Confirmada la absoluci¨®n de cuatro guardias civiles por torturas a dos etarras
El Supremo confirma la anulaci¨®n de la condena de los agentes que detuvieron a Portu y Sarasola
El Tribunal Supremo ha rechazado el incidente de nulidad planteado por los abogados de los etarras Igor Portu y Mattin Sarasola contra la sentencia que anul¨® la condena por torturas a cuatro de los guardias civiles que el 6 de enero de 2008 participaron en su detenci¨®n en Mondrag¨®n (Guip¨²zcoa).
En un auto fechado el pasado 19 de enero, y del que ha sido ponente el magistrado Jos¨¦ Ram¨®n Soriano, la Sala de lo Penal del Supremo dictamina que no procede la nulidad solicitada, ya que no se han vulnerado los derechos a un proceso con todas las garant¨ªas y a la tutela judicial efectiva, como argumentaban los demandantes.
El Tribunal Supremo anul¨® el pasado 15 de noviembre la sentencia de la Audiencia de Guip¨²zcoa que conden¨® por torturas a cuatro de los guardias civiles que el 6 de enero de 2008 detuvieron en la localidad de Mondrag¨®n a Portu y Sarasola y decret¨® su absoluci¨®n.
Los etarras recurrieron la anulaci¨®n de la sentencia, al considerar que el Supremo hab¨ªa entrado de lleno "en un campo que le est¨¢ totalmente vedado que es el de la valoraci¨®n de la prueba" y que la sentencia part¨ªa de la predeterminaci¨®n de que los denunciantes son "dos personas con condenas firmes, que forman parte de ETA", con lo que, a su juicio, abr¨ªa la puerta a la impunidad en casos de tortura.
En cambio, el Supremo rechaza estos argumentos al recordar a los demandantes que el control casacional en la valoraci¨®n de las pruebas no constituye en ning¨²n caso sustituci¨®n de la valoraci¨®n del tribunal inferior y que la Audiencia de Guip¨²zcoa concluy¨® que la culpabilidad de los acusados se apoyaba en unas presuntas pruebas insuficientes y carentes de la m¨¢s m¨ªnima garant¨ªa.
Igualmente, Portu y Sarasola denunciaban en su recurso el "error" cometido por el alto tribunal al partir de un documento incautado a otro miembro del mismo comando, en el que ETA daba instrucciones a sus integrantes sobre c¨®mo actuar tras una detenci¨®n con falsas denuncias, en el que los entrecomillados no se corresponden de forma exacta con lo escrito en dicho texto.
Sobre este extremo, el Supremo afirma que "una incompleta o err¨®nea cita no deval¨²a unas afirmaciones que tienen pleno sustento en documentos existentes en el proceso", que fueron aportados por la defensa, y que se corresponden con las instrucciones impartidas por ETA a sus comandos.
Del mismo modo, resalta que en el incidente de nulidad, los propios demandantes reconocen que la raz¨®n fundamental del mismo era agotar todos los posibles recursos previos antes de presentar una demanda de amparo ante el Tribunal Constitucional.
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