Las 12 claves del rescate a las autonom¨ªas
Qu¨¦ es y c¨®mo funciona el fondo de liquidez auton¨®mica puesto en marcha por el Gobierno
1. ?Qu¨¦ es el Fondo de Liquidez Auton¨®mica?
Es el mecanismo de liquidez que el Gobierno ha puesto a disposici¨®n de las comunidades aut¨®nomas para que puedan pagar las deudas financieras pendientes. Las comunidades est¨¢n ahogadas por el volumen de su deuda y por la gran desconfianza de los mercados que han limitado sus recursos o exigen unas condiciones demasiado exigentes.
2. ?De qu¨¦ recursos est¨¢ dotado el fondo estatal?
El Gobierno pretende inyectar hasta 18.000 millones de euros al mecanismo financiero estatal, 6.000 millones de los cuales los aportar¨¢ la entidad p¨²blica Loter¨ªas y Apuestas del Estado, ya que es una de las instituciones p¨²blicas espa?olas con mejor calificaci¨®n crediticia.
3. ?Es igual que los hispanobonos?
El Fondo de Liquidez Auton¨®mica (FLA) no es igual que los hispanobonos. Son dos soluciones financieras diferentes para ayudar a las comunidades a financiarse. Los hispanobonos fueron planteados por el Ministerio de Econom¨ªa y consist¨ªa en una emisi¨®n conjunta de t¨ªtulos de deuda de todas las comunidades y avalada por el Tesoro. El Gobierno finalmente se decidi¨® por las tesis del Ministerio de Hacienda que defend¨ªa que no se deb¨ªa compartir el riesgo entre todas las comunidades.
4. ?Supone un rescate del Estado a las autonom¨ªas?
El mecanismo estatal para las comunidades sirve para que las comunidades que no puedan hacer frente a los vencimientos de su deuda, porque los mercados est¨¢n cerrados, puedan obtener recursos para pagar sus deudas. Por eso piden ayuda al Estado ante una situaci¨®n que no pueden resolver f¨¢cilmente, lo que supone, de hecho, un rescate. Adem¨¢s, la configuraci¨®n del fondo de liquidez estatal (FLA) es parecida a la del Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (FEEF), el mecanismo utilizado por Bruselas para rescatar pa¨ªses. Precisamente este instrumento es el utilizado por el Ejecutivo centro para sanear su sistema financiero en lo que ha supuesto un rescate financiero a Espa?a.
No obstante, fuentes del Gobierno descartan que este mecanismo sea un rescate. Aducen que no supone ajustes presupuestarios adicionales y lo asimilan al plan de pago a proveedores. Remarcan que se trata ¨²nicamente de un mecanismo de asistencia financiera para las comunidades.
5. ?Qu¨¦ condiciones exige el Fondo estatal?
El Real Decreto 21/2012 de medidas de liquidez de las administraciones p¨²blicas regula el funcionamiento del Fondo de Liquidez Auton¨®mico (FLA) y las condiciones para acogerse al mismo. La norma establece en su cap¨ªtulo II condiciones financieras y fiscales para las autonom¨ªas que se sumen al mismo.
Entre las exigencias financieras figura el sometimiento ¡°a los principios de prudencia financiera¡±. Las comunidades deber¨¢n presentar un plan de ajuste antes de 15 d¨ªas desde que se adhieran al fondo estatal. Si ya lo tuvieran [como la mayor¨ªa de las comunidades] deber¨¢n incluir las modificaciones ¡ªnuevos recortes o subidas de impuestos¡ª en el plan para cumplir los nuevos compromisos. Adem¨¢s, deber¨¢n remitir al Ministerio de Hacienda un detallado plan de tesorer¨ªa, con vencimientos, calendario mensual de saldos...
Adem¨¢s, en los cinco primeros d¨ªas de cada mes, las comunidades deber¨¢n remitir a Hacienda las actualizaciones de los planes para garantizar su cumplimiento.
Junto a todo esto, las comunidades deber¨¢n someterse a la supervisi¨®n de Hacienda.
La Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, aprobada hace unos meses por el Gobierno, establece en la disposici¨®n adicional primera, que ante ¡°medidas extraordinarias de apoyo a la liquidez¡± las administraciones ¡°estar¨¢n obligadas a acordar con Hacienda un plan de ajuste que garantice el cumplimiento de los objetivos de d¨¦ficit y deuda¡±. Y a?ade: ¡°El acceso a estos mecanismos vendr¨¢ precedido por¡ la adopci¨®n de medidas de ajuste extraordinarias¡±.
6. ?Cu¨¢les ser¨¢n las condiciones financieras (tipo de inter¨¦s y plazo) del FLA?
Las condiciones financieras de los cr¨¦ditos se determinar¨¢n por la Comisi¨®n Delegada de Asuntos Econ¨®micos en los pr¨®ximos d¨ªas y en funci¨®n de las condiciones que obtenga el Tesoro en los mercados.
7. ?Cu¨¢l es el plazo del que disponen las comunidades para adherirse al FLA?
Las comunidades deber¨¢n presentar la adhesi¨®n al Fondo de Liquidez Auton¨®mica (FLA) antes del 31 de diciembre de 2012. El mecanismo estatal es de car¨¢cter temporal y voluntario. ¡°Atender¨¢ las necesidades financieras, (de las autonom¨ªas), mientras que persistan las dificultades de acceso de las comunidades a los mercados financieros¡±
8. ?Qu¨¦ deuda deben afrontar las comunidades?
Las comunidades deben afrontar vencimientos de deuda por importe de 35.782 millones de euros durante 2012, seg¨²n los planes de equilibrio financiero presentados por las comunidades aut¨®nomas en el Consejo de Pol¨ªtica Fiscal. No obstante, las comunidades ya han pagado buena parte de esa deuda. Los vencimientos pendientes en los dos pr¨®ximos trimestres ascienden a 15.838 millones de euros (3.474 entre julio y septiembre; y otros 12.364 millones entre octubre y diciembre).
No obstante, la memoria econ¨®mica del decreto ley que regula el Fondo estatal eleva hasta los 26.826 millones las necesidades de financiaci¨®n de las comunidades para el pr¨®ximo semestre. Dicha memoria incluye a la deuda financiera, las necesidades derivadas del d¨¦ficit permitido en 2012 (el 1,5% del PIB), lo que supone otros 15.854 millones de euros adicionales y las liquidaciones negativas del sistema de financiaci¨®n de los ejercicios 2008 y 2009.
9. La adhesi¨®n al fondo, ?implica la intervenci¨®n del Estado?
No. Las comunidades que se acojan al Fondo de Liquidez Auton¨®mico (FLA) no estar¨¢n intervenidas por el Estado. No obstante, el ministerio de Hacienda se reserva el control del cumplimiento de los planes de ajuste que conlleva. As¨ª podr¨¢ enviar a ¡°los hombres de negro¡± del ministerio para vigilar su correcta aplicaci¨®n. As¨ª, el art¨ªculo 8 del decreto se?ala que la Intervenci¨®n General del Estado (IGE) podr¨¢ enviar una misi¨®n de control para concretar el diagn¨®stico de la situaci¨®n financiera, aplicando las t¨¦cnicas y m¨¦todos de control que estimen. Los t¨¦cnicos de Hacienda cumplir¨¢n el papel que la troika comunitaria desarrolla en los estados rescatados.
¡°En el plazo de un mes desde que se inicie la misi¨®n, la IGE emitir¨¢ un informe sobre la adecuaci¨®n financiera de la comunidad al plan de ajuste¡±, se?ala el decreto.
10. ?Aumenta el fondo la deuda p¨²blica del Estado?
El ministro de Econom¨ªa, Luis de Guindos, asegur¨® hace un par de semanas cuando present¨® el mecanismo que el fondo no aumentar¨¢ la deuda p¨²blica y no supondr¨¢, por tanto, un mayor riesgo del Estado. Explic¨® que se inyectar¨¢ los recursos al fondo mediante las emisiones de deuda prevista en el calendario del Tesoros y junto a la aportaci¨®n de 6.000 millones de Loter¨ªas y Apuestas del Estado.
11. ?Qui¨¦n gestiona el fondo?
El Instituto de Cr¨¦dito Oficial (ICO) se encargar¨¢ de gestionarlo. El ICO formalizar¨¢, en nombre y representaci¨®n del Gobierno, las correspondientes p¨®lizas de pr¨¦stamo a suscribir con las comunidades, en virtud de la preceptiva instrucci¨®n de la Comisi¨®n Delegada del Gobierno para Asuntos Econ¨®micos. Igualmente, prestar¨¢ los servicios de instrumentaci¨®n t¨¦cnica, contabilidad, caja, agente pagador, seguimiento y, en general, todos aquellos servicios de car¨¢cter financiero relativos a las operaciones autorizadas con cargo al FLA. El Fondo estar¨¢ adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones P¨²blicas a trav¨¦s de la Secretar¨ªa de Estado de Administraciones P¨²blicas, y su gesti¨®n financiera se efectuar¨¢ por el Instituto de Cr¨¦dito Oficial.
12. ?Qu¨¦ garant¨ªa tiene el fondo?
El fondo estatal cuenta con la garant¨ªa del Estado que es quien aporta los recursos. No obstante, las comunidades aut¨®nomas que se acojan al mismo responder¨¢n por la cuant¨ªa que requieran. ¡°La devoluci¨®n de los cr¨¦ditos quedar¨¢ garantizada por la retenci¨®n de los recursos del sistema de financiaci¨®n de cada comunidad¡±, se?ala el decreto.
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