El fiscal recurre al apreciar ¡°una espiral inquisitiva¡± del juez contra la Infanta
Horrach dice en su recurso que el juez ¡°desprecia indicios de notable fuerza exculpatoria¡±
¡°Seguimos sin saber qu¨¦ concretos delitos y hechos pueden imputarse a Cristina de Borb¨®n¡±. As¨ª se expresa el fiscal anticorrupci¨®n Pedro Horrach en su recurso contra la decisi¨®n del juez Jos¨¦ Castro de mantener la imputaci¨®n de la infanta Cristina por dos delitos fiscales y un tercero de blanqueo de dinero al concluir la instrucci¨®n del caso N¨®os. El fiscal considera que el juez incluso maneja datos equ¨ªvocos ¡°para construir unos hechos con apariencia delictiva¡±, con lo que corre el riesgo de caer en ¡°la mera especulaci¨®n, cuando no la pura ficci¨®n¡± y denuncia que el procesamiento se basa en ¡°actos de fe¡±. La imputaci¨®n, sentencia, nace de ¡°simples suposiciones¡± sin ¡°indicio incriminatorio alguno¡±.?
El recurso, al que ha tenido acceso EL PA?S, ha sido presentado hoy en el juzgado de Palma y en ¨¦l el fiscal reclama que la Audiencia suspenda el plazo de 20 d¨ªas para la presentaci¨®n de escritos de conclusiones de las partes, al poder quedar condicionadas por una decisi¨®n de la sala sobre su recurso.
En su escrito de 63 p¨¢ginas para rebatir los 167 folios del auto del juez instructor del caso N¨®os, Pedro Horrach denuncia que en las resoluciones de Jos¨¦ Castro ¡°se desprecian indicios de notable fuerza exculpatoria¡± a favor de la esposa de I?aki Urdangarin, por testimonios que toma de manera parcial y documentos que ignora. El fiscal cita la exclusi¨®n de cualquier referencia "a los miles de correos electr¨®nicos intervenidos (...) que acreditan que en la gesti¨®n administrativa, comercial, laboral, fiscal, contable y financiera de Aizoon S. L. no interven¨ªa do?a Cristina de Borb¨®n". Destaca tambi¨¦n que se ha tomado declaraci¨®n "a cientos de testigos vinculados laboral o comercialmente con el Instituto N¨®os y Aizoon S. L., sin que se haya puesto de manifiesto una m¨ªnima participaci¨®n" de la Infanta "en la gesti¨®n de la mercantil de la que es socia".
Esta sociedad, compartida al 50% por la hermana del Rey y su esposo I?aki Urdangar¨ªn, estaba en el centro del entramado de 12 empresas que vaciaban el dinero que el instituto sin ¨¢nimo de lucro consegu¨ªa de? Administraciones que confiaban sus aportaciones al yerno de Juan Carlos I.
El fiscal ve al juez demasiado pendiente de la prensa. Horrach supone que el magistrado ha sufrido una deriva, una ¡°contaminaci¨®n judicial por la influencia de los medios de comunicaci¨®n¡±. Horrach opina que Castro no se ha abstra¨ªdo de las influencias derivadas de los denominados ¡°juicios paralelos¡± y de las ¡°conjeturas¡± que, "sin apoyo f¨¢ctico alguno, nutren a menudo los medios¡±.
El fiscal intenta desactivar con el recurso el auto del juez Jos¨¦ Castro en el que este mi¨¦rcoles decidi¨® que Cristina de Borb¨®n, hermana del Rey, merece sentarse en el banquillo por fraude fiscal y blanqueo. El juez, asevera el fiscal, ha construido ¡±un andamiaje probatorio, con una falsa apariencia de solidez, para imputar¡± a la Infanta. El instructor ten¨ªa ¡°el puerto de destino determinado antes de iniciar la investigaci¨®n¡±, con meras conjeturas, contaminadas, y con ¡°los par¨¢metros de imparcialidad, objetividad y congruencia¡± relegados.
El ministerio p¨²blico considera que la infanta no ha cometido delito alguno, porque no conoc¨ªa la actividad delictiva y de defraudaci¨®n tributaria, de su esposo I?aki Urdangarin y porque no particip¨® en la gesti¨®n de N¨®os ni Aizoon. Para Horrach, el juez ha ejecutado una ¡°instrucci¨®n inversa, presidida por un credo y no por la sana gu¨ªa de la ¡°duda¡± y que ha asumido ¡°el rol de la parte acusadora¡±, perdiendo su funci¨®n constitucional.
El fiscal anticorrupci¨®n dice que ¡°la persecuci¨®n de conductas at¨ªpicas constituye un recurso ¡®taimado¡¯, una v¨ªa de escape a una espiral inquisitiva alimentada de meras sospechas¡±. As¨ª, Castro al ¡°criminalizar¡± acciones que por ¡°sus circunstancias, caracter¨ªsticas e intensidades son inocuas¡±, desnaturaliza la Jurisdicci¨®n, ¡°sirvi¨¦ndose de la misma¡±. Cree que el magistrado debate sobre ¡°comportamientos cotidianos socialmente adecuados, (o) bien sobre una supuesta falta ejemplaridad¡±.
El instructor, seg¨²n el ministerio p¨²blico, construye una causa al modo de ¡°prospecci¨®n general¡± en una ¡°expedici¨®n de pesca, gratuita e in¨²til¡±. Sostiene Horrach que el juez Castro al partir de un ¡°pilar inicial¡± de una ¡°certeza absoluta¡± en el proceso penal ¡°conlleva magnificar la nimiedad y convertir en sospechoso lo cotidiano¡±.
El juez y la ley para todos
El fiscal anticorrupci¨®n ve en el instructor signos de ¡°ambig¨¹edad, indefinici¨®n y contradicciones¡±. Reclama una aplicaci¨®n de la Ley "igual para todos". En el plano te¨®rico, afirma que ¡°deviene imprescindible reforzar el sistema de controles cruzados para garantizar el respeto a los principios de imparcialidad y objetividad en las decisiones judiciales¡±. De la teor¨ªa al 'caso N¨®os' intuye que ¡°ser simult¨¢neamente Juez y Parte desemboca ineludiblemente en falta de imparcialidad y objetivad en la valoraci¨®n de los hechos¡±.
Pedro Horrach advierte que ¡°es patente la falta de dato objetivo alguno que vincule a Cristina de Borb¨®n con el entramado previo origen del fraude fiscal¡± de Urdangarin. El juez, dice, en un dislate interpretativo ¡°le atribuye un plus de responsabilidad por simultanear la condici¨®n de socia(de Aizoon) con la de c¨®nyuge del administrador, lo que implica realizar distinciones donde la Ley no lo hace y, en consecuencia, un tratamiento discriminatorio incompatible con el principio de igualdad¡±.
Los gastos de la Infanta sobre los que se despliega la imputaci¨®n los ve Horrach ¡°¨ªnfimos" en comparaci¨®n con el importe de la base imponible declarada por I?aki Urdangar¨ªn del IRPF y con los ingresos globales en 2008 y 2009, posteriores a los dos ejercicios en los que su esposo defraud¨®. ¡°Por el hecho de realizar gastos personales con cargo a la mercantil en la que participa en condici¨®n de socio y c¨®nyuge¡± no hay carga penal. Y la simple convivencia familiar ¡°no se genera un trasvase de responsabilidad penal¡±, personal, y ¡°la coautor¨ªa no puede predicarse" por cohabitar.
En la conducta de Cristina de Borb¨®n, reitera el acusador, no hay ning¨²n requisito para la comisi¨®n de un delito de blanqueo de capitales procedente de un fraude previo contra la Hacienda P¨²blica
Lo que era blanco y es negro
El solo dato de ser socia no administradora de Aizoon no es, para el fiscal, base para imputarle delito fiscal, por cooperaci¨®n necesaria. "Ni se ha constatado indicio incriminatorio del que se pueda concluir su conocimiento o sospecha de conductas il¨ªcitas en la actividad de su c¨®nyuge¡±, indica. Horrach lamenta que el juez quiere invertir el sentido de la prueba, que la infanta demuestre su inocencia. Ironiza el que Castro viera las respuestas de Cristina de Borb¨®n ¡°¡°insuficientes¡± o ¡°no clarificadoras¡±, siempre que a?adamos a continuaci¨®n la expresi¨®n ¡°para sostener su imputaci¨®n¡±.
Pedro Horrach desgrana sus alegatos con respaldo de autos de la Audiencia de Palma a favor de su posici¨®n. Sit¨²a en aparente contradicci¨®n al juez Jos¨¦ Castro con sus resoluciones que sostienen posiciones contrarias sobre la misma petici¨®n de imputaci¨®n de la infanta.
Desde 2012, Horrach cree que se ha prolongado la causa con diligencias ¡°gratuitas y absolutamente ineficaces¡±. Nada se ha avanzado, nada nuevo vio. ¡°Deviene irracional que el Juez proceda a la pr¨¢ctica de numerosas y complejas diligencias de prueba cuando las ¨²nicas partes acusadoras legitimadas para, en su momento, ejercitar la acusaci¨®n (fiscal y abogado del Estado), han manifestado de forma reiterada que los hechos no son constitutivos de infracci¨®n penal y no hay elemento indiciario alguno que justifique proseguir la instrucci¨®n¡±.
Horrach rechaza que en una causa penal se pueda ¡°novelar¡±. Se pregunta por el ¡°cambio de criterio tan radical¡± sobre los conceptos y criterios de Castro. ¡°?Por qu¨¦ lo que era blanco y transparente en el a?o 2012 muta a oscuro y con tintes criminales en el a?o 2014? No satisfizo las expectativas del Instructor, lo que condujo a iniciar otra l¨ªnea de investigaci¨®n, contradictoria con la inicial, a modo de encaje de bolillos¡±.
El pr¨¦stamo del rey Juan Carlos
El pr¨¦stamo que el rey Juan Carlos efectu¨® de 1.200.000 euros de padre a hija, ¡°pese a estar prescrita cualquier supuesta infracci¨®n penal derivada de la consideraci¨®n de la operaci¨®n como donaci¨®n¡± explica el fiscal ¡°no impidi¨® que el Instructor se recreara en dicho punto, siendo objeto de numerosas preguntas obrantes¡±. Era una operaci¨®n de 2004 de la que ¡°estar¨ªa prescrito un posible delito contra la Hacienda P¨²blica derivado de la consideraci¨®n del pr¨¦stamo como donaci¨®n encubierta.¡±
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