Condenan a diez a?os a un etarra por un atentado en San Sebasti¨¢n en 1995
La Audiencia Nacional ha condenado a diez a?os de prisi¨®n al etarra Juan Ram¨®n Carasatorre Aldaz por un delito de estragos terroristas por su intervenci¨®n en un ataque con lanzagranadas contra la sede del Gobierno Civil de Guip¨²zcoa en San Sebasti¨¢n el 19 de julio de 1995.
La sentencia de la secci¨®n primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional declara probado que Carasatorre y el tambi¨¦n etarra Valent¨ªn Lasarte Oliden, ya condenado por estos hechos, se trasladaron a la capital donostiarra en un coche robado previamente en Renter¨ªa y, tras aparcar, se dirigieron a pie hasta el mirador del antiguo palacete de Puyo.
Una vez all¨ª, efectuaron dos disparos con un lanzagranadas Mekar de 83 mil¨ªmetros contra el edificio del Gobierno Civil, situado a unos 400 metros, "a pesar de ser conscientes de que pod¨ªan causar lesiones e incluso la muerte de las personas que estaban de servicio en el edificio o pasaran por el lugar", y causando da?os valorados en m¨¢s de 18.000 euros.
La sentencia recuerda que durante el juicio celebrado el pasado 24 mayo el etarra Lasarte, que compareci¨® en calidad de testigo, admiti¨® que en esas fechas Carasatorre formaba parte del comando Donosti de ETA del que ¨¦l tambi¨¦n era integrante, aunque no precis¨® si intervino en el lanzamiento de las granadas contra el Gobierno Civil, como hab¨ªa admitido en la fase de instrucci¨®n.
El tribunal opta por dar veracidad a la primera declaraci¨®n que Lasarte realiz¨® ante el juez de instrucci¨®n en marzo de 1996, cuando reconoci¨® su intervenci¨®n en los hechos y la de Carasatorre Aldaz, al que identific¨® como "Zapata", coincidiendo esos datos con el relato de los testigos policiales y las pruebas aportadas al juicio.
La sentencia destaca que la falta de recuerdo claro del testigo durante la vista oral "no es nada inusual", dada la cantidad de delitos similares en los que intervino y el tiempo transcurrido, "sin que sea descartable cierta reticencia a acusar directamente a quien fue su compa?ero de fechor¨ªas".
Adem¨¢s de la pena de c¨¢rcel, Carasatorre deber¨¢ indemnizar, solidariamente con el resto de condenados por estos hechos, con casi 18.000 euros al Estado y con 360 euros al propietario de una tienda afectada por los disparos y otros 340 al propietario del coche sustra¨ªdo.
Sin embargo, la sentencia le absuelve de los delitos de utilizaci¨®n ileg¨ªtima de veh¨ªculo de motor ajeno y falsificaci¨®n de placas de matr¨ªcula, despu¨¦s de que la Fiscal¨ªa retirara esa acusaci¨®n durante el juicio.
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