La dejadez del Ejecutivo facilit¨® la salida de prisi¨®n de Santi Potros
Los Gobiernos de PP y PSOE demoraron cinco a?os la ley org¨¢nica que habr¨ªa impedido la liberaci¨®n del jefe etarra
El Gobierno espa?ol ¡ªprimero con el PSOE y despu¨¦s con el PP¡ª tard¨® cinco a?os y siete meses en presentar en el Congreso el proyecto de Ley Org¨¢nica que hubiera impedido la puesta en libertad del exdirigente de ETA Santiago Arrospide Sarasola, Santi Potros y del miembro de la banda Alberto Plazaola. La Secci¨®n Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional bas¨® su decisi¨®n de descontar el tiempo que ambos etarras pasaron en c¨¢rceles francesas ¡ªy propiciar con ello su salida de prisi¨®n¡ª en una ¡°decisi¨®n marco¡± del Consejo de la Uni¨®n Europea de julio de 2008 sobre el reconocimiento de sentencias penales entre los Estados miembros. Las ¡°decisiones marco¡± de este organismo la UE no tienen rango de ley, pero marcan objetivos y son vinculantes para todos los Estados miembros, los cuales deben incorporar sus principios a su propia legislaci¨®n.
La decisi¨®n marco del Consejo de la Uni¨®n Europea, que deb¨ªa haber sido traspuesta al ordenamiento espa?ol como muy tarde el 15 de agosto de 2010, fue invocada por primera vez por los abogados del exdirigente etarra arrepentido Jos¨¦ Luis Urrusolo Sistiaga. En octubre de 2013, la Secci¨®n Tercera de la Audiencia Nacional desestim¨® un recurso de este recluso para que se acumulara al plazo de cumplimiento de pena en Espa?a los 10 a?os que permaneci¨® encarcelado en Francia tras su detenci¨®n en enero de 1997.
Urrusolo recurri¨® ante el Tribunal Supremo, que le dio la raz¨®n. El pasado 13 de marzo, la m¨¢s alta instancia judicial espa?ola decret¨® que se incluyeran las condenas cumplidas por el etarra en Francia entre las condenas susceptibles de acumulaci¨®n en Espa?a para adelantar su salida de la c¨¢rcel. En la sentencia, los magistrados afeaban al Estado su falta de diligencia a la hora de cumplir con su ¡°obligaci¨®n¡± de incorporar la decisi¨®n marco europea al ordenamiento interno. Sin embargo, esta ¡°ausencia de normas¡± nacionales expresas sobre el reconocimiento de condenas del extranjero, no impidi¨® que el Supremo interpretara la legislaci¨®n existente a la luz de los principios de la decisi¨®n marco, y otorg¨® el beneficio a Urrusolo.
Esta sentencia aceler¨® al Gobierno. El 14 de marzo, al d¨ªa siguiente de dictarse la sentencia de la doctrina Urrusolo y m¨¢s de cinco a?os despu¨¦s de emitida la normativa europea, el Ejecutivo present¨® en el Congreso, un proyecto de Ley Org¨¢nica para regular la acumulaci¨®n de condenas. En el tr¨¢mite de enmiendas, el Senado incorpor¨® una disposici¨®n adicional que impide descontar el tiempo de c¨¢rcel cumplido en el extranjero por sentencias anteriores al 15 de agosto de 2010.
Mientras se tramitaba en el Parlamento la Ley Org¨¢nica, un grupo de etarras, condenados en Francia en los a?os 80 y 90, entre ellos Santi Potros y Plazaola, trat¨® de subirse al carro de la doctrina Urrusolo y pedir la acumulaci¨®n de sus periodos de prisi¨®n en aquel pa¨ªs para acortar su estancia en la c¨¢rcel en Espa?a.
La Ley Org¨¢nica se public¨® en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) el 13 de noviembre pasado, pero no entr¨® en vigor hasta 20 d¨ªas m¨¢s tarde, el pasado 3 de diciembre. El d¨ªa anterior, la Secci¨®n Primera de la Audiencia dio luz verde a la acumulaci¨®n de las condenas de los terroristas al carecerse de una legislaci¨®n espec¨ªfica en Espa?a. Sin embargo, el mismo d¨ªa, la Secci¨®n Segunda, opt¨® por usar el texto publicado en el BOE pero todav¨ªa sin eficacia jur¨ªdica, como v¨ªa para interpretar el alcance de la decisi¨®n marco europea, y denegar as¨ª el nuevo c¨®mputo de penas para el etarra I?aki Bilbao. Al final el Tribunal Supremo volver¨¢ a decidir.
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