La Audiencia de Palma rebaja la fianza a la Infanta de 2,5 millones a 500.000
La cantidad servir¨¢ para cubrir la responsabilidad pecuniaria para garantizar el pago de multas
La Secci¨®n Segunda de la Audiencia Provincial ha dictado un auto en el que estima parcialmente el recurso de apelaci¨®n interpuesto por Cristina de Borb¨®n y revoca el punto del auto de apertura de juicio oral del caso N¨®os en el que se hace alusi¨®n a la fianza de responsabilidad pecuniaria para garantizar el pago de multas.
En esta resoluci¨®n, la Audiencia rebaja la cantidad inicialmente fijada de 2.697.150 euros a 449.525 euros y dispone que no puede destinarse a dicha fianza la cantidad consignada 'ad cautelam' en el Juzgado por la apelante a efectos de responsabilidad civil, que asciende a 587.413,58 euros.
El pasado mes de mayo, el fiscal anticorrupci¨®n Pedro Horrach, se adhiri¨® a la petici¨®n de la infanta Cristina ante el juez instructor del caso N¨®os, Jos¨¦ Castro, para que se rebajara la fianza. Horrach enumer¨® en su escrito casos de fraude fiscal millonarios demostrados y asumidos -mediante pacto- ante los tribunales en Baleares, en los que la fianza fue menor a la decretada contra la hermana del Rey.
La ex duquesa de Palma est¨¢ acusada de haber defraudado a Hacienda 182.005 euros en 2007 y 155.138 en 2008, ¡°cantidades que no aparecen discutidas y que todas las partes que han recabado pena de multa, incluido el Ministerio Fiscal, dan por ciertas¡±, resalta la sala de la Audiencia que resuelve la apelaci¨®n. Los tres magistrados afirman que ¡°la fianza no puede ser exagerada o desproporcionada¡±.
Los representantes del ministerio p¨²blico y de Estado no acusan penalmente a Cristina de Borb¨®n pero si la ven part¨ªcipe a t¨ªtulo lucrativo de los efectos/beneficios del delito supuestamente cometido por su esposo, I?aki Urdangarin.
La infanta realiz¨® el dep¨®sito judicial de cerca de 600.000 euros al conocer la postura de los representantes p¨²blicos y antes de que el juez dictara el auto y fijara su fianza civil. Busc¨® no ser parte civil en el juicio en el caso de que no fuese imputada, que si sucedi¨®.
La Audiencia sostiene que el gesto de esta aportaci¨®n inicial dif¨ªcilmente podr¨¢ sea apreciado como una atenuante penal de reparaci¨®n del da?o. La responsabilidad civil del reo no puede asimilarse a otro concepto, el pago de una multa, se?ala la sala.
La Audiencia duda de la valoraci¨®n del juez sobre ¡°la participaci¨®n en los hechos¡± que se atribuye a Cristina de Borb¨®n y rese?an que la infanta, de ser culpable, ser¨ªa cooperadora necesaria y no autora de dos delitos fiscales. Por ello ¡°no concurren las condiciones, cualidades y condiciones o relaciones personales que fundamentan la culpabilidad del autor¡±.
Los magistrados M¨®nica de la Serna, Juan Jim¨¦nez ¨Cestos dos del tribunal que imput¨® en su d¨ªa a la hermana del Rey- y Carmen Gonz¨¢lez, no han precisado si cabr¨ªa un eventual rebaja del grado de la pena si la imputada es culpable.
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