El Supremo ¡°vac¨ªa¡± el derecho de manifestaci¨®n en la Guardia Civil
Dos magistrados emiten votos discrepantes contra una sentencia de la mayor¨ªa conservadora del tribunal que condena a 15 d¨ªas de empleo y sueldo a un miembro de la AUGC por una protesta en Badajoz contra "los recortes"
La mayor¨ªa conservadora de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que pr¨¢cticamente vac¨ªa de contenido el derecho a manifestarse de los alrededor de 74.000 guardias civiles que hay en Espa?a. Seis de los ocho magistrados que componen el pleno de la Sala Quinta de lo Militar han impuesto 15 d¨ªas de empleo y sueldo a un miembro de la Asociaci¨®n Unificada de Guardias Civiles (AUGC), Juan Ruiz Sierra, por promover una manifestaci¨®n ¡°en contra de los recortes ¡° y en favor ¡°de la seguridad p¨²blica¡± en la ma?ana del 12 de octubre de 2012 frente a la comandancia de la Guardia Civil de Badajoz, coincidiendo con la celebraci¨®n en este acuartelamiento del d¨ªa del Pilar, patrona del instituto armado.
La Sala, que preside ?ngel Calder¨®n y con mayor¨ªa de magistrados considerados del sector conservador, entiende que los guardias no pueden realizar actos de protesta reivindicativos y menos vestidos con camisetas en las que figuraba la caricatura de un guardia civil. Dos miembros de esta sala, Fernando Pignatelli y Jacobo L¨®pez Barja, han emitido un voto particular en el que consideran que este fallo vac¨ªa de contenido los derechos constitucionales a la libertad de expresi¨®n y de manifestaci¨®n de los agentes de la guardia civil.
La sanci¨®n solo se centra en el guardia civil de la AUGC Juan Ruiz, el ¨²nico denunciado por sus mandos, si bien la sentencia se?ala que en la citada manifestaci¨®n intervinieron otros seis agentes, dos de ellos en situaci¨®n de reserva y sin destino. Ruiz fue quien pidi¨® permiso en nombre de la AUGC (y lo obtuvo) a la Delegaci¨®n del Gobierno en Extremadura para desarrollar una acci¨®n de protesta contra ¡°los recortes¡±, ¡°en defensa de una seguridad p¨²blica de calidad¡±.? A los transe¨²ntes, seg¨²n la sentencia, les dieron folletos con el anagrama de la AUGC indicando en ellos que la manifestaci¨®n era, adem¨¢s, en defensa de ¡°los derechos laborales, sociales y econ¨®micos de los guardias civiles y contra el trato recibido por los diferentes gobiernos¡±.
¡°Con la fundamentaci¨®n de la mayor¨ªa del pleno de la Sala [Militar], el derecho de manifestaci¨®n [de los guardias civiles] se torna de imposible ejercicio, lo que implica, de facto, su desaparici¨®n, y lo que no resistir¨ªa, a nuestro entender, un juicio de constitucionalidad¡±, zanjan los magistrados discrepantes.
Tambi¨¦n esgrim¨ªan que el colectivo se hallaba en ¡°situaci¨®n de desamparo¡± y que desde la c¨²pula se quer¨ªan ¡°acallar las voces de los representantes¡±, alegando que en los dos ¨²ltimos a?os del Gobierno socialista hab¨ªan sido objeto de ¡°m¨¢s de 200 expedientes disciplinarios por faltas graves o muy graves por hacer uso de la libertad de expresi¨®n¡±. Y alud¨ªan a ¡°seis casos de suicidios¡± de guardias civiles en esa ¨¦poca y a la existencia de veh¨ªculos oficiales ¡°con m¨¢s de 400.000 kil¨®metros sin presupuesto para repararlos¡±; tambi¨¦n a cuarteles ¡°con grietas y humedades¡± y a ¡°dinerales malgastados¡± en ellos porque ¡°a los cuatro d¨ªas volv¨ªan a aparecer las humedades¡±. Asimismo, denunciaban los regalos que entraban en la comandancia de Badajoz procedentes de ¡°empresas y particulares¡± que, opinaban, ¡°compromet¨ªan la arbitrariedad y firmeza de todas las escalas¡± de mando. Adem¨¢s, en un cartel denunciaban: "El PP y su gaviota creen que somos idiotas". Un alto mando de la Guardia Civil abri¨® a Ruiz expediente disciplinario y le impuso la suspensi¨®n de empleo y sueldo durante 15 d¨ªas, que aval¨® el Tribunal Central Militar y que ahora ratifica el pleno de la Sala de lo Militar del Supremo. La Ley proh¨ªbe a los guardias efectuar reivindicaciones vestidos de uniforme.
¡°M¨¢s de 200 expedientes disciplinarios por faltas graves o muy graves por hacer uso de la libertad de expresi¨®n¡±
Para la sanci¨®n de 15 d¨ªas de empleo y sueldo, la mayor¨ªa del tribunal expone como argumento la acreditaci¨®n del "car¨¢cter reivindicativo de la manifestaci¨®n, la forma en que esta se desarroll¨® [los agentes vest¨ªan una camisa en la figuraba la caricatura de un guardia civil] y la participaci¨®n en ella de Ruiz¡±. El tribunal destaca que durante la misma "se profirieron gritos" a la entrada a la comandancia del delegado del Gobierno y otras autoridades. Entiende el Supremo que en este caso no es de aplicaci¨®n ¡°el derecho constitucional a la libertad de expresi¨®n en relaci¨®n con el derecho fundamental de asociaci¨®n, que tienen los miembros de la Guardia Civil en los t¨¦rminos que establecen los art¨ªculos 7, 8 y 9 de la Ley Org¨¢nica 11/2007, que regula los derechos y deberes de los mismos¡±.
La mayor¨ªa conservadora del Tribunal se?ala que estos derechos, en el caso de los guardias civiles, ¡°tienen limitaciones¡±, y a?ade: ¡°No se trata, pues, de reducir al silencio, en este caso a los miembros de la Guardia Civil, ni de dejar los aludidos derechos fundamentales a la puerta de los acuartelamientos; sino, tan solo, de evitar que un ejercicio irrestricto de tales derechos lesiones la observancia de la disciplina, as¨ª como los deberes de neutralidad pol¨ªtica y sindical (¡)¡±.
El guardia Juan Ruiz pidi¨® permiso en nombre de la AUGC (y lo obtuvo) a la Delegaci¨®n del Gobierno en Extremadura para realizar la protesta
Los firmantes del voto particular sostienen que esta sentencia vac¨ªa de contenido el derecho a manifestarse de los guardias civiles y anula su libertad de expresi¨®n, y hacen hincapi¨¦ en que la acci¨®n de protesta dispuso de autorizaci¨®n por parte de la Delegaci¨®n del Gobierno. Los magistrados se?alan que no hubo un ¡°car¨¢cter reivindicativo en la manifestaci¨®n¡±, puesto que el eslogan principal de la pancarta era ¡°contra los recortes y en defensa de una seguridad p¨²blica de calidad¡± y que los hechos que se denunciaron se engloban entre los posibles cometidos de la AUGC; es decir, la satisfacci¨®n de los intereses sociales, econ¨®micos y profesionales de sus asociados¡±. ¡°Posicionarse contra unos recortes que, en buena medida han afectado a todos los sectores de la sociedad espa?ola, y en la defensa de la seguridad p¨²blica de calidad, puede ser oportuno o no, acertado o no, compartido o no, pero es algo que entra, de lleno, en lo que constituyen los fines de una asociaci¨®n profesional de guardias civiles¡±. Ambos jueces distinguen esos esl¨®ganes de las otras denuncias expuestas (por ejemplo, la llegada de regalos a las comandancia), que ¡°pueden ser ciertas o no¡± e incluso ¡°desafortunadas¡±, lo cual, en su caso, puede ser una infracci¨®n disciplinaria, pero ¡°no tienen en absoluto un contenido reivindicativo¡±.
Los magistrados entienden que llevar una camiseta con la caricatura de un guardia civil no significa que porten el uniforme. ¡°Inferir que se hace uso de la condici¨®n de guardia civil por el hecho de llevar una determinada vestimenta¡± implica una interpretaci¨®n extensiva de la prohibici¨®n legal de utilizar el uniforme oficial en estos actos. Entienden que si los guardias tienen un derecho constitucional a manifestarse y se les dice, en los t¨¦rminos que establece esta sentencia, que no pueden hacer uso de su condici¨®n de guardias civiles, e incluso se les sanciona por ello, queda claro que se vac¨ªa ese derecho.Recuerdan ambos magistrados la ¨¦poca en que eran los familiares de los guardias los que se manifestaban por ellos, y exponen la contradicci¨®n y el absurdo que, para la defensa constitucional de sus intereses, se vistiesen, por ejemplo, con la bata blanca de m¨¦dicos. ¡°Con la fundamentaci¨®n de la mayor¨ªa del pleno de la Sala [militar], el derecho de manifestaci¨®n [de los guardias civiles] se torna de imposible ejercicio, lo que implica, de facto, su desaparici¨®n, lo que no resistir¨ªa, a nuestro entender, un juicio de constitucionalidad¡±, zanjan los magistrados discrepantes.
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