El juez que presidir¨¢ G¨¹rtel dice que el papel del PP fue ¡°secundario¡±
El magistrado ?ngel Hurtado hace suyos los argumentos del PP contra las recusaci¨®n de L¨®pez
El juez que presidir¨¢ el tribunal del caso G¨¹rtel, el magistrado de la Audiencia Nacional ?ngel Hurtado, considera que el PP solo tuvo un ¡°papel secundario¡± en la causa. As¨ª lo expone Hurtado en el voto particular que ha presentado contra la recusaci¨®n del magistrado Enrique L¨®pez acordada por la Sala de lo Penal. La mayor¨ªa del pleno consider¨® que la relaci¨®n de L¨®pez con el PP es ¡°continuada e intensa¡±.
Tras la recusaci¨®n de Enrique L¨®pez y Concepci¨®n Espejel acordada por la Audiencia Nacional, el tribunal que juzgar¨¢ el caso G¨¹rtel estar¨¢ formado por los otros tres magistrados de la secci¨®n segunda de la Sala de lo Penal: Julio de Diego, que ya estaba designado, Jos¨¦ Ricardo de Prada y ?ngel Hurtado. Este ¨²ltimo, que presidir¨¢ el juicio y ser¨¢ el ponente de la sentencia, vot¨® en contra de las dos recusaciones y formul¨® un voto particular en el que expone sus razones. La principal: que los 14 magistrados que apoyaron apartar a L¨®pez no han tenido en cuenta que el PP es solo un ¡°actor secundario¡± en esta causa, por lo que no se justifica que se recuse a un juez por sus relaciones con este partido.
Hurtado asume los argumentos que emplearon los populares en sus alegaciones contra la recusaci¨®n de L¨®pez. El PP usaba el mismo t¨¦rmino, ¡°secundario¡±, para definir su condici¨®n de acusado como responsable civil subsidiario. El futuro presidente del tribunal dice estar de acuerdo con el partido y duda de la ¡°proporcionalidad¡± de la decisi¨®n acordada. ¡°Habr¨ªa que preguntarse hasta qu¨¦ punto es tolerable que la implicaci¨®n de un actor secundario en el proceso penal, como es un mero part¨ªcipe a t¨ªtulo lucrativo, pueda condicionar la formaci¨®n de un tribunal penal, con la afectaci¨®n que ello entra?a en relaci¨®n con el derecho al juez predeterminado por ley¡±, sostiene Hurtado en su voto particular, al que se han adherido los otros tres jueces que se opusieron a la recusaci¨®n (Juan Francisco Martel, Nicol¨¢s Poveda y Ferm¨ªn Echarri).
Sus argumentos se oponen a los de la mayor¨ªa del pleno, que considera que L¨®pez ha mantenido una ¡°relaci¨®n continuada, intensa y remunerada¡± con el PP durante m¨¢s de 14 a?os que le inhabilita para juzgar la trama de corrupci¨®n vinculada a este partido. El auto redactado por el magistrado Ram¨®n S¨¢ez advierte de que esta relaci¨®n genera ¡°una razonable percepci¨®n de proximidad¡± y denota ¡°cierta confianza de la dirigencia del partido¡±.
El pleno cree que L¨®pez ¡°no superan el est¨¢ndar objetivo¡± de apariencia de imparcialidad necesario para juzgar cualquier caso. ¡°Este tribunal no tiene dudas sobre la capacidad del juez recusado para decidir conforme a la Constituci¨®n y a la ley, pero aqu¨ª es objeto de enjuiciamiento si se puede excluir toda duda sobre su apariencia de imparcialidad y de desinter¨¦s en el caso atendiendo a las relaciones que ha mantenido con alguna de las partes¡±, advierte la Sala de lo Penal.
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