La Audiencia cree que el PP conoci¨® que G¨¹rtel le pag¨® sus campa?as
La Sala de lo Penal ve indicios de que el partido se lucr¨® con dinero de la trama
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional cree que existen ¡°indicios suficientes¡± de que el PP ¡°se ha aprovechado¡± de parte del dinero que movi¨® la trama corrupta G¨¹rtel, por lo que se le debe considerar ¡°part¨ªcipe a t¨ªtulo lucrativo¡± de los negocios de la red. Pero la Audiencia va incluso m¨¢s all¨¢ de lo que hab¨ªa se?alado el juez Pablo Ruz en un auto de julio y advierte que el PP ¡°tuvo que conocer¡± de los dispendios de la trama porque el partido ¡°se ahorr¨®¡± el dinero para financiar las campa?as electorales de los municipios madrile?os de Pozuelo de Alarc¨®n y Majadahonda, pagadas supuestamente con dinero de G¨¹rtel.
En un auto notificado ayer, la Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Penal rechaza el recurso que los populares presentaron al auto con el que Ruz abri¨® una pieza separada en el caso G¨¹rtel, y en el que el juez se?al¨® que el PP pudo beneficiarse de 236.864 euros procedentes de comisiones de la red cobradas por los exalcaldes populares de Majadahonda y de Pozuelo,?Guillermo Ortega y Jes¨²s Sep¨²lveda, respectivamente.
La Audiencia desecha uno por uno los argumentos empleados por el PP para impugnar la resoluci¨®n de Ruz y cree que hay indicios para sospechar que el PP ¡°se benefici¨®¡± del dinero que los dos exalcaldes dedicaron a realizar ¡°actividades propias de dicha formaci¨®n pol¨ªtica¡±.
La Audiencia recuerda los informes emitidos por la Unidad de Delincuencia Econ¨®mica y Fiscal (UDEF) que cifraron en 111.864,32 euros el importe de la campa?a electoral de Pozuelo y en 125.000 euros el de Majadahonda. Los magistrados sostienen que el PP se benefici¨®, al menos, de esa cantidad procedente de supuestos delitos de G¨¹rtel ya que se ahorraron pagar con fondos del partido los actos de ambas campa?as.
Los magistrados Angela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel, que firman el auto, comparten la decisi¨®n del juez instructor de atribuir al PP en el caso G¨¹rtel el papel de ¡°part¨ªcipe a t¨ªtulo lucrativo¡± (art¨ªculo 122 del C¨®digo Penal), pero dan incluso un paso m¨¢s. En su auto de julio, Ruz afirmaba que el PP obtuvo un beneficio del cobro de comisiones por parte de los dos exalcaldes madrile?os, aunque la formaci¨®n no conociera que se estaban cometiendo delitos. Pero la Sala de lo Penal sostiene que el PP no solo se aprovech¨® de ese dinero obtenido presuntamente de forma il¨ªcita, sino que, adem¨¢s, el partido ¡°tuvo que tener conocimiento de aquellos dispendios¡± porque repercutieron ¡°en su propio peculio, de forma que dej¨® de abonar aquellas sumas que otros pagaron como gastos de las campa?as electorales¡± de Pozuelo y Majadahonda.
Los magistrados no comparten tampoco que, como argumentaba el PP, el Tribunal de Cuentas sea el ¨²nico competente para investigar la responsabilidad civil del partido en la trama corrupta. Los populares cuestionaron en su recurso la competencia del juez Ruz en este asunto y alegaron que todos sus gastos fueron contabilizados y fiscalizados por el Tribunal de Cuentas que, seg¨²n el PP, no identific¨® ni el da?o y ni el perjudicado que justificara su responsabilidad civil. La Sala de lo Penal considera, sin embargo, que este ¨®rgano solo tiene competencia en el plano contable, ¡°sin perjuicio de las otras jurisdicciones en la que se establece prevalencia¡±, en referencia a la v¨ªa penal, que, adem¨¢s, ser¨¢ ¡°preferente e ilimitada¡±, dicen los jueces.
Los magistrados apoyan su decisi¨®n en una sentencia del Tribunal Supremo, de octubre de 2004, que fij¨® que la exclusividad de la competencia del Tribunal de Cuentas para investigar las responsabilidades civiles se refiere a las cuestiones puramente contables, pero nunca a casos en los que se est¨¦n enjuiciando ¡°hechos constitutivos de delito o falta¡±. ¡°Pretender que el Tribunal de Cuentas sea quien decida, a los efectos penales, la cantidad malversada y su valoraci¨®n desde un punto de vista culpabil¨ªstico, es tanto como sustraer del Poder Judicial, en este caso representado por la jurisdicci¨®n penal, una funci¨®n que constitucionalmente le viene atribuida¡±, sostienen los magistrados. Las acciones penales, a?ade la Audiencia, no sufren ¡°coto o limitaci¨®n¡± por la ¡°inacci¨®n¡± del Tribunal de Cuentas o porque este decida archivar la causa ¡°en su particular y propio enjuiciamiento contable¡±. Seg¨²n los jueces, ser¨¢ en el futuro juicio del caso G¨¹rtel cuando se determine ¡°con exactitud¡± la supuesta responsabilidad civil y su cuant¨ªa.
En el auto notificado ayer, la sala respalda de nuevo a Ruz en su decisis¨®n de abrir una pieza separada del caso G¨¹rtel para juzgar a 45 imputados de la primera fase de la investigaci¨®n, entre ellos, al extesorero Luis B¨¢rcenas. Pero la Sala de lo Penal advierte de que la nueva pieza, adem¨¢s del criterio temporal, debe escindirse atendiendo a las personas que cometieron los hechos perseguidos y a las ¡°conductas¡± que desarrollaron. Seg¨²n la Secci¨®n Cuarta, ¡°no toda conducta de los imputados puede incluirse en la nueva pieza separada¡± porque eso podr¨ªa llevar a una escisi¨®n de la causa ¡°arbitraria y artificial¡±.
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