El juez contesta al fiscal: ¡°Se est¨¢n perdiendo las formas y eso no es deseable¡±
La imputaci¨®n de la Infanta fractura el t¨¢ndem contra la corrupci¨®n de Castro y Horrach
La historia de la lucha contra la corrupci¨®n pol¨ªtica en Baleares no se escribir¨ªa igual sin la participaci¨®n del juez Jos¨¦ Castro y del fiscal anticorrupci¨®n Pedro Horrach, que durante a?os han impulsado desde un juzgado de Palma de Mallorca investigaciones exitosas que terminaron con sentencias condenatorias por las malas pr¨¢cticas de numerosos cargos p¨²blicos de las islas.
El juez y el fiscal llevan algunos meses enfrentados a cuenta de la imputaci¨®n de la infanta Cristina en el caso Urdangarin. El magistrado considera que hay indicios suficientes en la causa para imputar a la hija del Rey, mientras que el fiscal lo niega, combatiendo de manera activa esa posibilidad.
Castro aprovech¨® este martes uno de los ¨²ltimos argumentos jur¨ªdicos de su extenso auto para contestar al fiscal Horrach, quien en un escrito remitido al juzgado a fines de noviembre pasado, rechaz¨® la imputaci¨®n de la Infanta y consider¨® que no exist¨ªan indicios contra ella, sino ¡°meras elucubraciones, rumorolog¨ªa o pura ficci¨®n¡±. Castro sostiene en su auto, en relaci¨®n con el escrito de Horrach, que ¡°se est¨¢n perdiendo las formas y eso no es deseable¡±.
El fiscal escribi¨®: ¡°En un Estado de derecho, ante circunstancias id¨¦nticas la respuesta judicial debe ser id¨¦ntica, de modo que el objeto de la investigaci¨®n penal sean las personas por su presunta participaci¨®n en los hechos delictivos y no por su condici¨®n (¡) no se puede imputar ni castigar a nadie por lo que es, sino por lo que ha hecho¡±.
Contesta el juez: ¡°En tanto el escrito de referencia va dirigido a m¨ª y se enfatiza lo que parece obvio y, por dem¨¢s, sabido y compartido por su destinatario, solamente lamentar que el ministerio fiscal sustente un criterio que con la misma falta de rigor podr¨ªa sustentarse de contrario pero que este instructor ni por asomo insinuar¨ªa¡±. Sugiere el juez Castro que se podr¨ªa argumentar que el fiscal Horrach rechaza la imputaci¨®n de do?a Cristina por tratarse de un miembro de la familia real. Pero no llega a decirlo.
El juez se defiende as¨ª: ¡°Pi¨¦nsese que si este juzgado en aras a esas expectativas personales de su titular que est¨¢n por saberse persiguiera a toda costa la comparecencia de do?a Cristina de Borb¨®n, no habr¨ªa suspendido su convocatoria nada m¨¢s recurrida la resoluci¨®n que inicialmente la acordaba, cuya ejecutividad procesal nadie discut¨ªa, y no estar¨ªa en este momento dilatando la fecha de la nueva citaci¨®n para posibilitar que, si llegara el caso, sea la Audiencia Provincial la que, con superior criterio al de este juzgado, se pronuncie definitivamente sobre la cuesti¨®n asumiendo que, como ya ha acontecido en experiencia anterior, pudiera ser revocada su decisi¨®n¡±.
Horrach: ¡°No se puede imputar a nadie por lo que es, sino por lo que hizo¡±
¡°Puestos a hablar de tratos discriminatorios¡±, contin¨²a el juez en su r¨¦plica al fiscal, ¡°y a sentirnos vulnerables a las llamadas de atenci¨®n es obligado detenerse en el propio escrito de alegaciones del Ministerio Fiscal de 17 de diciembre pasado en la parte en que se insta a este juzgado a la ¡°apertura de diligencias previas respecto al responsable del sindicato de t¨¦cnicos del Ministerio de Hacienda a efectos de determinar las posibles responsabilidades penales y sus autores en relaci¨®n a la imputaci¨®n de falsedades en el tratamiento de los datos fiscales de Aizoon y sus socios¡±.
El juez prosigue: ¡°Abrir diligencias previas contra persona determinada, aunque solo sea por referencia al cargo sindical de responsabilidad que ocupe, implica, por as¨ª disponerlo la Ley de Enjuiciamiento Criminal, su llamada a prestar declaraci¨®n en calidad de imputado. Pues bien, si analiz¨¢ramos bajo el prisma de las recientemente acu?adas garant¨ªas para el caso que nos ocupa dicha imputaci¨®n, arrojar¨ªa la conclusi¨®n de que se estar¨ªa predicando la imputaci¨®n de persona de la que se silencia nombre y apellido, literalidad de las concretas expresiones que vertiera y que se reputan injuriosas o calumniosas, as¨ª como contexto y lugar en que se pronunciaron, lo que pone de relieve un serio contraste con las garant¨ªas que se predican para la citaci¨®n de do?a Cristina de Borb¨®n¡±.
El juez rechaza abrir diligencias previas al responsable del sindicato de t¨¦cnicos de Hacienda y deja al fiscal un duro reproche en forma de auto judicial.
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