La Audiencia Nacional anula la negativa de Interior a conceder asilo a un kazajo
El tribunal asegura que no es cierto que sea un peligro para la seguridad nacional
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha anulado la resoluci¨®n del Ministerio del Interior que deneg¨® el asilo a Alexander Pavlov, un ciudadano kazajo cuya extradici¨®n concedi¨® el Gobierno a la Rep¨²blica de Kazajist¨¢n que preside Nursultan Nazarbayev. La Secci¨®n Segunda del citado tribunal ha estimado parcialmente el recurso que present¨® la defensa de Pavlov, al entender que la decisi¨®n de Interior no est¨¢ amparada en razones fundadas que constaten que el recurrente constituya un peligro para la seguridad de Espa?a. Los jueces ordenan que se devuelva el expediente a la Administraci¨®n para que eval¨²e si concurre o no persecuci¨®n (o el riesgo de padecerla) que esgrime Pavlov en el caso de que volviera a su pa¨ªs, una f¨¦rrea dictadura donde seg¨²n las ONG se tortura a presos y opositores pol¨ªticos.
D¨ªas despu¨¦s de que el Gobierno acordara la entrega de Pavlov, el magistrado de la Audiencia Nacional Alfonso Guevara intent¨® sin ser competente que Pavlov fuera conducido a un avi¨®n de Kazajist¨¢n que aguardaba en el aeropuerto para trasladarlo a su pa¨ªs. Los intentos fallidos de Guevara fueron el mismo d¨ªa que la Sala de lo Contencioso Administrativo ten¨ªa que pronunciarse sobre el recurso presentado por el kazajo contra la denegaci¨®n de su petici¨®n de asilo. Entonces, este tribunal adopt¨® una medida cautelar¨ªsima acordando que Pavlov no fuera entregado hasta que se pronunciara. Antes de la ins¨®lita iniciativa del juez Guevara varios magistrados recibieron llamadas de diplom¨¢ticos kazajos en Madrid para intentar influir en su decisi¨®n de entregar o no a Pavlov, guardaespaldas de Ablyazov Muktar, el principal opositor pol¨ªtico del dictador kazajo.
El fallo de la Sala de lo Contencioso hecho p¨²blico hoy se?ala que el hecho de no concurrir la causa de denegaci¨®n (en este caso ser un peligro para Espa?a) no significa que autom¨¢ticamente se le deba reconocer el "status" de refugiado, "sino que se exige la previa evaluaci¨®n" por parte de la Administraci¨®n de la solicitud de asilo, es decir, "una declaraci¨®n ordenando la tramitaci¨®n de dicha solicitud que aboque en un pronunciamiento administrativo sobre la existencia o no, de la apreciaci¨®n o no, del temor alegado por Pavlov por motivos de una persecuci¨®n contra su persona por las razones y circunstancias que en su solicitud invoca".
La sentencia cuenta con el voto particular discrepante de dos magistrados; consideran que el procedimiento se ha resuelto a espaldas del interesado
La sentencia cuenta con el voto particular discrepante de dos magistrados. Estos dos magistrados coinciden con sus compa?eros en que no se ha motivado suficientemente que el se?or Pavlov sea un peligro para la seguridad de Espa?a, pero entienden adem¨¢s que la Sala se tendr¨ªa que haber pronunciado sobre el fondo, concediendo el asilo al recurrente al entender que despu¨¦s de la abundante prueba practicada, "el relato de persecuci¨®n es perfectamente congruente y detallado y en cualquier otro proceso de denegaci¨®n de derecho de asilo no admitir¨ªa dudas". Estos dos jueces consideran que el procedimiento se ha resuelto a espaldas del interesado, infringiendo palmariamente la Ley de Asilo y no entienden esta "segunda oportunidad" a la Administraci¨®n cuando seg¨²n el criterio de estos dos jueces, "estaba en condiciones de valorar en su integridad la petici¨®n formulada por el interesado".
Contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso cabe recurso ante el Tribunal Supremo. Espa?a es el ¨²nico pa¨ªs de la UE que tiene convenio de extradici¨®n con Kazajist¨¢n, una rep¨²blica con numerosos recursos naturales en la que numerosas empresas espa?olas tienen importantes intereses.
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