El fracaso de los partidos para pactar pone en marcha los plazos para el 26-J
El Rey firma el decreto de convocatoria electoral que recoger¨¢ la fecha del 10 de junio para inicio de la campa?a
Empieza oficialmente la marcha hacia el 26-J por la incapacidad de los partidos para llegar a acuerdos y porque su fracaso ha llegado al l¨ªmite legal que obliga a volver a consultar a los ciudadanos. La legislatura m¨¢s corta termina oficialmente y se ponen en marcha los plazos para las elecciones generales del 26 de junio, aunque los principales partidos hab¨ªan tirado la toalla hace semanas y se limitaban desde entonces solo a ver transcurrir el tiempo para la repetici¨®n de elecciones.
El presidente del Congreso, Patxi L¨®pez, acudir¨¢ este martes a las 9,30 a la Zarzuela para que el Rey firme el decreto de convocatoria de elecciones generales para el 26 de junio. Ser¨¢ la primera vez que un presidente de las Cortes refrende el decreto de convocatoria y la primera que se aplica la previsi¨®n constitucional de elecciones autom¨¢ticas por falta de acuerdo de investidura.
Ning¨²n candidato ha logrado los apoyos suficientes tras la investidura frustrada del socialista Pedro S¨¢nchez y la decisi¨®n de Mariano Rajoy de declinar la propuesta del Rey de intentar buscar un acuerdo, pese a liderar al partido m¨¢s votado el pasado mes de diciembre. PP, PSOE, Podemos y Ciudadanos admiten impl¨ªcitamente su fracaso, pese a haber repetido el idea de que aceptaban el mensaje de los ciudadanos para negociar y llegar a acuerdos. Los vetos cruzados han llevado a la situaci¨®n ins¨®lita de bloqueo institucional, sin garant¨ªas de que no vuelvan a llegar a la misma situaci¨®n tras las elecciones del 26-J. De hecho, la convocatoria llega con el cruce de reproches por la atribuci¨®n mutua de culpas por el fracaso.
Los plazos para las elecciones
Desde la publicaci¨®n del decreto de convocatoria empiezan a correr los plazos de la ley electoral.
A los 10 d¨ªas hay que comunicar las coalici¨®n electorales y el 18 de mayo las listas de las candidaturas. La campa?a empezar¨¢ el 10 de junio y terminar¨¢ la noche del 24, cuando arranque la jornada de reflexi¨®n.
El voto por correo y el de los residentes ausentes debe solicitarse antes del 28 de mayo. Los residentes fuera de Espa?a tienen que votar en urna en los consulados entre el 21 y el 24 de junio.
Las nuevas Cortes se constituir¨¢n antes de los 25 d¨ªas despu¨¦s de las elecciones, es decir, sobre el 19 o 20 de julio.
Los partidos recibir¨¢n 21.167,64 por cada esca?o obtenido en el Congreso o el Senado. 0,81 euros por cada voto conseguido por cada candidatura al Congreso, uno de cuyos miembros al menos, hubiera obtenido esca?o de Diputado. Y 0,32 euros por cada voto de los hubieran obtenido esca?o de senador. El 20-D se repartieron casi 53 millones.
Es la primera vez desde 1978 que se aplica el art¨ªculo 99 de la Constituci¨®n que asegura que: ¡°Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votaci¨®n de investidura, ning¨²n candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolver¨¢ ambas C¨¢maras y convocar¨¢ nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso¡±.
El plazo acaba a las cero horas del lunes 2 al martes 3, el decreto se publicar¨¢ en la edici¨®n electr¨®nica del BOE a media ma?ana del martes d¨ªa 3. L¨®pez lo remitir¨¢ al BOE a la vuelta de Zarzuela y entrar¨¢ en vigor en ese momento, para que los comicios puedan celebrarse el 26 de junio.
Consulta al Gobierno
El decreto ha sido consultado con el Gobierno que debe encargarse de poner en marcha el proceso y aportar los datos del censo.
Por ejemplo, se recoger¨¢ en el decreto el n¨²mero de esca?os que se elegir¨¢n en cada circunscripci¨®n y que solo incluir¨¢ una modificaci¨®n respecto al reparto del pasado 20 de diciembre. Debido a variaciones en el censo de poblaci¨®n, la circunscripci¨®n de Valencia ganar¨¢ un esca?o (pasar¨¢ de 15 a 16) y la de Le¨®n perder¨¢ uno (se elegir¨¢n 4 en lugar de 5).
Esta informaci¨®n fue facilitada hace d¨ªas al presidente del Congreso por el Gobierno aportando los datos del Instituto Nacional de Estad¨ªstica (INE).
Recoger¨¢ la fecha del 10 de junio para inicio de la campa?a electoral y, previsiblemente, el 19 o el 20 de julio para la constituci¨®n del nuevo Congreso. Ese acto tuvo lugar el 13 de enero, tras las elecciones del 20 de diciembre.
El 13 de mayo es la fecha para presentar las coaliciones y el 18 para las listas de las diferentes candidaturas.
Seg¨²n los c¨¢lculos de la Presidencia del Congreso, antes de final de julio empezar¨¢ la ronda del Rey para la investidura. Seg¨²n esos c¨¢lculos a mediados de agosto podr¨ªa tener lugar la investidura del futuro presidente, siempre que haya acuerdo para elegir a un candidato. Legalmente no hay ning¨²n impedimento para repetir una tercera vez o m¨¢s las elecciones, siempre y cuando haya una investidura fallida y, por tanto, puedan correr los plazos de dos meses.
A pesar de que la mayor¨ªa absoluta del Congreso que ahora se disuelve est¨¢ a favor de modificar la ley Electoral ha sido imposible hacerlo en esta legislatura. Ni siquiera para eliminar el llamado voto rogado para los espa?oles residentes en el extranjero.
Todos los partidos estaban a favor de eliminar esta traba legal que impide votar a muchos espa?oles y hubiera bastado con una m¨ªnima reforma urgente de la ley electoral, pero ni siquiera fue presentada. Solo hubo una iniciativa para crear una subcomisi¨®n que estudiara esa reforma. Se aprob¨® pero, obviamente, no lleg¨® siquiera a constituirse por falta de tiempo.
Con el decreto de convocatoria todos los diputados y senadores pierden su acta, salvo los adscritos a la Diputaci¨®n Permanente de cada una de las C¨¢maras.
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