Urdangarin pierde el juicio contra siete medios por divulgar sus correos privados
La juez reprocha al yerno del Rey la falta de ¡°celo¡± al remitir ¡°correos impropios del cargo¡±
No se ha acreditado que haya existido da?o moral en la divulgaci¨®n de los correos privados de I?aki Urdangarin. El duque de Palma sufre un rev¨¦s judicial en su estrategia de defensa, colateral en el caso N¨®os, al emprender una acci¨®n por la v¨ªa civil contra distintos medios de comunicaci¨®n. Una juez de primera instancia de Barcelona ha desestimado la demanda sobre una supuesta intromisi¨®n ileg¨ªtima en el derecho a la intimidad personal y familiar del esposo de la infanta Cristina. La magistrada reprocha a Urdangarin la falta de ¡°celo y cuidado¡± al remitir ¡°correos impropios del cargo y posici¨®n institucional¡± desde un ordenador profesional sin protecci¨®n.
El yerno del Rey obr¨® contra siete diarios, productoras, programas de televisi¨®n, revistas del coraz¨®n y portales digitales - y adem¨¢s contra su ex socio Diego Torres- por la divulgaci¨®n period¨ªstica de correos electr¨®nicos en los que alud¨ªa a aspectos de su vida privada. Algunos de los medios demandados citaron correos sobre supuestas infidelidades y especularon sobre una eventual ruptura matrimonial de los duques de Palma.
La juez reconoce que los temas que aluden a las relaciones afectivas son ajenas al inter¨¦s p¨²blico pero agrega que una persona p¨²blica ¡°asume un mayor riesgo de injerencia frente a las informaciones que le ata?en¡±. En este contexto, ¡°es exigible un mayor celo y cuidado en cuanto a la protecci¨®n de sus intereses¡±.
En la sentencia consta un reproche a Urdangarin: ¡°Es evidente que este celo y cuidado no se ha tenido, remiti¨¦ndose correos impropios del cargo y posici¨®n institucional [correos jocosos]¡± y ¡°correos absolutamente privados¡± desde ordenadores sin protecci¨®n y salvaguarda de los derechos que se pretende tutelar. Urdangarin lo sab¨ªa ¡°y diluy¨®¡± la protecci¨®n y amparo de los derechos que demand¨®.
El esposo de Cristina de Borb¨®n quiso bloquear la difusi¨®n de los e-mails y todo comentario sobre los mismos en El Mundo, Semana, El semanal digital, Vanitatis, El programa de Ana Rosa, Mediaset, Titania y Heres, entre otros. La correspondencia electr¨®nica forma parte de la causa del caso N¨®os y se ha conocido a ra¨ªz de este esc¨¢ndalo y de su investigaci¨®n judicial en el que est¨¢ imputado el duque de Palma y tambi¨¦n su esposa la infanta Cristina.
La magistrada Maria del Remei Verg¨¦s Cortit rese?a que en la vista Urdangarin dijo que sus correos ¡°no pod¨ªan publicarse¡± por su intimidad, pero ¡°result¨® totalmente impreciso al determinar qui¨¦n pod¨ªa tener esos correos¡±.
Los e-mails perdieron "toda su esencia de confidencialidad"
La juez observa que los ordenadores del Instituto N¨®os de Urdangarin y su socio Torres, ¡°no eran absolutamente privativos¡± puesto que su contenido ¡°estaba abierto al conocimiento de una pluralidad de personas¡± y que cada semana miembros del CNI hac¨ªan una copia.
La magistrada explica que el uso de ordenadores de la empresa para comunicaciones personales, que se archivaban en un disco duro com¨²n, era ¡°incompatible¡± con el uso privado y, resalta, que as¨ª se ¡°ha perdido toda su esencia de confidencialidad¡±.
En la sentencia reprende al demandante porque queda ¡°sin saber qu¨¦ es lo que tiene que tutelar¡± y adem¨¢s ¡°qu¨¦ inter¨¦s concreto debe prohibir que se publique¡±. El duque de Palma no lo ha precisado. La juez ¡°desconoce absolutamente el contenido de la protecci¨®n que se pide¡± y subraya que los correos llegaron a una ¡°pluralidad de personas" que "pueden ser m¨²ltiples¡±.
El esposo de la infanta Cristina calcul¨® que exist¨ªa medio centenar de correos que pod¨ªa vulnerar su intimidad, aunque confes¨® que eran correos electr¨®nicos que ¡°no los ten¨ªa en su poder ni sab¨ªa qui¨¦n los ten¨ªa¡± y aunque sab¨ªa que hab¨ªa copias.
Urdangarin puede recurrir el fallo. Con su demanda intent¨® vetar la divulgaci¨®n y todo tipo de valoraciones o comentarios sobre su correspondencia digital privada y, de manera concreta, sobre ¡°presuntas infidelidades del demandante¡±.
El duque de Palma y exjugador del Bar?a de balonmano reclam¨® un euro simb¨®lico de indemnizaci¨®n a cada uno de los medios demandados a los que, adem¨¢s, exig¨ªa la difusi¨®n ¨ªntegra de la sentencia, al presuponer que ser¨ªa favorable. Ambas peticiones son rechazadas. Urdangarin quiso impedir tambi¨¦n que su antiguo amigo Diego Torres distribuyera m¨¢s correos personales, al considerar que se lesionaban su intimidad e imagen p¨²blica, infringiendo un da?o moral.
La demanda fue presentada en mayo de 2014 y las publicaciones aludidas corresponden al mes de abril del mismo a?o. Se celebr¨® una vista de medidas cautelares, con una derrota previa de las tesis de Urdangarin. El fiscal advirti¨® que sin aportarse en la causa los correos no se pod¨ªa concretar la existencia de la supuesta intromisi¨®n.
Diego Torres argument¨® que su entrega de correos al juez de la causa del caso N¨®os era parte de su estrategia de defensa, porque los e-mails fueron enviados desde los ordenadores del Instituto N¨®os y que, adem¨¢s, el propio Urdangarin envi¨® emails a un investigador inform¨¢tico ligado a los servicios de inteligencia del Estado, el CNI. El letrado de Torres, Manuel Gonz¨¢lez Peeters, advirti¨® que al remitirle por correo la existencia de infidelidades ¡°desaparece dicha intimidad¡±, porque los hechos los divulga el mismo protagonista.
La sentencia pondera el peso de los derechos constitucionales de libertad de informaci¨®n y de expresi¨®n y alude al inter¨¦s general, relevancia p¨²blica de la informaci¨®n del caso y el debate en una sociedad democr¨¢tica. La juez alude a numerosas sentencias espa?olas y europeas sobre intimidad e informaci¨®n. As¨ª sintetiza una de sus posiciones sobre derechos fundamentales en este caso: "Personas p¨²blicas, ejercen funciones p¨²blicas o resultan implicadas en asuntos de relevancia p¨²blica [est¨¢n] obligadas por ello a soportar un cierto riesgo de que sus derechos subjetivos de personalidad resulten afectados por opiniones o informaciones de inter¨¦s general, pues as¨ª lo requiere el pluralismo pol¨ªtico, la tolerancia y el esp¨ªritu de apretura, sin los cuales no existe sociedad democr¨¢tica¡±.
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