La justicia aprecia un fraude del PP en el ¡°despido diferido¡± de B¨¢rcenas
El tribunal de Madrid niega la pretensi¨®n del extesorero de que el despido sea improcedente
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid aprecia un posible fraude del PP en el llamado ¡°despido en diferido¡± de su extesorero Luis B¨¢rcenas y ha puesto el caso en manos de la fiscal¨ªa al entender que hubo una ¡°relaci¨®n laboral simulada¡± entre la formaci¨®n conservadora y el antiguo ejecutivo entre el 16 de abril de 2010 y el 31 de marzo de 2013. En esta ¨¦poca, B¨¢rcenas percibi¨® del partido 719.500 euros, a raz¨®n de 21.300 euros al mes pese a que, considera la sentencia, el extesorero ¡°no prest¨® servicios¡± a G¨¦nova 13.
La Secci¨®n Quinta de lo Social del TSJM no solo lleva el caso a la fiscal¨ªa: como el PP tuvo dado de alta en la Seguridad Social a B¨¢rcenas durante este periodo en el que no ejerci¨® trabajo alguno, tambi¨¦n comunica el fallo a la Tesorer¨ªa General de la Seguridad Social y al Servicio P¨²blico de Empleo Estatal y a la Inspecci¨®n de Trabajo, por su posible ¡°incidencia en futuras prestaciones de Seguridad Social¡±. Asimismo, pone la causa en conocimiento de Hacienda ya que el dinero recibido por el extesorero no puede tener la consideraci¨®n de rentas del trabajo, que le dio aquel en sus declaraciones tributarias.
El fallo confirma en lo esencial la sentencia de una juez de lo social n¨²mero 16 de Madrid, que el pasado julio dej¨® en un limbo la situaci¨®n laboral de B¨¢rcenas al desestimar su demanda contra el PP por despido improcedente. Aquel fallo sosten¨ªa, sin embargo, que B¨¢rcenas segu¨ªa en la situaci¨®n de excedencia forzosa a la que accedi¨® en 2004 tras ser nombrado senador. En 2010, tras su imputaci¨®n en el caso G¨¹rtel de corrupci¨®n, B¨¢rcenas dej¨® el parlamento, pero no qued¨® constancia que reclamara su reincorporaci¨®n a su antiguo puesto, por lo que segu¨ªa en excedencia.
Pese a no estar trabajando, el PP pagaba 21.300 euros al mes a B¨¢rcenas y abonaba sus cotizaciones sociales hasta el 31 de enero de 2013, d¨ªa en que EL PA?S public¨® los documentos de la contabilidad secreta del PP llevadas por el extesorero entre 1990 y 2008. Tanto B¨¢rcenas como el PP aseguraron que aquel no prestaba ya servicios al partido ¨Cla secretaria general popular, Dolores de Cospedal, calific¨® el apa?o de ¡°despido en diferido con forma de simulaci¨®n¡±-. B¨¢rcenas aleg¨® que su baja en la Seguridad Social supon¨ªa un ¡°despido t¨¢cito¡± que reclamaba que fuera declarado improcedente.
B¨¢rcenas no logr¨® su prop¨®sito en primera instancia, y tampoco ahora tras presentar un recurso de suplicaci¨®n ante el TSJM. Sin embargo, la Sala de lo Social, aunque da la raz¨®n al PP en lo estrictamente laboral, le da un serio varapalo. ¡°No puede aceptarse como m¨ªnimamente razonable que una empresa se permita pagar a un trabajador casi tres a?os un salario sin recibir contraprestaci¨®n por ello y m¨¢s si ese salario asciende a 21.300, 08 euros mensuales¡±, argumenta el tribunal. Los magistrados tampoco dan cr¨¦dito a que B¨¢rcenas recibiera de G¨¦nova 13 en aquel tiempo ¡°una serie de medios materiales y personales para que los utilice no en desarrollo de la actividad laboral sino en beneficio propio -despacho, veh¨ªculo, servicio de inform¨¢tica, secretaria y otro personal que acude a requerimiento del actor a su domicilio-¡±.
Vida laboral
- Luis B¨¢rcenas ingres¨® en Alianza Popular (AP) en marzo de 1982 y ces¨® en agosto de 1987. Hasta enero de 1989 cobr¨® el paro.
- El 1 de febrero de 1989 reingres¨® en el partido hasta que en abril de 1999 fue nombrado gerente. En abril de 2004 se acogi¨® a una excedencia forzosa como senador. En octubre de 2008 accedi¨® al cargo de tesorero.
- El 5 de octubre de 2009, con el caso G¨¹rtel, le fueron revocados los poderes de tesorero. El 16 de abril de 2010, aunque ya no era senador y no queda constancia de su petici¨®n de reincorporarse al PP, fue dado de alta en la Seguridad Social hasta que EL PA?S public¨® su contabilidad secreta el 31 de enero de 2103. En este periodo percibi¨® 21.300 euros al mes y ten¨ªa despacho, ch¨®fer y secretaria a cargo del partido.
¡°Tampoco es m¨ªnimamente razonable que se extinga el contrato, que se pacte una indemnizaci¨®n diferida pero que se mantenga al trabajador de alta en la seguridad social y consecuentemente se abonen las correspondientes cotizaciones y adem¨¢s se le proporcione todo tipo de medios personales y materiales para que los contin¨²e utilizando en provecho propio¡±, prosigue el fallo.
El tribunal concluye que ¡°estamos ante una simulaci¨®n negocial, que existe cuando bajo la apariencia de un negocio normal se oculta otro prop¨®sito negocial¡±. ¡°Lo normal hubiera sido, si aceptamos las alegaciones que hace la propia empresa, haber procurado mantener al actor [B¨¢rcenas] alejado de la sede del Partido dado su horizonte penal complicado y despedir al demandante si era previsible como se dice un fallo que declarara la procedencia del despido y no abonarle una indemnizaci¨®n por un importe tan elevado¡±.
El fallo no es firme y se puede recurrir en casaci¨®n ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
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