El juez decreta prisi¨®n para el pederasta desindultado como hab¨ªa pedido el fiscal
El pederasta ha pedido no ser extraditado a Marruecos El pa¨ªs vecino tiene ahora 40 d¨ªas para presentar la documentaci¨®n pertinente Podr¨ªa pedir la extradici¨®n y alternativamente que cumpla lo que queda de pena
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha decretado esta ma?ana prisi¨®n provisional comunicada e incondicional por riesgo de fuga y por la gravedad de la pena impuesta en Marruecos a Daniel Galv¨¢n, el preso espa?ol condenado en Marruecos por pederastia que fue indultado por el rey Mohamed VI y cuyo pol¨¦mico indulto fue despu¨¦s revocado por el monarca. El magistrado ha argumentado que Galv¨¢n ¡°carece de un m¨ªnimo de arraigo familiar, econ¨®mico, laboral, social o de otro tipo que neutralice la tentaci¨®n de ponerse fuera del alcance del aparato judicial penal¡±. La fiscal¨ªa hab¨ªa pedido tambi¨¦n c¨¢rcel para el detenido.
Andreu no elude la compleja cuesti¨®n jur¨ªdica de fondo: la revocaci¨®n de un indulto por parte de Marruecos, algo que no permite la ley espa?ola y que en el pa¨ªs vecino tampoco se ha producido con anterioridad. Pero deja su estudio para un momento procesal posterior. ¡°Las circunstancias en que se produjo ese indulto y su posterior anulaci¨®n deber¨¢n ser analizadas una vez tenga entrada toda la documentaci¨®n extradicional¡±, se?ala el auto.
Galv¨¢n, condenado hace menos de dos a?os por el tribunal de Kenitra (Marruecos) a 30 a?os de c¨¢rcel por abusar de 11 ni?os, hab¨ªa declarado durante una media hora ante el juez Andreu y pedido no ser extraditado a Marruecos alegando que tiene arraigo en Espa?a y un domicilio. El magistrado, sin embargo, ha se?alado que ¡°a pesar de tener la nacionalidad espa?ola, el reclamado naci¨® en Irak, pa¨ªs del que es natural, habiendo adquirido la nacionalidad espa?ola al casarse con una mujer espa?ola de la que se encuentra divorciado¡±.
¡°Seg¨²n ha declarado¡±, prosigue la resoluci¨®n, ¡°su vida ha transcurrido mayoritariamente en Irak y en Espa?a, si bien ha estado residiendo en distintos pa¨ªses como Egipto, Siria, Jordania, Reino Unido o Marruecos, en donde fue condenado¡±. El juez argumenta adem¨¢s que, aunque Galv¨¢n facilit¨® una direcci¨®n como ¡°paradero¡±, esta corresponde a un amigo de nombre Ulpiano.
Galv¨¢n hab¨ªa pedido el traslado a un penal espa?ol para seguir cumpliendo el resto de su condena en virtud del convenio bilateral de colaboraci¨®n y traslado de presos firmado por ambos pa¨ªses en 1997. Pero una fusi¨®n entre dos listas presentadas por la Embajada de Espa?a -una con una lista de personas para las que se ped¨ªa el indulto y otra que inclu¨ªa al grupo de presos que hab¨ªan solicitado el traslado-, convirti¨® todos los casos en medidas de gracia concedidas por Mohamed VI con motivo de la Fiesta del Trono, la mayor festividad civil de Marruecos, que conmemora su entronizaci¨®n, en 1999.
Tras el esc¨¢ndalo que supuso la excarcelaci¨®n de Galv¨¢n, el monarca trat¨® de anularla alegando que desconoc¨ªa los ¡°cr¨ªmenes abyectos¡± del recluso y revoc¨® el indulto, una medida sin precedentes ni en Espa?a ni en Marruecos. Como el condenado estaba ya en Espa?a, Marruecos pidi¨® entonces su detenci¨®n a efectos de extradici¨®n, pero esta, dada la complejidad jur¨ªdica del caso, no ser¨¢ tan sencilla.
La situaci¨®n legal y penitenciaria de Galv¨¢n puede convertirse en un enredo jur¨ªdico. Es tan inusual lo que ha pasado, y que un indulto se revoque, que las normas aplicables y las posibilidades jur¨ªdicas distan de ser claras. Ahora que se ha decretado su ingreso en prisi¨®n provisional, tendr¨¢ que estudiarse el fondo del procedimiento de extradici¨®n: si se aprueba su traslado a Marruecos ¨Clo que no parece viable porque Espa?a no entrega a sus nacionales al pa¨ªs vecino-, si este debe seguir cumpliendo su pena en Espa?a o si, por el contrario, debe quedar en libertad.
Ninguna de estas cuestiones es sencilla. Marruecos debe ahora aportar la documentaci¨®n para la extradici¨®n en 40 d¨ªas. El pa¨ªs vecino tiene ese plazo para remitir a Espa?a la documentaci¨®n necesaria para la extradici¨®n. Tendr¨¢ que enviar la sentencia condenatoria y, en este caso tan complicado, tendr¨¢ que argumentar c¨®mo y por qu¨¦ se revoc¨® el indulto. Fuentes jur¨ªdicas se?alan que podr¨ªa argumentarse que el rey Mohamed VI carec¨ªa de la informaci¨®n imprescindible para tomar una decisi¨®n y que por tanto el expediente de indulto es nulo de pleno derecho.
Una vez que el pa¨ªs vecino remita los documentos que considere pertinentes, el Consejo de Ministros tiene a su vez un plazo m¨¢ximo de 40 d¨ªas para pronunciarse sobre la extradici¨®n. Despu¨¦s el asunto entra en la fase judicial. El juez de instrucci¨®n debe concluir la tramitaci¨®n y el caso se remite a la Sala. Esta dar¨¢ traslado a las partes de las actuaciones y fijar¨¢ una vista de extradici¨®n tras la cual dictar¨¢ una resoluci¨®n susceptible de ser recurrida ante el pleno de la Sala de lo Penal.
Galv¨¢n es nacional espa?ol, por lo que su extradici¨®n a Marruecos no se baraja por ahora como una opci¨®n viable. Una alternativa para evitar la impunidad es que cumpla su pena en Espa?a. Esta soluci¨®n ser¨ªa posible si se aceptara que el indulto fue nulo de pleno derecho o que, por la raz¨®n jur¨ªdica que sea, su revocaci¨®n por parte de Marruecos es asumible. En este caso podr¨ªa aplicarse el convenio de 1997 entre ambos pa¨ªses relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas. El propio Marruecos podr¨ªa pedir en el procedimiento de extradici¨®n que, subsidiariamente, se termine de cumplir la condena en Espa?a. En este caso la Audiencia Nacional tendr¨ªa que determinar c¨®mo se ajusta la pena marroqu¨ª a las leyes espa?olas.
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