El fiscal exculpa a la Infanta antes de que el juez decida si la imputa
Pedro Horrach sostiene que sigue sin haber indicios para encausar a la hija del Rey ¡°Las conjeturas o sospechas no constituyen t¨ªtulos v¨¢lidos de imputaci¨®n¡±, afirma
El fiscal Anticorrupci¨®n Pedro Horrach ha registrado este jueves un escrito en el juzgado de Palma que investiga el caso Urdangarin en el que sostiene, a lo largo de 30 p¨¢ginas, que no existen indicios de delito en la actuaci¨®n de la infanta Cristina en relaci¨®n a los negocios de su marido y que, por tanto, no procede su imputaci¨®n en la causa.
El fiscal anticorrupci¨®n ya recurri¨® ante la Audiencia de Palma la primera imputaci¨®n de la Infanta, que decidi¨® el juez Jos¨¦ Castro en la pasada primavera, y -con la Audiencia de Palma-, libr¨® de manera provisional a la hija del Rey de estar encausada y tener que declarar por las actividades millonarias bajo sospecha de su marido.
Ahora, antes de que el juez Castro pida en breve la opini¨®n a las partes personadas, antes de decidir otra vez ¨Cprevisiblemente- una nueva citaci¨®n de Cristina de Borb¨®n y de Grecia, el fiscal Anticorrupci¨®n se adelanta al instructor con un opini¨®n documentada, en la que defiende su actuaci¨®n indagatoria e impulsora, de manera activa, de la causa.
"La memoria es fr¨¢gil", observa el acusador p¨²blico. Y considero que es un momento propicio para hacer memoria", subraya Horrach. Recuerda en su informe que a lo largo de la instrucci¨®n del caso N¨®os o caso Urdangarin ha solicitado de oficio, v¨ªa judicial, "un n¨²mero ingente de informes a la Intervenci¨®n General del Estado, la Agencia Tributaria y el Grupo de Delincuencia Econ¨®mica" para investigar la posible implicaci¨®n de la infanta Cristina en los hechos supuestamente delictivos que se atribuyen a su marido.
Horrach ha dicho en p¨²blico que no act¨²a para tapar o defender a alguien, sino que obra seg¨²n la ley y su conciencia, ajeno a campa?as medi¨¢ticas. As¨ª, advierte que "si en el curso de las investigaciones, este fiscal, como integrante de la Fiscal¨ªa Especial Contra la Corrupci¨®n y la Criminalidad Organizada, hubiera detectado indicios criminales contra do?a Cristina de Borb¨®n, hubiese instado los mecanismos judiciales legalmente procedentes".
El representante de la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n en Baleares, para defenderse de las acusaciones que recibe desde hace meses y desde distintos ¨¢mbitos por no apoyar la imputaci¨®n de la infanta Cristina, resalta: "Conviene as¨ª mismo recordar que si cualquier ciudadano tuviera indicios o constancia de una actuaci¨®n il¨ªcita de encubrimiento por parte de este fiscal, debe acudir a las instancias correspondientes y denunciar dicho hecho. No hacerlo, y simult¨¢neamente especular o afirmar la existencia de confabulaciones delictivas dirigidas a la protecci¨®n de determinadas personas en funci¨®n de su posici¨®n, equivale al "humo" que vend¨ªan don I?aki Urdangar¨ªn y don Diego Torres a los organismos p¨²blicos, presuntamente". A trav¨¦s del instituto N¨®os, ambos exsocios, se embolsaron m¨¢s de seis millones de las arcas p¨²blicas de Baleares y de la Comunidad Valenciana.
El fiscal considera que "nada nuevo ha acaecido (indicio, documento, declaraci¨®n, dato)", desde que la Audiencia Provincial decidiera anular la imputaci¨®n de la Infanta hace meses. Horrach advierte que es "imposible" concretar unos hechos "con una m¨ªnima apariencia delictiva" en relaci¨®n con la hija del Rey.
Respecto a la sospecha de que la infanta Cristina -como propietaria al 50% de Aizoon, la empresa que comparte con su marido I?aki Urangarin-, se aprovech¨® del dinero que ingresaba esta sociedad, como consecuencia de los negocios irregulares del exjugador del Bar?a de balonmano, el fiscal entiende que se ha de exculpar a la hija del Rey, seg¨²n la doctrina establecida: "Para ser part¨ªcipe de un delito contra la Hacienda P¨²blica se requiere una previa participaci¨®n en la defraudaci¨®n a la Hacienda P¨²blica, bien induciendo al autor a cometer el delito, bien cooperando a su ejecuci¨®n con un acto sin el cual no se habr¨ªa efectuado o, finalmente, cooperando a la ejecuci¨®n del hecho mediante actos anteriores o simult¨¢neos".
El fiscal Horrach subraya que "ninguna de esas formas de participaci¨®n se alcanzan por el solo hecho de disponer de la condici¨®n de socio no administrador en una entidad, siendo este el ¨²nico dato que al respecto obra en la causa".
El representante del Ministerio P¨²blico niega que haya pruebas de que la infanta Cristina conociera que Aizoon, la empresa com¨²n con su marido, era utilizada por este como una "sociedad pantalla" para defraudar. "Se trata de una especulaci¨®n hu¨¦rfana de sost¨¦n indiciario, que tendr¨ªa cabida solo en el ¨¢mbito de la rumorolog¨ªa, ajena, claro est¨¢, al ¨¢mbito penal", sostiene.
Horrach discrepa de una l¨ªnea argumental de la Audiencia de Palma que ve contradictoria con la desimputaci¨®n inicial dictada. Entiende que para imputar a la hija del Rey por un delito de blanqueo de capitales ser¨ªa necesario un "m¨ªnimo indicio incriminatorio de que conoc¨ªa el origen delictivo de los fondos de Aizoon".
El fiscal intenta explicar por qu¨¦ no considera que el dinero utilizado por do?a Cristina de Borb¨®n de la caja de su empresa Aizoon para gastos particulares no puede ser considerado como un indicio para fundamentar su imputaci¨®n en la causa por supuesto blanqueo de capitales.
Recuerda que los ingresos de Aizoon a partir de 2006, cuando la Infanta empez¨® a hacer uso de ese dinero, no proced¨ªan de las actividades il¨ªcitas del Instituto N¨®os, sino de los cobros de Urdangarin por su participaci¨®n, consultor¨ªa y asesor¨ªas en consejos de administraci¨®n de distintas empresas multinacionales y espa?olas. Por tanto, argumenta Horrach, do?a Cristina no estaba gastando un dinero que procediera de actividades il¨ªcitas.
"En el caso que nos ocupa, no afloran cantidades de dinero carentes de justificaci¨®n al proceder de honorarios leg¨ªtimos de don I?aki Urdangar¨ªn por ser miembro del Consejo de Administraci¨®n o asesor de entidades mercantiles. Tampoco las operaciones en las que se utiliza el dinero pueden calificarse de irregulares, en tanto que no son ajenas a la pr¨¢ctica com¨²n del mercado. Por ¨²ltimo, es patente la falta de dato objetivo alguno que vincule a do?a Cristina de Borb¨®n con el entramado previo origen del fraude fiscal".
Horrach concluye se?alando que en el proceso penal "las meras conjeturas o sospechas no constituyen t¨ªtulos v¨¢lidos de imputaci¨®n" y sostiene que "no hay un solo elemento de prueba que vincule a Cristina de Borb¨®n con actividades delictivas, propias o ajenas".
Al cierre del escrito hace una salvaguarda, y apunta que se podr¨ªan exigir, hipot¨¦ticamente, "responsabilidades civiles que, en su caso, puedan derivarse respecto de Do?a Cristina de Borb¨®n" por su "participaci¨®n a t¨ªtulo lucrativo" de los negocios sucios de su esposo, al amparo del art¨ªculo 122 del C¨®digo Penal
Juez y fiscal con las mismas palabras
El representante del Ministerio P¨²blico, Pedro Horrach, hace suyas unas palabras del auto de marzo de 2012, cuando el juez instructor Jos¨¦ Castro rechaz¨® imputar a la Infanta como ped¨ªa una acusaci¨®n. Castro y Horrach coincidieron sobre el alcance y significado de la imputaci¨®n, en este caso de la Infanta, la hija del Rey. Han de constatarse "indicios que han de existir previamente, tener un car¨¢cter objetivo, lo que equivale a que no sean fruto de meras elucubraciones por mucho que estas puedan ser compartidas por un n¨²mero m¨¢s o menos amplio de personas, y ser racionales, es decir, que est¨¦n dotados de tal l¨®gica interna que no puedan quedar desvirtuados por la sola negaci¨®n de la persona a la que incriminan". Antiguas palabras del juez que recobra el fiscal."Conviene rescatar y reproducir los comentarios", remacha.
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