Vulnerables y vulnerados
La nueva ley da la espalda al debate social Llega a la tramitaci¨®n sin haber medido antes el impacto del decreto al que va a dar continuidad
La proposici¨®n de ley que el Senado tiene pendiente de aprobar ¡ªy con cuyas medidas se quiere reforzar la protecci¨®n del deudor hipotecario¡ª es insuficiente e ineficiente. Esta es la principal conclusi¨®n que se puede extraer de esta investigaci¨®n.
El cap¨ªtulo primero de la futura ley calca el contenido, y el esp¨ªritu, del Real Decreto ley 27/2012, cuando ¡ªa la luz del estudio realizado¡ª todo parece indicar que no m¨¢s de un 2% de los procedimientos hipotecarios iniciados en los a?os 2010 y 2011 se han podido beneficiar de la medida contenida en esta norma. Este ¡ªy otros datos recogidos en la investigaci¨®n¡ª vienen a corroborar que la nueva ley da la espalda al debate social y ha llegado a su tramitaci¨®n parlamentaria sin haber medido previamente el verdadero impacto del Real Decreto al que se va a dar continuidad.
La medida de suspender los desahucios durante dos a?os buscaba garantizar ¡ªas¨ª se afirmaba en la exposici¨®n de motivos del Real Decreto¡ª que ning¨²n ciudadano fuese conducido a una situaci¨®n de exclusi¨®n social. Sin embargo, el an¨¢lisis de los expedientes judiciales revela la existencia de deudores cuya situaci¨®n personal y econ¨®mica es de suma fragilidad y que, sin embargo, quedan fuera del ¨¢mbito de aplicaci¨®n del Real Decreto al no cumplir los cuatro requisitos econ¨®micos exigidos, o por vivir solos, o por no tener un modelo de familia que cumpla la literalidad de la norma, o que, teniendo ese tipo de unidad familiar, su situaci¨®n de vulnerabilidad no se corresponda con ninguna de las contempladas en el texto legal.
Estos deudores sobreendeudados a consecuencia del paro y de la crisis no son vulnerables en los t¨¦rminos que establece el Real Decreto, pese a que su capacidad patrimonial actual sea claramente insuficiente para hacer frente a sus gastos m¨¢s cotidianos y b¨¢sicos.
Tras conocerse los ¨²ltimos datos de la EPA cabe m¨¢s bien concluir que el solo hecho de encontrarse en situaci¨®n de desempleo y tener firmado un contrato de pr¨¦stamo hipotecario de vivienda habitual deber¨ªa ser causa suficiente para recibir un tratamiento especial previo a iniciarse un proceso de desahucio. En el actual contexto, esta parece ser la mayor situaci¨®n de vulnerabilidad que podr¨ªa llevar a agravar y empeorar el riesgo de exclusi¨®n social de un ciudadano.
Violeta Assiego es abogada y coordina los estudios de Discriminaci¨®n, Pobreza y Exclusi¨®n Social en Metroscopia. En twitter @Vissibles
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