El TSJA anula una multa de la Junta a un banco por falta de competencias
La Administraci¨®n sancion¨® al Banco Popular con 185.000 euros por cla¨²sulas abusivas
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha anulado la multa de 185.000 euros que la Junta de Andaluc¨ªa impuso en mayo de 2014 al Banco Popular porque los jueces aseguran que la administraci¨®n no tiene competencias para declarar abusiva una cl¨¢usula contractual.
En una sentencia contra la que no cabe recurso, el TSJA recuerda que corresponde a los ¨®rganos judiciales civiles, como los juzgados de lo mercantil, la competencia respecto a la declaraci¨®n de nulidad de las cl¨¢usulas abusivas. El tribunal recuerda que, en virtud a la ley de 2003 de Consumidores y Usuarios de Andaluc¨ªa, la Junta puso sanciones por infracci¨®n a la normativa de los consumidores y usuarios. La sanci¨®n fue impuesta por la entonces Consejer¨ªa de Relaciones Institucionales y Administraci¨®n Local dirigida en la anterior legislatura por Diego Valderas (Izquierda Unida).
Sin embargo, el TSJA subraya que "cuesti¨®n distinta es determinar a qui¨¦n corresponde la calificaci¨®n de abusiva de una cl¨¢usula contractual". En este sentido, el TSJA afirma que, como ha recogido el Tribunal Supremo, "la calificaci¨®n de una cl¨¢usula como abusiva debe corresponder a los ¨®rganos judiciales del orden civil, sin que la interpretaci¨®n de los contratos y sus cl¨¢usulas pueda encomendarse a la Administraci¨®n".
La Junta impuso, en este caso, una infracci¨®n leve por incumplimiento de informaci¨®n de prestaci¨®n de servicio, seis infracciones graves por introducci¨®n de cl¨¢usulas abusivas y dos infracciones muy graves por introducci¨®n de cl¨¢usulas abusivas. La resoluci¨®n de la Consejer¨ªa de Administraci¨®n Local y Relaciones Institucionales se tom¨® el 27 de mayo de 2014 y en ella se impuso una multa total de 185.000 euros.
"No constando haber sido declaradas abusivas ninguna de las cl¨¢usulas por las que se imponen las sanciones, no es posible entender que las mismas sean abusivas, por lo que no se ha cometido la infracci¨®n sancionada, habiendo sido incorrectamente tipificados los hechos", resume la sentencia.
El Banco Popular tambi¨¦n fue sancionado el 24 de noviembre de 2014 con 5,82 millones de euros por vulnerar la ley de la Funci¨®n Social de la Vivienda de Andaluc¨ªa por incumplir ¡°la obligaci¨®n legal de ofrecer sus viviendas protegidas a los registros municipales de demandantes". La decisi¨®n eman¨® de la Consejer¨ªa de Fomento, dirigida tambi¨¦n por Izquierda Unida en la legislatura pasada.
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