La proteci¨®n social de los migrantes como ciudadanos iberoamericanos
La finalidad del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social es la protecci¨®n de los derechos a obtener pensiones contributivas de los trabajadores migrantes
En el marco de la visita de Estado del presidente Petro a Espa?a, Colombia ratific¨® el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), adoptado por los jefes de Estado y Gobierno desde la Cumbre Iberoamericana de Salamanca, en 2005, y que entr¨® en vigor en 2011, auspiciado e impulsado por la Organizaci¨®n Iberoamericana de Seguridad Social (OISS).
Ahora, ...
En el marco de la visita de Estado del presidente Petro a Espa?a, Colombia ratific¨® el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), adoptado por los jefes de Estado y Gobierno desde la Cumbre Iberoamericana de Salamanca, en 2005, y que entr¨® en vigor en 2011, auspiciado e impulsado por la Organizaci¨®n Iberoamericana de Seguridad Social (OISS).
Ahora, el Convenio estar¨¢ en aplicaci¨®n en 13 pa¨ªses del espacio iberoamericano: en Argentina, Chile, Brasil, Bolivia, Ecuador, Espa?a, El Salvador, Paraguay, Per¨², Portugal Rep¨²blica Dominicana, Uruguay y, por supuesto, Colombia. Trece pa¨ªses que abarcan m¨¢s de 400 millones de habitantes. Lo que supone que es el segundo instrumento de este tipo que agrupa mayor n¨²mero de Estados y poblaci¨®n, tan solo por detr¨¢s de los Reglamentos de la Uni¨®n Europea y el ¨²nico que abarca pa¨ªses de dos continentes distintos, Am¨¦rica y Europa
La finalidad del CMISS es la protecci¨®n de los derechos a obtener pensiones contributivas de los trabajadores migrantes, derivados de su cotizaci¨®n a los sistemas nacionales de seguridad social, dentro del conjunto formado por los pa¨ªses donde ya est¨¢ en vigor o lo est¨¦ en el futuro. Y se aplica a las personas que est¨¦n o hayan estado sujetas a la legislaci¨®n de uno o de varios de esos estados parte, as¨ª como a sus familiares beneficiarios y derechohabientes, respecto a las prestaciones econ¨®micas de invalidez, vejez, supervivencia (viudedad y orfandad) y las causadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
As¨ª, se evita la p¨¦rdida de derechos contributivos que supondr¨ªa el no poder cumplir, en cada Estado en el que se haya cotizado, los tiempos m¨ªnimos de aportaci¨®n exigidos para tener derecho a las prestaciones que, por ejemplo, en el caso de la pensi¨®n de jubilaci¨®n oscilan entre 15 o 30 a?os seg¨²n el pa¨ªs del que se trate. Para ello el Convenio establece la posibilidad de acumular, totalizar, los periodos cotizados en cada uno de los estados parte en que est¨¦ vigente, facilitando as¨ª el cumplimento de este requisito, tan exigente, de las legislaciones nacionales.
Adem¨¢s, esta posibilidad de totalizar los periodos de aportaci¨®n a la seguridad social pone de manifiesto la importancia de la cotizaci¨®n ¡ªy, con ello de encontrarse en situaci¨®n de formalidad laboral¡ª para lograr una adecuada cobertura social. Al tiempo que elimina la incertidumbre que supone, para aquellos que han trabajado en varios Estados, la duda de para qu¨¦ les sirven sus cotizaciones si existen dificultades o exigencias de los sistemas nacionales imposibles de cumplir a lo largo de toda su vida laboral.
Sin duda esa posibilidad de acumulaci¨®n de cotizaciones es el principal efecto del CMISS para los ciudadanos iberoamericanos, pero tambi¨¦n contempla otros aspectos de gran inter¨¦s y trascendencia, como son: la igualdad de trato, a efectos de la seguridad social, de todas las personas, sea cual sea su nacionalidad; el pago de las prestaciones obtenidas a su amparo en un pa¨ªs distinto de aqu¨¦l que las reconoci¨®; o la determinaci¨®n de la legislaci¨®n de seguridad social aplicable en el caso de trabajadores desplazados. Supuesto, este ¨²ltimo, que adquiere cada vez m¨¢s importancia en un mundo en el que la actividad econ¨®mica actual exige, cada vez m¨¢s, que un n¨²mero importante de trabajadores, por cuenta ajena o propia, se desplacen temporalmente a otros pa¨ªses, planteando el dilema de si est¨¢n obligados a cotizar en el lugar que realizan su trabajo diario o que puedan seguir haci¨¦ndolo en su pa¨ªs de origen para evitar la p¨¦rdida de derechos sociales en materia de pensiones. Situaci¨®n que tambi¨¦n se contempla y se regula, evitando la duplicidad de cotizaci¨®n o la informalidad que perjudican tanto a las personas trabajadoras como a sus empresas.
Todo ello pone de relieve la importancia de disponer de un instrumento que posibilite la conservaci¨®n de derechos sociales de los ciudadanos, en un espacio como el iberoamericano, en el que millones de personas viven fuera de su pa¨ªs de origen, lo que sit¨²a a esta zona geogr¨¢fica como aqu¨¦lla donde se producen m¨¢s movimientos migratorios a nivel mundial.
El espacio iberoamericano, en el que no existe una verdadera integraci¨®n pol¨ªtica o econ¨®mica, como s¨ª se da en otros ¨¢mbitos en los que ya existen convenios multilaterales de coordinaci¨®n de legislaciones de seguridad social, como en la Uni¨®n Europea, lo que supone que la aplicaci¨®n de este Convenio, que no comporta ning¨²n cambio en las legislaciones nacionales, ni ninguna cesi¨®n de soberan¨ªa, queda sometida a la decisi¨®n de cada Estado de incorporarse al mismo, como ya lo han hecho los 13 pa¨ªses citados y lo vayan haciendo otros.
Todo ello hace que el CMISS sea un instrumento de se puede calificar de ¨²nico y mod¨¦lico, como as¨ª lo han puesto de manifiesto, no s¨®lo las Cumbres Iberoamericanas sino tambi¨¦n el Parlamento y el Consejo Econ¨®mico y Social Europeos que lo han puesto como ejemplo a seguir, o los pa¨ªses de lengua portuguesa, los Estados del Magreb africano o los de la federaci¨®n rusa ante los que ha sido presentado como buena pr¨¢ctica en distintas ocasiones. Y que, tambi¨¦n, se enmarca claramente, entre otros, en el Objetivo de Desarrollo Sostenible no 10: ¡°Reducir la desigualdad en y entre los pa¨ªses¡±.
El Convenio Multilateral tiene, por tanto, una especial relevancia en el ¨¢mbito que le es propio y, en concreto, la incorporaci¨®n de Colombia supone que ya todos los pa¨ªses de Sudam¨¦rica, con la ¨²nica excepci¨®n de Venezuela, forman parte del mismo. M¨¢s de 400 millones de potenciales beneficiarios, de los que ya m¨¢s de 120.000 han visto plasmados esos beneficios a trav¨¦s de los expedientes tramitados a su amparo.
Pero tambi¨¦n para Colombia tiene una significaci¨®n especial, porque tradicionalmente ¨¦ste ha sido un pa¨ªs con altas tasas de emigraci¨®n y que tan s¨®lo ten¨ªa suscritos convenios bilaterales de seguridad social m¨¢s que con cinco pa¨ªses: Argentina, Chile, Ecuador, Espa?a y Uruguay. Ahora, a trav¨¦s de su inclusi¨®n plena en este Convenio, y sin perjuicio de mantenerse la vigencia de aqu¨¦llos, en un solo acto, esos pa¨ªses se elevan a 12, con siete de los cuales Colombia no tiene convenios vigentes y en los que, los conciudadanos que en alg¨²n momento de sus vidas tuvieron que emigrar a ellos, van a ver amparados sus derechos a obtener una pensi¨®n contributiva.
Desde la Organizaci¨®n Iberoamericana de Seguridad Social, seguiremos impulsando la aplicaci¨®n de este importante instrumento que formaliza el empleo y garantiza la protecci¨®n social de los migrantes generando ciudadan¨ªa Iberoamericana.