El Constitucional ampara a una soldado que denunci¨® abusos de autoridad
Seg¨²n la denunciante, su capit¨¢n le dijo: ¡°No me toques lo cojones, porque no te firmo m¨¢s contratos y te vas a la puta calle¡±
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha concedido el amparo a una soldado que denunci¨® a sus superiores por un presunto delito de abuso de autoridad, porque los ¨®rganos judiciales que archivaron su denuncia lo hicieron cuando todav¨ªa exist¨ªan medios ¡°razonables¡± y ¡°eficaces¡± de investigaci¨®n para ¡°despejar las dudas persistentes¡±. El alto tribunal entiende que se ha vulnerado el derecho de la recurrente a la tutela judicial efectiva, en relaci¨®n con el derecho a la integridad f¨ªsica y moral.
El padre de la soldado de la Escala de Tropa de Artiller¨ªa de Campa?a denunci¨® el acoso que, en su opini¨®n, padec¨ªa su hija en la unidad Raca 63, con guarnici¨®n en San Andr¨¦s de Rabanedo (Le¨®n).
El acoso denunciado por la soldado se concretaba en un arresto de cinco d¨ªas impuesto por el capit¨¢n F.G. en agosto de 2007, por manifestaciones de tibieza o disgusto en el servicio. Seg¨²n la soldado, ¡°los hechos sancionados no ocurrieron como consta en la sanci¨®n impuesta y el capit¨¢n denunciado, al mencionarle que pod¨ªa recurrir, le dijo textualmente: ¡°No remuevas la mierda, y no me toques los cojones, porque te aseguro que no te firmo m¨¢s contratos y te vas a la puta calle¡±.
Tras un segundo arresto de 20 d¨ªas impuesto por el coronel A., en septiembre de 2007, por falta leve de negligencia en el cumplimiento de las obligaciones e inexactitud en el cumplimiento de las ¨®rdenes recibidas, el coronel, seg¨²n la versi¨®n de la soldado, le dijo ¡°que lo mejor era no remover nada pues ser¨ªa peor, no le fuera a perjudicar al renovar el compromiso, entendiendo que, si recurr¨ªa, no se le renovar¨ªa el mismo¡±.
El juzgado togado militar central n¨²mero 1 no apreci¨® en los hechos ¡°existencia de il¨ªcito penal alguno¡±
En un an¨¢lisis de orina ordenado por el Coronel el 19 de septiembre de 2007 se afirm¨® que se hab¨ªa detectado ¡°consumo de coca¨ªna¡±. No obstante, la soldado se someti¨® ese mismo d¨ªa a un an¨¢lisis en la cl¨ªnica San Francisco que dio negativo, repitiendo el an¨¢lisis cinco veces entre noviembre y enero de 2008 "siempre con resultado negativo".
Archivo del juzgado militar
El juzgado togado militar central n¨²mero 1 no apreci¨® en los hechos ¡°existencia de il¨ªcito penal alguno¡± y respecto a los arrestos impuestos, se?al¨® que dichas decisiones fueron adoptadas ¡°dentro de sus competencias y enmarcadas en el funcionamiento normal de la unidad militar¡±.
El TC echa en falta la pr¨¢ctica de pruebas periciales para esclarecer la situaci¨®n psicol¨®gica de la soldado que trajeron como consecuencia su baja del servicio activo
El fallo fue recurrido ante el Tribunal Militar Central que confirm¨® el archivo al entender que los hechos denunciados no revest¨ªan naturaleza penal, e incluso sostuvo que la recurrente actuaba movida por ¡°la apreciaci¨®n subjetiva de juicios de intenci¨®n de los denunciados acerca de una pretendida persecuci¨®n, acoso o presi¨®n moral¡±.
La sentencia del Constitucional, de la que ha sido ponente el vicepresidente del Tribunal, Eugeni Gay, analiza si la decisi¨®n de archivar la denuncia por un presunto delito de abuso de autoridad vulner¨® el derecho de la recurrente a la tutela judicial efectiva en relaci¨®n con el derecho a no ser sometida a tratos inhumanos o degradantes.
Los magistrados no cuestionan si las decisiones adoptadas por los mandos estaban enmarcadas en el ¨¢mbito de sus competencias. Sin embargo, aprecian un ¡°d¨¦ficit constatable¡± en las motivaciones que llevaron al Tribunal Militar Central a mantener el archivo, al no expresarse convenientemente las razones que llevaron ¡°a no dar por acreditado la existencia de este acoso moral y sexual denunciado necesarias para acordar el archivo de la causa¡±.
Tambi¨¦n echan en falta los magistrados la pr¨¢ctica de pruebas periciales para esclarecer la situaci¨®n psicol¨®gica de la soldado que trajeron como consecuencia su baja del servicio activo, as¨ª como otras diligencias de investigaci¨®n. De ah¨ª que lleguen a la conclusi¨®n de que la decisiones del juzgado militar central como por del Tribunal Central Militar ¡°no contienen una motivaci¨®n congruente con el contenido de la denuncia presentada¡±.
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