Genocidio en Gaza: algo pendiente
El sistema de Naciones Unidas tiene ahora la responsabilidad de acompa?ar la decisi¨®n del m¨¢s alto tribunal mundial. Y de adoptar las decisiones que correspondan para que la misma sea respetada y acatada a plenitud
No es una noticia m¨¢s sino una muy importante que en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) se haya abierto el caso del alegado genocidio en curso en Gaza. Es decir, sobre algunos de los efectos directos de la sostenida operaci¨®n militar de Israel iniciada en octubre del 2023.
Paso saludable el de la CIJ. En contextos de mermada capacidad de acci¨®n de la comunidad internacional, esto da cuenta de que no se ha d...
No es una noticia m¨¢s sino una muy importante que en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) se haya abierto el caso del alegado genocidio en curso en Gaza. Es decir, sobre algunos de los efectos directos de la sostenida operaci¨®n militar de Israel iniciada en octubre del 2023.
Paso saludable el de la CIJ. En contextos de mermada capacidad de acci¨®n de la comunidad internacional, esto da cuenta de que no se ha desvanecido totalmente la capacidad de acci¨®n/reacci¨®n en el mundo organizado ante una atrocidad, como podr¨ªa ser el genocidio. Grave crimen que en otras ¨¦pocas -como la del holocausto nazi- campeaba con absoluta impunidad.
En repetidas ocasiones la CIJ ha expresado que la Convenci¨®n de 1948 contra el genocidio recogi¨® principios fundamentales del derecho internacional general. Entre ellos, la proscripci¨®n del genocidio, as¨ª como la obligaci¨®n de prevenirlo y castigarlo.
La Convenci¨®n no es un cat¨¢logo ret¨®rico de declaraciones, establece obligaciones vinculantes, de obligatorio cumplimiento. Y para todos los Estados. Hayan o no ratificado la Convenci¨®n.
Ning¨²n Estado, pues, est¨¢ desvinculado de las obligaciones de la Convenci¨®n ni puede pretender estarlo. Y al rev¨¦s, un Estado puede promover una acci¨®n de la CIJ, aunque los hechos no se hayan cometido en su territorio ni le haya afectado directamente.
Trascendencia del caso abierto por Sud¨¢frica
En una nota publicada en este mismo peri¨®dico el 18 de enero ya me he referido al tema. Reafirmo lo importante del caso abierto por Sud¨¢frica ante la CI) sobre el alegado genocidio en las acciones de Israel en Gaza y otras zonas palestinas en los ¨²ltimos tres meses. No es irrelevante que se hayan sumado al caso presentado por Sud¨¢frica, varios pa¨ªses, entre ellos algunos latinoamericanos, como Colombia.
Son variadas y potentes las voces -y Estados- que abogan, con base en el derecho internacional, contra la matanza indiscriminada de palestinos que viene llevando a cabo Israel desde octubre del a?o pasado. Eso est¨¢ prohibido internacionalmente. Y la CIJ tiene competencia para conocer y pronunciarse ante actos que tienen los componentes esenciales del genocidio como los hechos que se recogen en el caso presentado por Sud¨¢frica.
Un alegado genocidio en marcha
Con la presentaci¨®n del caso, Sud¨¢frica apuntaba a que un pronunciamiento de la CIJ que detenga el alegado genocidio en marcha en Gaza. Tiempos los de hoy muy distintos a los de la total y absoluta indefensi¨®n, en ¨¦pocas anteriores a la proscripci¨®n internacional del genocidio. Que permitieron la impunidad de grandes genocidios previos a 1948. Entre otros, el holocausto del nazismo, que arras¨® con la vida de m¨¢s de seis millones de jud¨ªos, o las reiteradas campa?as de represi¨®n de Stalin en la Uni¨®n Sovi¨¦tica y pa¨ªses vecinos.
La CIJ, como se sabe, admiti¨® el caso sudafricano rechazando, de plano, los argumentos de Israel para desestimarlo. Por el contrario, la CIJ abund¨® en hechos sobre los efectos de la operaci¨®n militar israel¨ª. Estableci¨®, por ejemplo, que ¡°la operaci¨®n militar llevada a cabo por Israel tras el ataque del 7 de octubre de 2023 ha provocado, entre otras cosas, decenas de miles de muertos y heridos y la destrucci¨®n de viviendas, escuelas, instalaciones m¨¦dicas y otras infraestructuras vitales, as¨ª como desplazamientos a escala masiva¡±.
Es un hecho casi sin precedentes que mientras un alegado genocidio se est¨¦ produciendo, se abra un caso en el tribunal internacional m¨¢s importante del planeta. La CIJ no se puso ¡°de perfil¡±, mirando a otro lado. Abord¨® el tema dada la gravedad de hechos que son de conocimiento del mundo.
As¨ª, la Corte dio un ejemplo de consistencia institucional y de articulaci¨®n con la proscripci¨®n del genocidio. Dejo pr¨ªstinamente establecido que ¡°un 93% de la poblaci¨®n de Gaza, una cifra sin precedentes, se enfrenta a niveles cr¨ªticos de hambre, con alimentos insuficientes y altos niveles de desnutrici¨®n. Al menos uno de cada cuatro hogares se enfrenta a ¡°condiciones catastr¨®ficas¡±: sufre una falta extrema de alimentos y hambruna y ha recurrido a la venta de sus posesiones y a otras medidas extremas para poder permitirse una simple comida. El hambre, la indigencia y la muerte son evidentes¡±.
M¨¢s claro, ni el agua limpia.
Las medidas provisionales
Como se sabe, la semana pasada la CIJ adopt¨® la decisi¨®n sobre medidas provisionales solicitadas por Sud¨¢frica. Se requer¨ªa al tribunal que dispusiera una suerte de ¡°cese de fuego¡± inmediato. Como no lleg¨® a ser exactamente esa la decisi¨®n de la Corte, algunas personas y corrientes de opini¨®n han expresado cr¨ªticamente que la decisi¨®n sobre la medida provisional se qued¨® ¡°corta¡± al no haber dispuesto un inmediato ¡°cese de fuego¡±.
Este asunto es debatible. Cierto que la CIJ no dispuso ese ¡°cese de fuego¡± dentro de las medidas provisionales. Pero no se puede distorsionar las cosas sindicando a la CIJ de ¡°hacerse de la vista gorda¡± ante la grav¨ªsima situaci¨®n. Pues el tribunal si dispuso medidas sustantivas y precisas -seis en total- para impedir actos de genocidio. Medidas que est¨¢n vigentes desde ese d¨ªa y no son irrelevantes. Se ver¨ªan incumplidas -violadas- si Israel continuase con sus actos y su pol¨ªtica agresiva como si no hubiera pasado nada.
Dentro de esto destacan tres asuntos muy relevantes.
a) La CIJ orden¨® a Israel ¡°que impida y castigue la incitaci¨®n directa y p¨²blica a cometer genocidio¡±. No es poca cosa. De no modificar su conducta Israel y siguieses sigue con su discurso violentista nutrido de prol¨ªfica, sistem¨¢tica y reiterada incitaci¨®n al genocidio estar¨ªa violando el derecho internacional.
Recuerdo algunos ejemplos, que mencion¨¦ en mi nota anterior: ministro de Defensa Yoav Gallant (¡°Gaza no volver¨¢ a ser lo que era antes: lo eliminaremos todo¡±), ministro de Energ¨ªa e Infraestructuras, sobre los gazat¨ªes (¡°no recibir¨¢n ni una gota de agua ni una sola bater¨ªa hasta que dejen este mundo¡±) o el coronel Yogev Bar-Sheshet en la TV (¡°Quien vuelva aqu¨ª, si vuelve despu¨¦s, encontrar¨¢ tierra quemada. Sin casas, sin agricultura, sin nada. No tienen futuro¡±).
b) La CIJ tambi¨¦n orden¨® a Israel ¡°tomar medidas inmediatas y efectivas para permitir la provisi¨®n de los servicios b¨¢sicos y la asistencia humanitaria que se necesitan urgentemente¡±. Y que Israel debe adoptar ¡°medidas efectivas para impedir la destrucci¨®n y garantizar la conservaci¨®n de las pruebas relacionadas con las denuncias de actos comprendidos¡± en la Convenci¨®n para la Prevenci¨®n y la Sanci¨®n del Delito de Genocidio.
Dados los hechos que son de conocimiento del mundo, el cumplimiento de esta decisi¨®n de la CIJ llevar¨ªa, de suyo, el cese de la pol¨ªtica de agresi¨®n y cerco, que ha generado en Gaza una hambruna sin precedentes, y la virtual destrucci¨®n de las instalaciones y capacidades m¨¦dicas en la Franja.
Esta decisi¨®n fundamental de la CIJ significa algo claro: la obligaci¨®n internacional de Israel, desde este mes, de alimentar y dar atenci¨®n m¨¦dica a la poblaci¨®n en Gaza. Nada menos.
c) Lo medular del asunto: la prevenci¨®n del genocidio. Contenida en la orden a Israel de ¡°tomar todas las medidas a su alcance¡± para impedir delitos que equivalen a genocidio, como ¡°matar, causar graves da?os f¨ªsicos y mentales, infligir al grupo condiciones de vida calculadas para provocar su destrucci¨®n f¨ªsica total o parcial, e imponer medidas destinadas a impedir los nacimientos dentro del grupo¡±.
Todo un ¡°set¡± de reglas dispuestas por la CIJ en estos tres asuntos. Le precisa a Israel ciertas obligaciones inmediatas: alimentar y dar atenci¨®n m¨¦dica a las v¨ªctimas, cesar las declaraciones de apolog¨ªa o promoci¨®n del genocidio, dejar de matar palestinos y preservar las pruebas del genocidio.
Obligaciones que apuntan a Israel, ciertamente. Pero, indirectamente, pero tambi¨¦n a la comunidad internacional in genere y a las inexcusables responsabilidades del sistema internacional organizado (Consejo de Seguridad de la ONU, por ejemplo) de contribuir a hacer cumplir las decisiones del m¨¢s importante tribunal del mundo. Y, por supuesto, de los pa¨ªses que integran la comunidad internacional y, en particular, de los que sostienen, de una forma u otra, las operaciones militares israel¨ªes.
Lo positivo de la decisi¨®n de la CIJ
Recapitulo lo esencial: las medidas provisionales solicitadas apuntaban a que la CIJ ordenase un cese de fuego inmediato, as¨ª como de las operaciones militares israel¨ªes que viene diezmando a la poblaci¨®n civil en Gaza. Eso no ocurri¨®. Esa no fue -por ahora- la decisi¨®n de la CIJ, lo que ha generado algunas reacciones e interpretaciones pesimistas que considero est¨¢n erradas.
En efecto, una relectura cuidadosa de la decisi¨®n de la CIJ, adoptada el viernes pasado, arroja varios aspectos positivos que son una contribuci¨®n para la paz en la zona y para la protecci¨®n de los abrumados derechos de la poblaci¨®n palestina.
El tribunal internacional, ubic¨® los hechos dentro del marco de la operaci¨®n militar israel¨ª en ejecuci¨®n desde el 7 de octubre. Estableci¨® la CIJ, contundentemente, ¡°que la operaci¨®n militar llevada a cabo por Israel tras el ataque del 7 de octubre de 2023 ha provocado, entre otras cosas, decenas de miles de muertos y heridos y la destrucci¨®n de viviendas, escuelas, instalaciones m¨¦dicas y otras infraestructuras vitales, as¨ª como desplazamientos a escala masiva.¡±
Y dispuso ciertas ¡°obligaciones de hacer¡± a Israel. Primero, que ¡°impida y castigue la incitaci¨®n directa y p¨²blica a cometer genocidio¡±. Y exigi¨® a Israel ¡°tomar medidas inmediatas y efectivas para permitir la provisi¨®n de los servicios b¨¢sicos y la asistencia humanitaria que se necesitan urgentemente.¡± No solo, pues, que Israel cese en sus ataques a la poblaci¨®n, sino que proteja -con ¡°medidas inmediatas y efectivas¡±- a los civiles palestinos. Esto supone, para empezar, que deje de bombardearlos.
Orden¨® la CIJ a Israel, asimismo, que protegiera a las cerca de 50.000 mujeres que dan a luz en Gaza. Y que debe adoptar ¡°medidas efectivas para impedir la destrucci¨®n y garantizar la conservaci¨®n de las pruebas relacionadas con las enuncias de actos comprendidos en el ¨¢mbito de aplicaci¨®n de los art¨ªculos II y III de la Convenci¨®n para la Prevenci¨®n y la Sanci¨®n del Delito de Genocidio contra miembros del grupo palestino en la Franja de Gaza¡±.
El tribunal tambi¨¦n orden¨® a Israel ¡°tomar todas las medidas a su alcance¡± para impedir los delitos que equivalen a genocidio, como ¡°matar, causar graves da?os f¨ªsicos y mentales, infligir al grupo medidas destinadas a impedir los nacimientos dentro del grupo¡±. La Corte orden¨® a Israel que en un mes explique a la CIJ qu¨¦ hab¨ªa hecho para aplicar esta y las dem¨¢s medidas provisionales.
Importantes obligaciones pendientes
La CIJ ha ordenado a Israel, pues, entre otras cosas, que debe alimentar y proporcionar atenci¨®n m¨¦dica a las v¨ªctimas en Gaza, cesar las declaraciones p¨²blicas de apolog¨ªa del genocidio, preservar las pruebas del genocidio y dejar de matar a civiles palestinos. ¡°Vuelva e informe dentro de un mes¡±, le dijo a Israel. Nada menos.
El tema de los derechos de los palestinos, pues, recorri¨®, de pies a cabeza, la decisi¨®n de la CIJ. Y apunt¨® con precisi¨®n y sin ambig¨¹edad al ¡°derecho de los palestinos de Gaza a ser protegidos de actos de genocidio y actos prohibidos relacionados identificados en el Art¨ªculo III, y el derecho de Sud¨¢frica a buscar el cumplimiento por parte de Israel de las obligaciones de este ¨²ltimo en virtud de la Convenci¨®n¡±.
Lo claro es que el sistema de Naciones Unidas tiene ahora la responsabilidad de acompa?ar la decisi¨®n del m¨¢s alto tribunal mundial. Y de adoptar, en ese devenir, las decisiones que correspondan para que la misma sea respetada y acatada a plenitud y el derecho internacional entre a prevalecer.
La ocupaci¨®n incesante
Ocasi¨®n esta que deber¨ªa ser propicia para poner seriamente en agenda el grave asunto pendiente de la ocupaci¨®n israel¨ª de Cisjordania, Gaza y los Altos del Gol¨¢n. En violaci¨®n flagrante del derecho internacional y que se remonta a la guerra de agresi¨®n israel¨ª del lejano 1967.
M¨¢s de 70 a?os de impune ocupaci¨®n de territorios palestinos. Y, dentro de esas zonas (particularmente en la Cisjordania ocupada por Israel), los llamados ¡°colonos¡± israel¨ªes apropi¨¢ndose de tierras y recursos de campesinos y pobladores palestinos locales. Proceso de despojo y abuso continuado que ya tiene d¨¦cadas.
Ceguera ¡°geopol¨ªtica¡± es no ver all¨ª el gran componente de tensi¨®n e injusticia en las zonas circundantes a Israel. O asumir, erradamente, que la violencia, las muertes y los ataques empezaron reci¨¦n con Hamas y en octubre del a?o pasado.