El salario m¨ªnimo y la UE
Los Veintisiete acuerdan criterios comunes para garantizar un nivel de vida digno para los trabajadores europeos
Reformas y propuestas fiscales que durante a?os parec¨ªan impensables alcanzan ya un estatuto de normalidad p¨²blica en las altas instituciones europeas. Entre ellas est¨¢ la regulaci¨®n de un marco legal para el salario m¨ªnimo. La Uni¨®n Europea acaba de dar un paso significativo en la homogeneizaci¨®n de las condiciones laborales de los Veintisiete, al pactar...
Reformas y propuestas fiscales que durante a?os parec¨ªan impensables alcanzan ya un estatuto de normalidad p¨²blica en las altas instituciones europeas. Entre ellas est¨¢ la regulaci¨®n de un marco legal para el salario m¨ªnimo. La Uni¨®n Europea acaba de dar un paso significativo en la homogeneizaci¨®n de las condiciones laborales de los Veintisiete, al pactar una norma que regule criterios compartidos en toda la UE y permita reforzar la negociaci¨®n colectiva aumentando el n¨²mero de trabajos amparados por ella. De esta forma, y siguiendo las orientaciones pol¨ªticas de Ursula von der Leyen en 2019, cuando asumi¨® la presidencia de la Comisi¨®n Europea, la UE apuesta por reforzar el pilar europeo de los derechos laborales y avanzar en el componente social de la econom¨ªa de mercado, despu¨¦s de tantas d¨¦cadas reforzando casi en exclusiva la parte financiera de la integraci¨®n comunitaria.
El acuerdo ha sido dif¨ªcil y lento porque las legislaciones de cada Estado son muy distintas. La directiva que deber¨¢n ratificar tanto el Consejo de la UE como el Parlamento Europeo no fija un salario m¨ªnimo com¨²n para los Veintisiete, objetivo casi imposible dadas las disparidades econ¨®micas y de rentas en el seno de la Uni¨®n. En ella el salario m¨ªnimo oscila entre extremos que van de los 2.256 euros de Luxemburgo a los 332,34 de Bulgaria (y hay seis pa¨ªses que no cuentan con un salario m¨ªnimo por ley). Pero establece como recomendaci¨®n para ¡°garantizar un nivel de vida digno¡± que el salario m¨ªnimo se sit¨²e entre el 50% y el 60% del salario medio bruto de cada pa¨ªs, en l¨ªnea con lo establecido en la Carta Social Europea. Bruselas, adem¨¢s, insta a que la evoluci¨®n del salario m¨ªnimo sea resultado de la negociaci¨®n colectiva entre los agentes sociales y que tenga en cuenta el coste de la vida, el poder adquisitivo y la evoluci¨®n de la productividad en sus revisiones, que deben producirse al menos cada dos a?os (o un m¨¢ximo de cuatro en los pa¨ªses que recurran a herramientas de indexaci¨®n autom¨¢tica). La directiva otorga asimismo un importante papel a los agentes sociales y al valor de la negociaci¨®n colectiva, para la que pide a los Estados miembros que establezcan un plan de acci¨®n para promover que la tasa de cobertura de esa negociaci¨®n colectiva alcance al menos el 80%.
En el caso de Espa?a, las tres subidas del salario m¨ªnimo interprofesional (SMI) llevadas a cabo a lo largo de esta legislatura lo sit¨²an en los 1.000 euros mensuales, en 14 pagas al a?o. El objetivo del Gobierno es alcanzar la meta del 60% a finales de 2023, lo que exigir¨ªa situar el SMI en los 1.050, seg¨²n el informe elaborado en su d¨ªa por el grupo de expertos designado por el Ministerio de Trabajo. En el caso de las peque?as y medianas empresas, la patronal Cepyme denuncia que el SMI representa ya el 70% del salario medio, lo que reduce el margen, seg¨²n ella, de futuras actualizaciones.
Pese a las numerosas limitaciones que tiene la normativa, no cabe duda de que se trata de un avance efectivo hacia una Europa cada vez m¨¢s social. La medida puede llegar a beneficiar a entre 10 y 20 millones de trabajadores, seg¨²n estimaciones de la propia Comisi¨®n Europea, y en todo caso est¨¢ orientada, pese al margen de mejora, a rebajar la desigualdad entre los Veintisiete y a potenciar la conciencia de un l¨ªmite infranqueable de ingresos m¨ªnimos adaptado a cada pa¨ªs.