El Supremo mantiene a Otegi en prisi¨®n por un voto de diferencia
Aunque le reduce la condena de 10 a 6 a?os y medio, tiene penas hasta 2016 El Tribunal confirma la condena por pertenencia a banda armada al exl¨ªder de Batasuna y a D¨ªez Usabiaga en el 'caso Bateragune' pero a ambos les excluye del grado de dirigentes
El Tribunal Supremo mantendr¨¢ en prisi¨®n a Arnaldo Otegi hasta abril de 2016, por su intento de reconstruir la ilegalizada Batasuna a trav¨¦s de Bateragune, seg¨²n la sentencia dictada este mi¨¦rcoles, que le reduce de 10 a 6 a?os y medio la pena impuesta por la Audiencia Nacional, al considerarle mero ¡°integrante¡± en vez de ¡°dirigente¡± de la organizaci¨®n terrorista ETA. Este mismo criterio ha sido el utilizado para reducir la condena en la misma proporci¨®n al dirigente de LAB, Rafael D¨ªaz Usabiaga. El fallo tambi¨¦n reduce de 8 a 6 a?os las penas de Arkaitz Rodr¨ªguez, Sonia Jacinto, extesorera de ANV, y Miren Zabaleta, hija del dirigente de Aralar Patxi Zabaleta.
La sentencia del Supremo refleja la fuerte divisi¨®n del tribunal sentenciador, que ha tardado m¨¢s de mes y medio en alcanzar un pronunciamiento. Finalmente, han prosperado las tesis m¨¢s conservadoras del presidente de la Sala, Juan Saavedra, y los magistrados Jos¨¦ Manuel Maza y Juan Ram¨®n Berdugo, frente a los criterios m¨¢s moderados del ponente inicial, Miguel Colmenero, partidario de anular la sentencia y celebrar nuevo juicio, y del magistrado Alberto Jorge Barreiro, directamente partidario de la absoluci¨®n por considerar que los acusados ni actuaron a las ¨®rdenes ni tampoco pertenec¨ªan a ETA.
Son precisamente estos dos votos particulares, y especialmente el de Jorge Barreiro ¡ªque considera que los acusados actuaron en la l¨ªnea pol¨ªtica de Bildu¡ª, los que permiten alentar alguna esperanza de que el Constitucional contradiga una vez m¨¢s al Supremo y ampare a los condenados, seg¨²n dijo este mi¨¦rcoles a este peri¨®dico el abogado I?igo Iruin. En las pr¨®ximas semanas, posiblemente en junio, se espera el pronunciamiento del Constitucional sobre Sortu, que podr¨ªa clarificar en gran medida el panorama sobre estas condenas. En cualquier caso, sobre Otegi pesa una condena anterior y firme de inhabilitaci¨®n por enaltecimiento del terrorismo hasta el 22 de septiembre de 2014, a la que se a?ade otra pena de inhabilitaci¨®n de 10 a?os en la sentencia de ayer, por lo que en principio no podr¨¢ acceder a un cargo p¨²blico hasta el a?o 2022. Las elecciones auton¨®micas en Euskadi deber¨ªan ser en marzo del a?o que viene, aunque se especula con su adelanto para este oto?o.
El Supremo considera a Otegi y Usabiaga autores de un delito de integraci¨®n en organizaci¨®n terrorista del art¨ªculo 517.2 del C¨®digo Penal, excluyendo en el fallo la calidad de ¡°dirigentes¡± de la organizaci¨®n que hab¨ªa sido apreciada por la Audiencia Nacional. La sentencia de la Audiencia les consider¨® ¡°dirigentes¡± en tanto ¡°portavoces autorizados¡± de la izquierda abertzale designados por ETA en una comisi¨®n de coordinaci¨®n o direcci¨®n de Bateragune. Seg¨²n la Audiencia, Otegi y Usabiaga eran los ¡°responsables y promotores de la nueva estrategia de la banda, en la que primaba lo pol¨ªtico sobre lo militar, pero sin el abandono de las armas¡±.
Por el contrario, el Supremo distingue entre los ¡°integrantes¡± de una organizaci¨®n terrorista, que son autom¨¢ticamente todos sus miembros, y los elementos de la ¡°direcci¨®n¡±, que son aquellos terroristas que tienen ¡°la responsabilidad efectiva y aut¨®noma¡± de adoptar decisiones que orienten a la organizaci¨®n.
Respecto de Otegi y Arkaitz Rodr¨ªguez, ¡°ninguna dificultad ofrece la consideraci¨®n de su integraci¨®n y pertenencia¡± en ETA pues, seg¨²n el Supremo, la organizaci¨®n criminal deleg¨® en ambos ¡°la labor negociadora y de aglutinaci¨®n del sector soberanista del Pa¨ªs Vasco¡± dentro de la izquierda abertzale. Es decir, ambos siguieron las pautas de ETA de forma activa y consciente, actuando bajo su tutela y direcci¨®n y a su directo servicio.
Otegi no puede presentarse como candidato a 'lehendakari'
Algunas voces han anunciado la posibilidad de que el exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi se presente como candidato a lehendakari en las pr¨®ximas elecciones auton¨®micas. Esto sin embargo no ser¨¢ posible. Otegi est¨¢ inhabilitado, no solo por el caso Bateragune, sino tambi¨¦n por su participaci¨®n el 9 de julio de 2005 en el homenaje al etarra Jos¨¦ Mar¨ªa Sagarduy, Gatza. Por ello, la Audiencia Nacional le conden¨® en 2010 a dos a?os de prisi¨®n y 16 de inhabilitaci¨®n, lo que significa que durante ese periodo no podr¨ªa formar parte de ninguna organizaci¨®n pol¨ªtica o concurrir como candidato a las elecciones.
A esto se a?ade que, dadas las circunstancias actuales, Otegi a¨²n estar¨ªa en la c¨¢rcel cuando se celebren los pr¨®ximos comicios vascos. De completarse la legislatura, como muy tarde se convocar¨ªan para marzo de 2013 y, pese a que la sentencia del Tribunal Supremo reduce su condena de diez a seis a?os y medio por el caso Bateragune, Otegi solo ha cumplido dos a?os y medio de esa pena. Por tanto, a¨²n estar¨ªa lejos de salir de prisi¨®n.
Pero en el caso de Otegi y Usabiaga, la Audiencia les atribuy¨® adem¨¢s la condici¨®n de ¡°dirigentes¡±, mediante una ¡°escueta referencia¡± a que ambos ostentaban la categor¨ªa de responsables y promotores de Bateragune trazando las l¨ªneas de actuaci¨®n que segu¨ªan luego los otros acusados.
Para el Supremo, esta labor de coordinaci¨®n no justifica su catalogaci¨®n como ¡°dirigentes¡±, ya que el ¨²nico protagonismo que asumieron fue con los medios de comunicaci¨®n. ¡°Dicho en palabras coloquiales, ser la cara visible ante los medios de la nueva estrategia concebida por ETA¡±.
Al quedar excluida la posici¨®n directiva que la sentencia de la Audiencia Nacional les atribuy¨® injustificadamente, su participaci¨®n debe reconducirse a la de ¡°pertenencia o integraci¨®n¡± en organizaci¨®n terrorista.
En su voto particular discrepante, el magistrado Miguel Colmenero opina que el recurso de Otegi debi¨® ser estimado en cuanto la sentencia de la Audiencia Nacional fue dictada por la magistrada ?ngela Murillo, a la que el Supremo anul¨® una sentencia anterior por falta de imparcialidad hacia Otegi. Para Colmenero, deb¨ªa haberse anulado la sentencia y celebrarse otro juicio.
El magistrado Alberto Jorge Barreiro comparte los argumentos de Colmenero pero adem¨¢s entiende que si la documentaci¨®n sobre una l¨ªnea pol¨ªtica aut¨®noma de ETA no se consider¨® suficiente para ilegalizar a Bildu, mucho menos deber¨ªa serlo para condenar penalmente a sus valedores, aunque procedan del mundo de Batasuna, por lo que debieron ser absueltos.
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