Tres casos ¡®supervivientes¡¯ del fin de la justicia universal esperan al Supremo
El tribunal debe decidir si Israel, Turqu¨ªa, El Salvador y Chile investigaron de forma ¡°efectiva¡± los casos de la Flotilla de la Libertad, Ellacur¨ªa y Carmelo Soria
Un a?o despu¨¦s de que el PP recortara, en solitario y por la v¨ªa r¨¢pida, la llamada justicia universal ¨Cla capacidad de los jueces espa?oles de investigar delitos cometidos fuera del territorio nacional- tres causas pugnan por librarse del archivo. El Tribunal Supremo deber¨¢ valorar en las pr¨®ximas semanas si las autoridades de Israel, Turqu¨ªa, Chile y El Salvador est¨¢n dispuestas a perseguir de manera efectiva los delitos de lesa humanidad en los casos de la Flotilla de la Libertad (2010), de la matanza de jesuitas en la Universidad Centroamericana de El Salvador (Caso Ellacur¨ªa, 1989) y del asesinato del diplom¨¢tico espa?ol Carmelo Soria (1976) por agentes de la dictadura de Augusto Pinochet. De la valoraci¨®n que haga la m¨¢xima instancia judicial espa?ola sobre la diligencia investigadora de estos Estados depender¨¢ que las causas puedan seguir, como hasta ahora, en manos de los magistrados de la Audiencia Nacional.
La reforma legal de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial para reducir al m¨ªnimo la justicia universal, operada por el Gobierno a trav¨¦s del Grupo Parlamentario Popular, entr¨® en vigor el 15 de marzo de 2014. Con esta medida, el Ejecutivo de Mariano Rajoy consigui¨® el archivo inmediato de una investigaci¨®n judicial que le supon¨ªa un serio dolor de muelas diplom¨¢tico: la querella por el genocidio en T¨ªbet, por el que el juez Ismael Moreno imput¨®, entre otros, a los expresidentes chinos Hu Jintao y Jiang Zemin y al ex primer ministro Li Peng. Tambi¨¦n se ha cerrado la causa por la muerte de 7.000 espa?oles en los campos de concentraci¨®n nazis entre 1942 y 1945. Por el camino, la aplicaci¨®n de la nueva ley supuso la excarcelaci¨®n por orden de la Audiencia Nacional de 53 narcotraficantes que viajaban en barcos apresados por Espa?a en aguas internacionales. Despu¨¦s de que el Supremo entendiera que Espa?a s¨ª es competente para investigar este tipo de embarcaciones con la nueva norma, solo nueve de los liberados han sido detenidos de nuevo.
Algunas causas no se han visto afectadas por la aplicaci¨®n de la nueva justicia universal. Es el caso de la investigaci¨®n del juez Fernando Andreu contra 40 militares de Ruanda por la muerte de m¨¢s de cuatro millones de ruandeses en los noventa, la mayor¨ªa de etnia hutu, y el asesinato de nueve cooperantes espa?oles. Tambi¨¦n se mantienen vivos los dos sumarios del juez Pablo Ruz por querellas cruzadas entre el Frente Polisario y militares marroqu¨ªes por cr¨ªmenes en el Sahara Occidental cuando era provincia espa?ola. Otras causas, como el asesinato del c¨¢mara de Telecinco Jos¨¦ Couso por militares estadounidenses en la guerra de Irak en 2003, las torturas en la base de Guant¨¢namo o el sumario abierto contra militares guatemaltecos por el genocidio maya se mantienen abiertas precariamente gracias a una cuesti¨®n de forma.
Quiz¨¢ el caso m¨¢s complejo -tanto desde el punto de vista jur¨ªdico como tambi¨¦n diplom¨¢tico- de los tres que tiene el Supremo sobre la mesa sea el de la Flotilla de la Libertad, sobre la muerte en mayo de 2010 de nueve activistas turcos a manos de militares israel¨ªes cuando navegaban por aguas internacionales con rumbo a Gaza a bordo del Mavi Marmara. Esta causa deriva de las querellas por delitos de lesa humanidad interpuestas por tres ciudadanos espa?oles que viajaban en el buque y dos asociaciones humanitarias contra el primer ministro israel¨ª, Benjamin Netanyahu; el ministro de Exteriores, Avigdor Lieberman; el de Defensa, Moshe Ya¡¯alon (los tres en funciones), el exministro del Interior Eli Yishai; el ministro sin cartera Benny Begin y el vicealmirante Eliezer Marom.
La reforma de la justicia universal establece que Espa?a no podr¨¢ investigar delitos cometidos fuera de sus fronteras cuando el Estado en que sucedieron los hechos o del que son nacionales los imputados hayan abierto sus propias pesquisas. No obstante, la ley espa?ola deja la puerta abierta a que los jueces de la Audiencia Nacional persigan estos delitos cuando quede constatado que el pa¨ªs directamente implicado en los hechos ¡°no est¨¦ dispuesto a llevar a cabo la investigaci¨®n¡± o ¡°no pueda realmente hacerlo¡±. Esta valoraci¨®n le corresponde hacerla a la Sala Segunda (Penal) del Tribunal Supremo, previa ¡°exposici¨®n razonada¡± del juez de la Audiencia.
El juez Pablo Ruz envi¨® el pasado febrero al alto tribunal su petici¨®n de que se pronuncie sobre la disposici¨®n de Israel y Turqu¨ªa a investigar la muerte de los activistas del Mavi Marmara, calificados de ¡°crimen de guerra¡± por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. El magistrado, que busca verificar una posible ¡°ausencia de justicia¡±, ha recabado de las autoridades israel¨ªes y turcas copia de todas las investigaciones que han llevado a cabo. El Estado hebreo abri¨® una comisi¨®n gubernamental sobre lo que denomina el ¡°incidente mar¨ªtimo del 31 de mayo de 2010¡±. A esta se suman una investigaci¨®n de la Fiscal¨ªa militar y otra del Tribunal Supremo de Israel, que adem¨¢s supervisa las anteriores.
En el caso de Turqu¨ªa, pa¨ªs donde estaba registrado el Mavi Marmara ¨Caunque portaba bandera de Comoras- y del que son originarias las v¨ªctimas mortales del ataque israel¨ª, existe una investigaci¨®n en curso en el Juzgado de lo Penal n¨²mero 7 de Estambul. Ruz entiende que el enjuiciamiento de los hechos, al producirse en aguas internacionales, puede corresponder al pa¨ªs en el que estaba matriculado el barco.
Alternativamente, Ruz considera que la persecuci¨®n de los dirigentes israel¨ªes por el ataque sobre la Flotilla de Gaza podr¨ªa concernir a la Corte Penal Internacional. Para que se activara esta v¨ªa deber¨ªa ser el propio Gobierno espa?ol el que se lo solicitara al fiscal de este tribunal especializado para cr¨ªmenes de guerra, un paso pol¨ªtico que fuentes judiciales aprecian ¡°altamente improbable¡±.
La cuesti¨®n pende ahora en el Tribunal Supremo. La Sala de lo Penal deber¨¢ pronunciarse tambi¨¦n sobre la diligencia de las autoridades judiciales chilenas a la hora de investigar el asesinato del diplom¨¢tico espa?ol Carmelo Soria a manos de agentes de la dictadura chilena el 14 de julio de 1976. El 23 de agosto de 1996, la Corte Suprema de Chile sobresey¨® la investigaci¨®n en lo que el juez Ruz calific¨® en octubre de 2012 de ¡°un acto material de auto-amnist¨ªa de la dictadura militar chilena¡±. En enero de 2013, la misma Corte Suprema abri¨® una nueva investigaci¨®n, lo que cerr¨® la v¨ªa a la extradici¨®n de los siete militares procesados por Ruz tres meses antes. Ahora, el magistrado reclama al Tribunal Supremo espa?ol que ¡°valore¡± la ¡°disposici¨®n¡± de la Rep¨²blica de Chile a ¡°actuar¡± en relaci¨®n al crimen de Carmelo Soria.
La tercera causa que deber¨¢ analizar el Supremo le ha sido remitida por el juez Eloy Velasco. Se trata del asesinato de los sacerdotes jesuitas en la Universidad Centroamericana de El Salvador en noviembre de 1989. Velasco descart¨® los delitos de lesa humanidad pero mantuvo la causa por delito de asesinato terrorista, ya que al ser las cinco de las ocho v¨ªctimas de nacionalidad espa?ola, la nueva ley s¨ª contempla la competencia de la justicia espa?ola sobre ese delito. El Supremo deber¨¢ decidir si el juicio celebrado en su d¨ªa en El Salvador sobre los asesinatos de los jesuitas ¡°fue un mero fraude, una formalidad para aparentar la realizaci¨®n de una justicia que no fue tal¡±, como considera el magistrado de la Audiencia Nacional.
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