²n indulto ni ninguna pena ¨ªntegramente cumplida pueden dar garant¨ªas absolutas de no reincidencia. No estamos hablando de merecimiento, pero tampoco de comprensi¨®n o buenismo. S¨®lo de lo que, siendo legal, es ¨²til, social y pol¨ªticamente en los momentos que vivimos.
Mercedes Garc¨ªa Ar¨¢n es Catedr¨¢tica de derecho Penal de la UAB.