Jueces y fiscales creen que la reforma de la justicia no paliar¨¢ la corrupci¨®n
Recalcan que no se trata de cambiar el marco legal, sino de poner m¨¢s medios
La reorganizaci¨®n de la justicia que pretende el anteproyecto de reforma de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial ¡ªimpulsado por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallard¨®n¡ª no ayudar¨¢ a paliar la corrupci¨®n, seg¨²n coinciden las asociaciones de jueces y fiscales. No se trata de cambiar el funcionamiento, subrayan, sino de dotar de medios al sistema. Desde el colectivo m¨¢s conservador, la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM), hasta los m¨¢s cr¨ªticos, Jueces para la Democracia (JpD), pasando por los integrantes de la Asociaci¨®n Francisco de Vitoria, es un¨¢nime la reivindicaci¨®n de personal, peritos o un sistema inform¨¢tico del siglo XXI. Las tres asociaciones de jueces rechazan ¡ªla conservadora lo hace con matices¡ª la instrucci¨®n colegiada que promueve el ministerio; tambi¨¦n dudan de que dejar en manos de los fiscales la instrucci¨®n de las causas, es decir, la ¡°direcci¨®n¡± de la investigaci¨®n ¡ªalgo que Justicia quiere instaurar a trav¨¦s de otra ley a¨²n no aprobada¡ª, vaya a mejorar la situaci¨®n. Esto s¨ª lo defienden, sin embargo, la Uni¨®n Progresista de Fiscales (UPF), la Asociaci¨®n de Fiscales (AF) y la Asociaci¨®n Profesional Independiente de Fiscales (APIF).
Instrucci¨®n: colegiada o para fiscales
Entre las tres asociaciones de jueces, solo la conservadora APM no critica abiertamente la idea de que en la Audiencia Nacional las causas se dirijan entre tres magistrados. Pese a que este colectivo ha creado una comisi¨®n de trabajo para analizar la reforma, de momento apunta que el sistema actual no tiene ¡°disfunciones¡±, por lo que ¡°la opci¨®n legislativa podr¨ªa ser mantenerlo¡±. La respuesta de los portavoces de JpD, Joaquim Bosch, y de la Francisco de Vitoria, Marcelino Sexmero, es m¨¢s tajante: ¡°Crear ¨®rganos colegiados no va a agilizar las investigaciones. Al contrario, dificultar¨¢ y entorpecer¨¢ la instrucci¨®n. Adem¨¢s, puede permitir interferencias pol¨ªticas que condicionen la direcci¨®n de las actuaciones¡±, afirma Bosch. ¡°Es una barbaridad, una medida ineficaz.
Poner de acuerdo a tres jueces puede entorpecer la investigaci¨®n. Y, en el caso de otros tribunales, el no respetar la predeterminaci¨®n de un juez porque no gusta es un riesgo enorme¡±, asegura Sexmero. En lo que s¨ª que coinciden es en rechazar, aunque la mayor¨ªa de los pa¨ªses de Europa siga esta pauta, la opci¨®n futura de que el fiscal sea el instructor (que a¨²n no est¨¢ en ninguna ley pero el ministerio planea implantar). ¡°Los fiscales no son independientes, porque existe una jerarqu¨ªa y el fiscal general del Estado es nombrado por el Gobierno. Si se le dotara de la autonom¨ªa suficiente...¡±, dice Sexmero. Tambi¨¦n las asociaciones de fiscales reconocen su dependencia. El portavoz de la UPF, ?lvaro Garc¨ªa, considera que, aunque ¡°es el mejor modelo¡±, ser¨ªan necesarias ¡°profundas reformas legislativas y estatutarias¡±. ¡°No es l¨®gico que quien tiene que sustentar la acusaci¨®n en un juicio no sea quien busque las pruebas¡±, se?ala el portavoz de la AF, Emilio Fr¨ªas.
Corrupci¨®n: mapa de riesgos
¡°Nuestros juzgados necesitan medios adecuados para poder investigar en plazos razonables los delitos vinculados a la corrupci¨®n¡±, se?ala rotundo Bosch. ¡°Con m¨¢s medios no ser¨ªa necesaria ninguna reforma¡±, a?ade Sexmero. ¡°Necesitamos que puedan aportarse medios de manera ¨¢gil cuando surge un procedimiento de esta naturaleza¡±, mantienen desde la APM. Los fiscales van m¨¢s all¨¢ y, adem¨¢s de resaltar las carencias, hablan de la prevenci¨®n y la necesidad de un aumento en el control del gasto. ¡°Ser¨ªa necesario establecer m¨¦todos de detecci¨®n, una especie de mapa de riesgos de corrupci¨®n, y poner los controles necesarios, con transparencia absoluta en el gasto y en la contrataci¨®n p¨²blica¡±, advierte el portavoz de la UPF. ¡°S¨ª har¨ªa falta un cambio legislativo para un mayor control del gasto p¨²blico¡±, asiente Luc¨ªa Gir¨®n, de la APIF.
Aforamiento: 10.000 ¡®privilegiados¡¯
¡°Es desproporcionado¡±, apunta el portavoz de JpD. ¡°Es exagerado¡±, a?ade el del colectivo Francisco de Vitoria sobre el n¨²mero actual de aforados. ¡°Los aforamientos son muchas veces necesarios¡±, justifica la APM. ¡°Es un privilegio que puede convertirse en un castigo¡±, considera el portavoz de la AF. ¡°Tiene ventajas y alg¨²n inconveniente¡±, matiza la portavoz de la APIF. ¡°Si la instrucci¨®n la llevara el fiscal y estuviera blindada de intromisiones del poder ejecutivo o de otros poderes p¨²blicos, no ser¨ªa necesario un aforamiento en instrucci¨®n. En cuanto al enjuiciamiento, deber¨ªa reducirse a aquellos supuestos en que puede haber un aut¨¦ntico conflicto entre poderes del Estado¡±, expone ?lvaro Garc¨ªa (UPF).
Valorar procesos: mordaza a las asociaciones
¡°Es una medida que vulnera la libertad de expresi¨®n y el derecho a opinar¡±, avisa Bosch sobre la prohibici¨®n, incluso a las asociaciones de jueces, de valorar procesos que est¨¢n en curso. ¡°Va en la l¨ªnea del ministro de querer acallar las voces que no le gustan¡±, a?ade el representante de la Francisco de Vitoria. ¡°No podemos hacer un enjuiciamiento p¨²blico divergente, pues la ley no nos ha atribuido la decisi¨®n, y la mayor parte de las veces tenemos informaci¨®n incompleta¡±, difiere la APM. ¡°El l¨ªmite que marca la ley y el derecho constitucional a la libertad de expresi¨®n son suficientes¡±, afirma Garc¨ªa. ¡°Nosotros no tenemos por costumbre opinar sobre procesos concretos, pero eso dista mucho de querer l¨ªmites para la libertad de expresi¨®n¡±, opina Fr¨ªas.¡°Es sorprendente que se plantee existiendo libertad de expresi¨®n¡±, insiste Gir¨®n.
Perturbaciones: l¨ªmites a la nueva sanci¨®n
La reforma prev¨¦ la posibilidad de castigar penalmente a quien ¡°perturbe¡± o ¡°inquiete¡± a un juez. Tambi¨¦n en esto la conservadora APM difiere de Jueces para la Democracia y de la Francisco de Vitoria. ¡°El Poder Judicial no tendr¨ªa ninguna posibilidad de lograr que cesen las perturbaciones si no se previera una m¨ªnima sanci¨®n a quien haga o¨ªdos sordos del requerimiento¡±, dice la primera. Las otras dos advierten de que, no siendo descabellado, tiene riesgos, y que habr¨ªa que precisar los l¨ªmites para que no se convierta en una mordaza para los medios de comunicaci¨®n. Los fiscales consideran que puede haber un exceso de celo en la protecci¨®n. ¡°La sacralizaci¨®n de la figura del juez no es una necesidad social ni judicial¡±, resume Garc¨ªa.
Cuatro art¨ªculos a debate
Adi¨®s a los 'jueces estrella'. Art¨ªculo 101: "La Sala Penal de Instancia de la Audiencia Nacional se integrar¨¢ por una o varias Secciones Colegiadas y por Unidades judiciales [...] Las Secciones Colegiadas se integrar¨¢n por tres o m¨¢s Jueces".
Inquietar puede ser delito. Art¨ªculo 18.3: "El CGPJ podr¨¢ ordenar a quien perturbe o inquiete a los jueces el inmediato cese en dicha conducta. La continuaci¨®n o reiteraci¨®n de tal comportamiento tras recibir la orden de cese ser¨¢ constitutiva de delito contra la Administraci¨®n de Justicia".
Tres nuevos aforados. Art¨ªculo 89.2. "Estar¨¢n aforados a la Sala Segunda del Tribunal Supremo la Reina consorte o el consorte de la Reina, el Pr¨ªncipe heredero y su consorte, as¨ª como los Presidentes del Congreso y del Senado, Diputados y Senadores, Presidente del Gobierno y dem¨¢s miembros del Gobierno, Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Vicepresidente del Tribunal Supremo, Presidentes de Sala y Jueces del Tribunal Supremo, Vocales del Consejo General del Poder Judicial, Presidentes de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia, Presidentes de Sala y Jueces de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia, Presidente y Magistrados del Tribunal Constitucional, Fiscal General del Estado y Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, Presidente y Consejeros del Consejo de Estado, Presidente y Consejeros del Tribunal de Cuentas, y Defensor del Pueblo, as¨ª como quienes ocupen los cargos que expresamente se mencionen en los Estatutos de Autonom¨ªa respecto de las causas que se prevean en estos".
Veto a las opiniones. Art¨ªculo 49.2: "Los jueces y las asociaciones judiciales se abstendr¨¢n de hacer valoraciones de actualidad en los medios de comunicaci¨®n sobre los asuntos pendientes ante los tribunales y sobre las resoluciones judiciales".
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