El decreto-ley acapara el 60% de la actividad legislativa en cinco a?os, seg¨²n un estudio
El constitucionalista Arag¨®n Reyes alerta del abuso de esta norma excepcional
El decreto-ley se ha convertido en un modo "cuasi ordinario de legislar", aunque el art¨ªculo 86 de la Constituci¨®n exige que se utilice ¨²nicamente "en caso de extraordinaria y urgente necesidad" y le impone l¨ªmites para que no afecte al ordenamiento de las instituciones b¨¢sicas del Estado y a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos.?En su discurso de ingreso a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislaci¨®n, presidido por el Rey, el constitucionalista Manuel Arag¨®n Reyes ha alertado este martes ¡ªen base a un estudio¡ª sobre la "gravedad" que est¨¢ suponiendo el uso desmesurado del decreto-ley por parte de los Gobiernos para la forma de Estado, cuya potestad legislativa est¨¢ atribuida "de manera ordinaria" a las Cortes Generales.
Arag¨®n Reyes ha atribuido esta situaci¨®n, "principalmente", a dos factores: "El escaso vigor de nuestro parlamentarismo y la laxa interpretaci¨®n jur¨ªdica que se ha otorgado al art¨ªculo 86 de la Constituci¨®n". En su exposici¨®n razonada, titulada Uso y abuso del decreto-ley: una propuesta de reinterpretaci¨®n constitucional, se?ala que la intensificaci¨®n de esta pr¨¢ctica deteriora la legitimidad democr¨¢tica de las leyes aprobadas por este procedimiento, ya que esta "no se basa solo en la mayor¨ªa que la aprueba", sino tambi¨¦n "en el procedimiento parlamentario de su elaboraci¨®n", es decir, en su apertura a la presentaci¨®n de enmiendas y debate p¨²blico.
El pasado mes de octubre, el Tribunal Constitucional anul¨® dos apartados de una norma incluida en un decreto de medidas urgentes por entender que "no existe justificaci¨®n alguna al respecto ni en la exposici¨®n de motivos, ni en la memoria, ni en la intervenci¨®n parlamentaria de la vicepresidenta del Gobierno y que, por lo tanto, la reforma pod¨ªa haberse impulsado por el tr¨¢mite del procedimiento legislativo".
Seg¨²n el estudio del constitucionalista, la Transici¨®n espa?ola se sustent¨® en decretos-leyes: entre los a?os 1976 y 1978 se dictaron 120. Pero entre 1979 y 2015, el uso de la norma extraordinaria ha supuesto el 36% de la actividad legislativa ordinaria (el 29% de toda la legislaci¨®n): frente a 1.452 leyes ordinarias, se han dictado 510 decretos-leyes. Y de estos, solo dos fueron rechazados por el Congreso, lo que da una idea de la p¨¦rdida de control parlamentario.
El incremento se hace m¨¢s notable a partir de 2008. En este periodo, el decreto-ley supone el 55,7% con relaci¨®n a la legislaci¨®n ordinaria (133 decretos-leyes frente a 243 ordinarias y 67 org¨¢nicas). Pero en los ¨²ltimos cinco a?os (2010-2015), gran parte de ellos con un Gobierno del PP, esta pr¨¢ctica se dispara al 59,6% (99 decretos-leyes frente a 166 ordinarias y 53 org¨¢nicas) en comparaci¨®n con la legislaci¨®n ordinaria (el 45,2% de toda la legislaci¨®n).
La conclusi¨®n de Arag¨®n Reyes, que fue el hombre clave en el Tribunal Constitucional en la sentencia sobre el Estatut de Catalu?a, es que la que era una norma excepcional se ha convertido en "una norma ordinaria pr¨¢cticamente alternativa a la legislaci¨®n parlamentaria".
Pero la producci¨®n de decretos-leyes auton¨®micos ha corrido paralela a la de los estatales. Salvo Navarra, con un porcentaje muy bajo, el uso del decreto-ley en el resto de autonom¨ªas en comparaci¨®n con la actividad legislativa ordinaria ha oscilado entre 20% y el 40%. Y Andaluc¨ªa ha sido la m¨¢s entusiasta con el 75%.
Para evitar este mal uso, que el constitucionalista no atribuye a la regulaci¨®n constitucional, sino a "una pr¨¢ctica pol¨ªtica muy poco respetuosa con ella" y a "una interpretaci¨®n inadecuada", Arag¨®n Reyes propone reformar el reglamento del Congreso para respetar que el decreto-ley sea una disposici¨®n legislativa provisional e introducir cambios en la doctrina constitucional para mantener su uso restrictivo.
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