Un respeto decente
No hay que subestimar la potencialidad conflictiva de un proceso de secesi¨®n en Catalu?a
¡°Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo disolver los v¨ªnculos pol¨ªticos que lo han ligado a otro y tomar entre las naciones de la tierra el puesto separado e igual a que las leyes de la naturaleza y el Dios de esa naturaleza le dan derecho, un respeto decente al juicio de la humanidad exige que declare las causas que lo impulsan a la separaci¨®n¡±.
Son las palabras con las que empieza la Declaraci¨®n de Independencia de los Estados Unidos de Am¨¦rica de 1776. La causa de la independencia, de la ruptura del v¨ªnculo entre dos pueblos, debe poder ser argumentada de manera susceptible de ser, si no compartida, s¨ª al menos entendida por una opini¨®n p¨²blica ajena al conflicto que est¨¢ en el origen de la separaci¨®n. La separaci¨®n no debe ser resultado de una decisi¨®n caprichosa y arbitraria, sino de una decisi¨®n susceptible de ser argumentada en t¨¦rminos objetivos y razonables.
Sobre esta exigencia que las 13 colonias que se constituir¨ªan en los Estados Unidos de Am¨¦rica se autoimpusieron, a fin de objetivar las razones morales que justificaban su divorcio pol¨ªtico de Inglaterra, deber¨ªan reflexionar las autoridades de Catalu?a antes de empezar a recorrer el itinerario que puede conducir a su independencia de Espa?a. Las autoridades catalanas, igual que los fundadores de los Estados Unidos, deber¨ªan tener un respeto decente al juicio de la humanidad, que en este comienzo del siglo XXI ser¨ªa el juicio de los ciudadanos de Catalu?a, el de los ciudadanos de Espa?a y el de los ciudadanos de la Uni¨®n Europea.
Respeto decente al juicio de los ciudadanos de Catalu?a, ante todo, ya que van a ser ellos los que van a tener que tomar la decisi¨®n y los que se van a ver m¨¢s directamente afectados por la misma. La informaci¨®n de lo que significa la independencia tendr¨ªa que ser presentada a los ciudadanos de una manera plural y tan exhaustiva como fuera posible, a fin de que pudieran tomar una decisi¨®n genuinamente democr¨¢tica. Cualquier vicio en el proceso de formaci¨®n de la voluntad en este terreno tendr¨ªa consecuencias irreparables, que, por ello mismo, podr¨ªan ser espantosas.
Respeto decente al juicio de los ciudadanos de Espa?a, que se ver¨ªan afectados no en los mismos t¨¦rminos que los ciudadanos de Catalu?a, pero s¨ª con una intensidad extraordinaria. El v¨ªnculo entre Catalu?a y Espa?a no es exclusivamente pol¨ªtico y, en consecuencia, el divorcio no tendr¨ªa exclusivamente esta naturaleza. La separaci¨®n de Catalu?a de Espa?a afectar¨ªa a ambas de todas las maneras pr¨¢cticamente imaginables.
Justamente por eso, no es f¨¢cil que, en el caso de que los ciudadanos de Catalu?a se pronunciaran por la independencia, pudiera alcanzarse un acuerdo entre las partes. Pero no podr¨ªa ser de otra manera. La independencia de Catalu?a exige una negociaci¨®n de buena fe entre las partes, es decir, entre el Parlamento de Catalu?a y el Parlamento espa?ol, a fin de establecer los t¨¦rminos en que se materializar¨ªa la separaci¨®n.
Respeto decente, por ¨²ltimo, al juicio de los ciudadanos de la Uni¨®n Europea, que no ser¨ªan parte del proceso, pero que tambi¨¦n se ver¨ªan afectados por el mismo. Y que no tendr¨ªan la condici¨®n de ¨¢rbitros y ni siquiera la de mediadores entre las partes, pero cuyo juicio s¨ª constituir¨ªa un punto de referencia de un valor indiscutible respecto de la racionalidad de los argumentos de las partes.
Los procesos de secesi¨®n no han sido f¨¢ciles de gestionar de manera pac¨ªfica. El caso de Estados Unidos es expresivo. La guerra civil ha sido con mucha diferencia el conflicto armado en el que m¨¢s ciudadanos americanos han muerto. No es veros¨ªmil que entre Espa?a y Catalu?a pudiera producirse un enfrentamiento armado, pero lo mejor es no subestimar la potencialidad conflictiva de un proceso de secesi¨®n.
El respeto decente exigible a las autoridades de Catalu?a tambi¨¦n es exigible a las autoridades de Espa?a. La exigencia de argumentar de manera razonable la propia posici¨®n vale tambi¨¦n para Espa?a. Tengo la impresi¨®n de que en Espa?a se tiende a considerar que la posibilidad de la independencia de Catalu?a no es susceptible siquiera de ser tomada en consideraci¨®n. Esta es la posici¨®n que qued¨® fijada en el art¨ªculo 2 de la Constituci¨®n casi como una cl¨¢usula de intangibilidad. Pero en el supuesto de que hubiera una manifestaci¨®n de voluntad inequ¨ªvocamente independentista e inequ¨ªvocamente mayoritaria de los ciudadanos de Catalu?a, tendr¨ªa que abrirse un proceso de negociaci¨®n.
La independencia es anticonstitucional. Pero dicho argumento jur¨ªdico no puede detener una voluntad pol¨ªtica inequ¨ªvocamente independentista e inequ¨ªvocamente constituida en t¨¦rminos democr¨¢ticos.
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