El Constitucional se hace trampas al solitario
El alto tribunal no ha querido entrar en el fondo de la ¡®doctrina Parot¡¯
?Hay algo m¨¢s tonto que hacerse trampas al solitario? S¨ª, ese juego de naipes en el que solo juegas t¨² y en el que, a pesar de tu innata competitividad, no puedes ganar a nadie, salvo a las propias cartas que no pueden protestar. Pues bien, ¡°la doctrina Parot es el denodado intento de los custodios de la legalidad de hacerse trampas al solitario¡±. Lo afirma un magistrado que prefiere mantener el anonimato para ahorrarse problemas. Aunque en la aplicaci¨®n de la citada interpretaci¨®n legal las trampas no son inocuas, porque afectan a derechos que las leyes otorgan a presos que han sido condenados por terrorismo, tr¨¢fico de drogas o violaci¨®n.
Y nada repudia m¨¢s que conceder beneficios a terroristas que han puesto coches bomba, que han asesinado a ni?os o han hecho del tiro en la nuca a sangre fr¨ªa su modo de vida, pero lo que nos diferencia de ellos es el Estado de derecho, es decir, el cumplimiento de las leyes que nos hemos dado aunque les beneficien, y no el retorcerlas en una interpretaci¨®n retroactiva contra reo que vulnera varios art¨ªculos de la Constituci¨®n.
El revuelo se inici¨® en 2005, cuando algunos de los etarras m¨¢s sanguinarios estaban a punto de ser excarcelados. As¨ª ocurri¨® con la jefa del comando Nafarroa, Mercedes Gald¨®s, autora de 17 asesinatos, quien con una condena de 829 a?os de prisi¨®n qued¨® en libertad el 29 de septiembre de 2005 tras cumplir solo 19 a?os, gracias a una reducci¨®n por estudios de pedagog¨ªa, actividades de limpieza, aer¨®bic, mecanograf¨ªa o f¨²tbol sala. I?aki de Juana Chaos, con 25 asesinatos y m¨¢s de 3.000 a?os de condena, tambi¨¦n estaba a punto de salir tras 18 a?os en prisi¨®n, por aplicaci¨®n de delirantes redenciones de pena previstas en el C¨®digo Penal de 1973. El asunto afectaba a etarras hist¨®ricos y con condenas que exced¨ªan en mucho los 30 a?os, el m¨¢ximo de cumplimiento previsto en la ley en aquel momento y que pod¨ªan quedar libres tras pasar solo 18 en prisi¨®n. As¨ª ocurr¨ªa con Isidro Garalde, Mamarru; Jos¨¦ Javier Zabaleta, Baldo; Juan Carlos Arruti, Paterra; Santiago Arrozpide, Santi Potros; Domingo Troiti?o, Inmaculada Noble, In¨¦s del R¨ªo o Henri Parot.
La Audiencia Nacional y el Supremo se encontraron con un problema ¡ªque alguien reduzca su condena por hacer aer¨®bic o f¨²tbol sala parece un chiste¡ª y decidieron solucionarlo. Y el remedio fue la doctrina Parot, ya que fue el jefe del comando itinerante, Henri Parot, Unai, condenado a 4.799 a?os, quien plante¨® el recurso. En esencia, el Supremo, en contra de la interpretaci¨®n que llevaba vigente desde 1973, estableci¨® que los beneficios penitenciarios hab¨ªa que descontarlos de la totalidad de la condena impuesta y no de los 30 a?os, m¨¢ximo de cumplimiento en los que se refund¨ªa la condena. De facto, la sentencia imped¨ªa excarcelaciones y prorrogaba la condena hasta 12 a?os m¨¢s en algunos casos.
Varios catedr¨¢ticos, como Enrique Orts, Jos¨¦ Cerezo Mir o Joan Queralt han tachado la doctrina Parot de inconstitucional. Para la mayor¨ªa, vulnera los principios de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, de seguridad jur¨ªdica y de igualdad, as¨ª como los derechos a la tutela judicial efectiva y a la reinserci¨®n social.
Ahora, el Constitucional no ha querido entrar en el fondo de la doctrina Parot y simplemente ha declarado que su aplicaci¨®n no era procedente en tres de los 31 recursos que ten¨ªa planteados porque solo esos tres presos ten¨ªan liquidaciones de condena firmes. Todo parece indicar que el alto tribunal, como antes el Supremo, ha resuelto su problema con un ojo puesto en el principio de oportunidad pol¨ªtica.
No deja de ser vergonzoso que el Constitucional, que ya estudi¨® estos casos en mayo de 2011, haya tardado nada menos que seis a?os en pronunciarse sobre una doctrina que se aplic¨® para prolongar la condena a 77 presos, algunos de los cuales ya han quedado en libertad tras cumplir la pr¨®rroga, como Jon Agirre Agiriano o Jos¨¦ Mar¨ªa Sagarduy. Seguro que hay malpensados que creen que no es casualidad que la decisi¨®n del Constitucional se haya producido cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tiene previsto fallar antes del verano sobre si la citada doctrina vulner¨® derechos fundamentales de la etarra In¨¦s del R¨ªo. ?Se imaginan que el Tribunal de Estrasburgo condene a Espa?a por vulnerar los derechos que contienen sus propias normas, o sea, por hacerse trampas al solitario? Inenarrable.
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