Perder la custodia por irse a Galicia o Catalu?a
Algunos jueces incluyen la lengua como factor para ver qui¨¦n se queda con los hijos
"Siendo probadamente id¨®neos ambos progenitores, lo m¨¢s conveniente al inter¨¦s del ni?o es no sacarle de su entorno, m¨¢xime cuando se introducen modificaciones en sus h¨¢bitos, escolarizaci¨®n, costumbres, incluso con un idioma diferente¡±. El Tribunal Superior de Arag¨®n incluy¨® el catal¨¢n como argumento para retirar recientemente a una madre que se hab¨ªa trasladado a Barcelona ¡°por situaci¨®n econ¨®mica insostenible¡± la custodia del hijo que hab¨ªa tenido con su exmarido, residente en Teruel. No es el ¨²nico caso en el que jueces citan el catal¨¢n o el gallego, ambas lenguas cooficiales, como un factor para cambiar el r¨¦gimen de custodia o condicionarla a la permanencia del padre o madre en una determinada comunidad aut¨®noma.
Un juzgado de G¨¹¨ªmar (Tenerife) otorg¨® el a?o pasado la custodia de una ni?a de cuatro a?os a su padre cuando la madre, en paro, se fue a Catalu?a, donde hab¨ªa conseguido un trabajo. La juez argumentaba que no estaba probado que la ni?a se hubiera adaptado a Barcelona y a?ad¨ªa: ¡°Dicha ciudad y comunidad aut¨®noma viene definida por unas caracter¨ªsticas especiales de integraci¨®n, pues al hecho de adaptaci¨®n normal a un cambio de territorio o de costumbres ha de a?adirse la dificultad de tener una lengua cooficial al castellano, el catal¨¢n¡±. Citaba en su sentencia otras de la Audiencia Provincial de Barcelona y del Tribunal Supremo sobre cambios del r¨¦gimen de custodia por traslado de un progenitor al extranjero, en concreto tres madres que se hab¨ªan ido a EE?UU.
Un juez de Alcorc¨®n utiliz¨® tambi¨¦n el argumento del idioma para condicionar la custodia materna de dos peque?as a que no se fueran a vivir a Vigo, donde se habla gallego, una lengua, dec¨ªa, ¡°sin otra utilidad pr¨¢ctica m¨¢s all¨¢ del ¨¢mbito de aquella comunidad aut¨®noma¡±. El traslado, seg¨²n el juez, perjudicaba a las ni?as, ¡°escolarizadas desde hace muchos a?os en el colegio Amanecer de Alcorc¨®n [privado] para ahora verse en centros p¨²blicos, en Vigo, con inmersi¨®n en un sistema en lengua gallega¡±. La madre volvi¨® posteriormente a Madrid y conserv¨® la custodia.?
Trasladarse de Teruel a Barcelona supuso a una madre perder a su hijo
El Tribunal Supremo se pronunci¨® el pasado diciembre sobre un caso similar, el de Mar¨ªa y Pedro (nombres falsos), que se hab¨ªan casado en 2003, hab¨ªan sido padres de Ane en 2005 y se hab¨ªan divorciado en 2009. La madre se qued¨® con la custodia de la peque?a, en 2011 se cas¨® de nuevo y en 2012 tuvo un hijo con su nueva pareja. En febrero de 2013 pidi¨® modificar las medidas establecidas en la sentencia del divorcio para trasladarse de Barakaldo (Bizkaia) a Castelldefels (Barcelona), donde trabaja su segundo marido. El juzgado de primera instancia deneg¨® la petici¨®n, atribuyendo la custodia al padre si la madre se iba a Catalu?a. Como en los casos anteriores, se inclu¨ªa como argumento el riesgo para la menor de pasar de ¡°un modelo basado en el idioma castellano como lengua curricular a un modelo de inmersi¨®n ling¨¹¨ªstica como es el sistema educativo catal¨¢n¡±.
La madre recurri¨® y la Audiencia Provincial autoriz¨® el traslado, imponi¨¦ndole a ella los costes de los viajes del padre a Castelldefels. Este, apoyado por el Ministerio Fiscal, aleg¨® que se hab¨ªa valorado m¨¢s el inter¨¦s de la madre que el de la ni?a. El Supremo finalmente estableci¨® que ¡°con la edad de la menor [9 a?os], los cambios son f¨¢cilmente asumibles, incluido el de lengua vehicular para la ense?anza, que pasa del castellano y euskera al catal¨¢n y castellano¡±. El tribunal a?ad¨ªa que era beneficioso para la ni?a estar con su nuevo hermano y que los informes psicosociales no consideraban perjudicial el traslado, ¡°si bien apuntan por una postura conservadora, en tanto muestran su recelo a los cambios, sin causa que lo justifique¡±.
Antoni Vaquer, catedr¨¢tico de derecho civil de la Universidad de Lleida, recuerda una antigua sentencia en sentido contrario: ¡°Una juez de Lleida divorciada pide el traslado a Cantabria. Su exmarido reclama la custodia del hijo alegando que est¨¢ escolarizado en catal¨¢n y no se adaptar¨ªa en Cantabria. El juez no le dio la raz¨®n¡±.
Vaquer opina que por s¨ª solo el argumento de la inmersi¨®n no justifica un cambio de custodia. ¡°Quiz¨¢ para casos concretos de ni?os con problemas de aprendizaje. Pero en el resto no tiene ninguna trascendencia. Los hijos de los inmigrantes no tienen problemas para entender el catal¨¢n en cuanto llevan un mes aqu¨ª. No es dram¨¢tico para un chaval gallego que le escolaricen en catal¨¢n y al rev¨¦s tampoco. Y en cuanto a las comparaciones con el traslado al extranjero, salvo que el juez intuya que la independencia va en serio (r¨ªe), son poco acertadas. Evidentemente afecta mucho m¨¢s al r¨¦gimen de visitas el traslado a otro pa¨ªs que a otra provincia¡±.
Tanto Vaquer como Carlos Mart¨ªnez de Aguirre, catedr¨¢tico de derecho civil de la Universidad de Zaragoza, insisten en que en hay que ir ¡°caso a caso¡± y recuerdan que a veces tambi¨¦n hay mala fe y el traslado obedece a un deseo de apartar al hijo del otro progenitor. ¡°Si un matrimonio se va de Barakaldo a Castelldefels, su hijo se enfrentar¨ªa a la misma situaci¨®n. Me parece mucho m¨¢s relevante el argumento de si ese traslado obstaculiza el mantenimiento de las relaciones con el otro progenitor¡±.
El Supremo: ¡°El cambio de lengua es f¨¢cilmente asumible¡± para un ni?o
Ana Sanz, de Aba Abogadas, explica que cada vez es m¨¢s habitual pedir modificar las medidas pactadas tras el divorcio porque uno de los padres, en paro, quiere volver a su comunidad de origen. ¡°S¨ª hemos notado una tendencia a denegar los traslados por dificultar la relaci¨®n con el otro progenitor. Los jueces no pueden impedir que alguien se traslade, pero s¨ª establecer que en caso de irse, pierde la custodia de su hijo¡±.
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