El casco ciclista para menores de 16 es obligatorio desde este viernes
Con la entrada en vigor de la nueva ley de tr¨¢fico se endurecen las penas por alcohol La reci¨¦n estrenada norma proh¨ªbe los detectores de radar
Los menores de 16 a?os deben llevar, a partir de este viernes, casco ciclista siempre que circulen en bicicleta por ciudad, de acuerdo con la nueva Ley de Tr¨¢fico y Seguridad Vial, aprobada el pasado 20 de marzo en el Congreso de los Diputados, que entra en vigor este 9 de mayo. No llevarlo supondr¨¢ una multa de 200 euros, que tendr¨¢n que pagar los tutores legales del menor.
Tambi¨¦n a partir de este viernes se incrementan las sanciones por el consumo de alcohol y drogas durante la conducci¨®n. En el caso del alcohol, aumenta de 500 a mil euros la multa por conducir con una tasa el doble de lo permitida, -a partir de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o de 0,30 para conductores noveles profesionales- y a quienes en el plazo de un a?o previo hubieran ya dado positivo por alcohol.
En cuanto a las drogas, la nueva ley proh¨ªbe conducir con presencia de drogas en el organismo ¨Cantes era necesario demostrar la influencia-, aunque quedan excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripci¨®n facultativa y con una finalidad terap¨¦utica. La pena por esta infracci¨®n administrativa aumenta tambi¨¦n de 500 a mil euros y supone, adem¨¢s, la p¨¦rdida de seis puntos de carn¨¦. La conducci¨®n bajo la influencia de drogas es un delito contra la seguridad vial recogido en el art¨ªculo 379.2 del C¨®digo Penal, castigado con una pena de c¨¢rcel de hasta seis meses, multa de hasta 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad hasta 90 d¨ªas, y siempre, con la privaci¨®n del derecho a conducir veh¨ªculos a motor entre uno y cuatro a?os.
Desde este viernes, los agentes tambi¨¦n pueden?inmovilizar un veh¨ªculo e imponer una multa de 200 euros si los menores no viajan con un dispositivo de retenci¨®n infantil adecuado. Adem¨¢s, una vez aprobado el nuevo Reglamento General de Circulaci¨®n, tampoco pueden viajar en los asientos delanteros.
Est¨¢n prohibidos, adem¨¢s, los detectores de radar, los aparatos que rastrean mediante ondas la localizaci¨®n de radares, aunque no aquellos que informan sobre la situaci¨®n de los radares fijos, que tambi¨¦n aparecen en la p¨¢gina web de la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico (DGT). Si un dispositivo GPS cuenta con la funci¨®n de detecci¨®n de radares, bastar¨¢ con desactivarla. El quebrantamiento de esta prohibici¨®n est¨¢ tipificado como infracci¨®n grave y conlleva una sanci¨®n de 200 euros y la p¨¦rdida de tres puntos.
Con car¨¢cter general, la responsabilidad de un accidente de tr¨¢fico como consecuencia del atropello de una especie cineg¨¦tica ser¨¢ del conductor. Hasta ahora, solo era responsable si hab¨ªa incumplido las normas de circulaci¨®n. La nueva ley establece que el automovilista ser¨¢ siempre el responsable, a no ser que el siniestro sea consecuencia de una acci¨®n de caza colectiva de una especie de caza mayor ¨Canimales salvajes mayores que un zorro- llevada a cabo en el mismo d¨ªa de la cacer¨ªa o en las 12 horas posteriores a que concluya. Es culpable la Administraci¨®n solo si ¡°no ha reparado la valla de cerramiento en plazo¡± o ¡°por no disponer de la se?alizaci¨®n espec¨ªfica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisi¨®n de veh¨ªculos con los mismos¡±. En la pr¨¢ctica, los conductores que sufran un accidente en alguno de los casi 25.000 cotos de caza que hay en Espa?a no recibir¨¢n ninguna indemnizaci¨®n si mueren o resultan heridos graves. Y si tienen un seguro a terceros, tambi¨¦n tendr¨¢n que hacerse cargo de los desperfectos en su coche.
Desde este viernes pasan a ser infracciones la ca¨ªda de la carga de un veh¨ªculo creando peligro para la seguridad vial; la realizaci¨®n de obras en la v¨ªa sin la comunicaci¨®n previa a la autoridad responsable del tr¨¢fico; incumplir las condiciones de circulaci¨®n de una autorizaci¨®n; impedir las labores de control de los centros de ense?anza y de reconocimiento de conductores y causar da?os a la infraestructura debido al exceso de masa o dimensiones de un veh¨ªculo.
Adem¨¢s de estas novedades, tambi¨¦n entra en vigor la posibilidad que tienen los agentes de no tener que notificar la denuncia en el acto, siempre y cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tr¨¢fico y carezca de medios para proceder a la persecuci¨®n del veh¨ªculo infractor. Por su parte, aumenta para los conductores el plazo para hacer alegaciones de las denuncias y de pago de sanciones de 15 a 20 d¨ªas naturales.
Para otras medidas, como el aumento de la velocidad a 130 kil¨®metros por hora, habr¨¢ que esperar a la aprobaci¨®n del nuevo c¨®digo de circulaci¨®n. La ley de seguridad vial abre la puerta a este incremento al contemplar las sanciones impuestas a quienes sobrepasen este l¨ªmite, pero ser¨¢ el Reglamento General de Circulaci¨®n el que establezca d¨®nde se podr¨¢ circular m¨¢s r¨¢pido. Por el momento, la velocidad m¨¢xima ser¨¢ de 120 kil¨®metros por hora.
La Asociaci¨®n Estatal de Accidentes DIA ha hecho "una valoraci¨®n positiva de la reforma", aunque ha criticado duramente algunos puntos como la posibilidad de aumentar la velocidad a 130 kil¨®metros por hora o la modificaci¨®n con respecto a la responsabilidad en el caso de accidentes por atropello de especies cineg¨¦ticas. Adem¨¢s, creen que se ha perdido una oportunidad al no extender la utilizaci¨®n del caso ciclista en ciudad a todos los usuarios y al no haber establecido la tasa cero de alcohol.
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